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Contrato De Arrendamiento


Enviado por   •  30 de Junio de 2014  •  2.751 Palabras (12 Páginas)  •  244 Visitas

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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO QUE CELEBRAN DE UNA PARTE xxx S.A. DE C.V., EN SU CARÁCTER DE ARRENDADOR, REPRESENTADA EN ESTE ACTO, POR SU ADMINISTRADOR ÚNICO EL SR. xxxxx EN LO SUCESIVO “EL ARRENDOR” Y DE LA OTRA xxxxxxxxxx, EN LO SUCESIVO “EL ARRENDATARIO”, Y. xxxxxxxxxxxxxxxxEN LO SUCESIVO “EL FIADOR” DE “EL ARRENDATARIO”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

DECLARACIONES

I.- “EL ARRENDADOR” declara:

a) Que tiene plena capacidad legal para obligarse y que desea llevar a cabo el presente acto.

b) Que “EL ARRENDADOR” está facultado para realizar el presente convenio del inmueble ubicado xxxxxxxxxxxxxxxxx •COLONIA DEL VALLE, DELEGACION BENITO JUAREZ, C.P. 03100, MÉXICO, distrito federal.

II.- “EL ARRENDATARIO” declara:

a) Que conoce perfectamente el inmueble descrito en las declaraciones de “EL ARRENDADOR” y que desea llevar a cabo el presente contrato de arrendamiento.

CLAUSULAS

PRIMER.- OBJETO. “EL ARRENDADOR” da en arrendamiento a “EL ARRENDATARIO” quien acepta en tal concepto el uso y goce temporal del inmueble descrito en la declaración I de este documento.

SEGUNDA.- PLAZO. El plazo de arrendamiento será de 1 (UN) año forzoso para ambas partes iniciando el día 15 de octubre de 2014 y concluyendo el 14 de octubre de 2015. Transcurrido dicho plazo sin que “EL ARRENDATARIO” no desocupe el local, ésta se obliga a pagar la cantidad de $xx (xxxxx 00/100 MN) por cada día que permanezca en dicho inmueble.

El término del arrendamiento es forzoso, para “EL ARRENDATARIO” y voluntario para “EL ARRENDADOR”, concluye el día prefijado sin necesidad de desahucio, pero si “EL ARRENDATARIO” no desocupara por cualquier causa, este conviene en que el importe de la renta pactada se incremente en los términos convenidos en la cláusula “renta” sin que medie petición de parte, dicho porcentaje se incrementará anualmente en forma progresiva, durante el tiempo que transcurra sin que esto implique renovación del contrato ni prórroga del mismo, subsistiendo todas y cada una de las cláusulas contenidas en el presente contrato.

TERCERA.- RENTA. “EL ARRENDATARIO” PAGARÁ A “EL ARRENDADOR” o quien sus derechos legalmente represente, la cantidad de $75,600.00 (SETENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS PESOS 00/100 MN.) por concepto de renta anual de inmueble materia del presente contrato la cual será pagada en doce exhibiciones mensuales de $6,300.00 (SEIS MIL TRECIENTOS PESOS 00/100), la primera será entregada a la firma del presente contrato, Dicho pago deberá realizarse en el domicilio de “EL ARRENDADOR”, ubicado enxxxxxxxxxxxxxx, y en caso de hacerlo mediante depósito que se realice en la cuenta de cheques del “EL ARRENDADOR”. Para que se acredite una parcialidad de la renta anual con la ficha de depósito correspondiente será requisito indispensable que “EL ARRENDATARIO” señale el periodo de dicha parcialidad en el esqueleto impreso de la ficha. De esta forma con el sello de la institución bancaria puede identificarse el período de pago, así como si éste se realizó por adelantado y dentro de los cinco primeros días del mes correspondiente tal y como se encuentra convenido. En el caso de no contar con dicha anotación en la forma antes descrita en las fichas de depósito, éstas no harán las veces de recibo de arrendamiento en el evento del juicio y, por lo tanto serán documentos insuficientes para desvirtuar las causales de rescisión que se fundamenten en la falta de pago o bien, de pago oportuno que en su caso sostenga “EL ARRENDATRIO”. El precio del arrendamiento se incrementará en el mismo porcentaje que se incremente el índice nacional de precios al consumidor subyacente o no subyacente, el que resulte más alto, multiplicado por 1.35 (uno punto treinta y cinco), que publique el Banco de México, la renta se causará por meses completos, aún cuando el inmueble sea ocupado por lapsos inferiores a un mes, consecuentemente cualquiera que sea la fecha en que el “EL ARRENDATARIO” desocupe el inmueble, la renta deberá pagarse por la parcialidad mensual del período que corresponde. En el evento de que se presentare algún impedimento para efectuar el pago de la renta con el procedimiento antes descrito. Las partes convienen en que el importe de la renta deberá cubrirse siempre dentro del plazo y en el domicilio convenido, y no podrá retenerse por ningún concepto o determinación, ya sea judicial o extrajudicial.

CUARTA.- DESTINO. “EL ARRENDATARIO” destinará el inmueble arrendado para LOCAL COMERCIAL, por lo que en ningún caso y por ningún motivo ”EL ARRENDATARIO” podrá ampliar o variar el giro antes mencionado sin la previa autorización que por escrito de “EL ARRENDADOR”.

QUINTA.- ACONDICIONAMIENTO DEL INMUEBLE. “EL ARRENDATARIO” acepta que para llevar a cabo modificaciones, construir anexos, o condicionar el inmueble arrendado deberá obtener la conformidad por escrito de “EL ARRENDADOR”.

La obra o trabajos que realice “EL ARRENDATARIO” previa autorización que obtenga por escrito para el acondicionamiento del inmueble arrendado serán por su exclusiva cuenta, por lo que, “EL ARRENDADOR” no tendrá obligación de hacer pago alguno por este concepto por lo que “EL ARRENDATARIO” renuncia expresamente al derecho otorgado en su favor en sentido contrario por los artículos 2423 fracción II Y III y 2424 del Código Civil vigente para el Distrito Federal, quedando estas obras a beneficio del inmueble arrendado, así como los bienes muebles que “EL ARRENDATARIO” haya incorporado a la construcción y no pueda separarse sin dañar su solidez o estabilidad.

Las obras o trabajos que se ejecuten en el inmueble arrendado sin la previa autorización de “EL ARRENDADOR”, serán causa de rescisión del presente contrato, obligándose “EL ARRENDATARIO” a pagar a “EL ARRENDADOR” los daños y perjuicios que esto le hubiese ocasionado.

SEXTA.- COLOCACIÒN DE ANUNCIOS. “EL ARRENDATARIO” no podrá instalar anuncios sin que previamente le sea autorizado por escrito por “EL ARRENDADOR”, igualmente “EL ARRENDATARIO” únicamente podrá instalar los anuncios autorizados cuando la autoridad competente le haya expedido los permisos y licencias correspondientes. La colocación de cualquier anuncio en contravención a lo antes establecido será causa de rescisión del presente contrato. Los gastos que generen la construcción, elaboración e instalación de los anuncios que “EL ARRENDATARIO” instale en el inmueble arrendado serán cubiertos en su totalidad por este, obligándose a retirarlos al término del presente contrato.

SEPTIMA.- CONSERVACIÒN Y MANTENIMIENTO. “EL ARRENDATARIO” recibe en perfecto estado de uso el inmueble

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