Contrato En Prácticas
Enviado por Lasaga • 21 de Mayo de 2014 • 675 Palabras (3 Páginas) • 187 Visitas
CONTRATO EN PRÁCTICAS
REQUISITOS DE LOS TRABAJADORES
El contrato de trabajo en prácticas podrá concertarse con quienes estuvieren en posesión de título universitario o de formación
profesional de grado medio o superior o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes, de acuerdo con las leyes reguladoras
del sistema educativo vigente, o de certificado de profesionalidad de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 5/2002, de
19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, que habiliten para el ejercicio profesional.
Que no hayan transcurrido más de cinco años, o de siete cuando el contrato se concierte con un trabajador con discapacidad,
desde la terminación de los estudios.
FORMALIZACIÓN, DURACIÓN Y JORNADA
Deberá formalizarse por escrito haciendo constar expresamente la titulación del trabajador, la duración del contrato y el puesto
de trabajo a desempeñar durante las prácticas.
Deberá comunicarse al Servicio Público de Empleo en el plazo de los diez días siguientes a su concertación, al igual que las
prórrogas del mismo.
No podrá ser inferior a seis meses ni exceder de dos años; dentro de estos límites, los Convenios Colectivos de ámbito sectorial
podrán determinar la duración del contrato. Si el contrato en prácticas se hubiera concertado por tiempo inferior a dos años, se
podrán acordar hasta dos prórrogas, con una duración mínima de seis meses.
El periodo de prueba no podrá ser superior a un mes para los contratos en prácticas celebrados con trabajadores que estén en
posesión de título de grado medio o de certificado de profesionalidad de nivel 1 ó 2, ni a dos meses para los contratos en prácticas
celebrados con trabajadores que estén en posesión de título de grado superior o de certificado de profesionalidad de nivel 3,
salvo lo dispuesto en convenio colectivo.
A la finalización del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba, computándose la duración de las prácticas a
efectos de antigüedad en la empresa.
Las transformaciones en contratos indefinidos a tiempo completo o a tiempo parcial, podrá acogerse a las bonificaciones reguladas
en el R. D. Ley 3/2012.
OTRAS CARACTERÍSTICAS
La retribución del trabajador será la fijada en convenio colectivo para los trabajadores en prácticas, sin que, en su defecto, pueda
ser inferior al 60% o al 75% durante el primero o el segundo años de vigencia del contrato, respectivamente, del salario fijado
en convenio para un trabajador que desempeñe el mismo o equivalente puesto de trabajo.
En ningún caso el salario será inferior al salario mínimo interprofesional. En el caso de trabajadores contratados a tiempo parcial,
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