Contrato Ley
Enviado por lilianamo • 15 de Febrero de 2012 • 745 Palabras (3 Páginas) • 3.119 Visitas
CONTRATO LEY
9.7 Duración de la obligatoriedad
a) El contrato ley es siempre por tiempo determinado, pues no se celebra en función de una o varias empresas, si que se la norma reguladora de las relaciones laborales de todas las empresas presentes y futuras. Se establece en la fracción III del artículo 412 de la Ley Federal del Trabajo que la Asamblea debe fijar en el contrato-ley el término de duración, que no podrá exceder de dos años.
b) La fecha de iniciación del término de su vigencia. El artículo 416 de la LFT establece que el contrato-ley producirá efectos a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, o en el periódico oficial de la Entidad Federativa. El mismo precepto establece la salvedad en beneficio de la libertad de los convencionistas al establecer: “Salvo que la convención señale una fecha distinta”.
Pues es común que se señale una fecha distinta, pues es frecuente que se fije una anterior a la terminación de los trabajos de la convención, a fin de que, desde entonces se paguen diferencias de salarios y otras prestaciones o bien se otorgue un plazo de acomodamiento de las empresas.
Administración del Contrato Ley
La administración del contrato Ley corresponderá al sindicato que represente, dentro de la empresa o establecimiento, el mayor numero de trabajadores (Artículo 418 L.F.T.).
La administración del Contrato ley expresa que al sindicato mayoritario corresponderá el ejercicio de las acciones colectivas derivadas de la existencia del contrato ley en la empresa o establecimiento de que se trate. Estas acciones se referirán a la representación de los interés individuales para el efectivo del elemento normativo; a la exigencia del cumplimiento, a favor del propio sindicato, del elemento obligatorio y, por último, a la representación del interés colectivo por lo que hace a las acciones vinculadas a la vigencia del contrato ley.
9.9. Revisión
En la revisión del Contrato Ley podemos señalar las siguientes etapas:
1) Iniciativa. Pueden solicitar la revisión del contrato ley los sindicatos de trabajadores o los patrones que representen las dos terceras partes, por lo menos, de los trabajadores sindicalizados (Artículo 419 Fracción I L.F.T. ).
2) Autoridad Competente. La misma autoridad que intervino originariamente, es decir, se presentara la solicitud ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, el Gobernador del Estado o el Jefe del Departamento del Distrito Federal (Artículo 419 Fracción II L.F.T. ).
En el contrato ley al ser declarado obligatorio laboral, que tuvo que considerar la conveniencia de un ordenamiento uniforme para las relaciones trabajo-capital, por lo tanto su duración es una cuestión. Estas razones explican la intervención de las autoridades federales o locales,
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