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Contrato Ley


Enviado por   •  3 de Septiembre de 2012  •  2.107 Palabras (9 Páginas)  •  2.695 Visitas

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El Contrato Ley

Objetivos de aprendizaje

• Definirá al contrato ley

• Identificará la naturaleza jurídica del contrato ley

• Identificará y describirá los requisitos y procedimientos de creación del contrato ley

• Identificará el contenido del contrato ley

• Conocerá los alcances de la intervención gubernamental en la celebración del contrato ley

• Explicará la administración del contrato ley

• Identificará las diferencias con el contrato colectivo de trabajo

• Identificará las causas de terminación del contrato ley

1. Concepto.

La doctrina alemana lo define como un contrato colectivo obligatorio, a petición de parte legítima, para una rama de la industria y una región determinadas, decretado por el ministerio del trabajo. La doctrina francesa, por su parte, considera que el contrato-ley tiene por objeto regular las relaciones entre patrones y trabajadores de una rama de la industria o el comercio en una región determinada o en todo el territorio.

La Ley Federal del Trabajo

Artículo 404.- Contrato-ley es el convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores y varios patrones, o uno o varios sindicatos de patrones, con objeto de establecer las condiciones según las cuales debe prestarse el trabajo en un rama determinada de la industria, y declarado obligatorio en una o varias Entidades Federativas, en una o varias zonas económicas que abarquen una o más de dichas Entidades, o en todo el territorio nacional.

2. Naturaleza jurídica

La naturaleza jurídica del contrato-ley es híbrida, pues participa de la voluntad de los trabajadores, así como de la intervención del Ejecutivo Federal; el contenido de sus normas es formulado por los trabajadores y patrones, pero los efectos de su obligatoriedad derivan del decreto del Ejecutivo como órgano del Estado.

3. Requisitos para su creación

Ley Federal del Trabajo

Artículo 405.- Los contratos-ley pueden celebrarse para industrias de jurisdicción federal o local.

Artículo 406.- Pueden solicitar la celebración de un contrato-ley los sindicatos que representen las dos terceras partes de los trabajadores sindicalizados, por lo menos, de una rama de la industria en una o varias Entidades Federativas, en una o más zonas económicas, que abarque una o más de dichas Entidades o en todo el territorio nacional.

Artículo 407.- La solicitud se presentará a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, si se refiere a dos o más Entidades Federativas o a industrias de jurisdicción federal, o al Gobernador del Estado o Territorio o Jefe del Departamento del Distrito Federal, si se trata de industrias de jurisdicción local.

Artículo 408.- Los solicitantes justificarán que satisfacen el requisito de mayoría mencionado en el artículo 406.

4. Contenido

Ley Federal del Trabajo

Artículo 412.- El contrato-ley contendrá:

I. Los nombres y domicilios de los sindicatos de trabajadores y de los patrones que concurrieron a la convención;

II. La Entidad o Entidades Federativas, la zona o zonas que abarque o la expresión de regir en todo el territorio nacional;

III. Su duración, que no podrá exceder de dos años;

IV. Las condiciones de trabajo señaladas en el artículo 391, fracciones IV, V, VI y IX;

V. Las reglas conforme a las cuales se formularán los planes y programas para la implantación de la capacitación y el adiestramiento en la rama de la industria de que se trate; y,

VI. Las demás estipulaciones que convengan las partes.

Artículo 413.- En el contrato-ley podrán establecerse las cláusulas a que se refiere el artículo 395. Su aplicación corresponderá al sindicato administrador del contrato-ley en cada empresa.

Artículo 414.- El convenio deberá ser aprobado por la mayoría de los trabajadores a que se refiere el artículo 406 y por la mayoría de los patrones que tengan a su servicio la misma mayoría de trabajadores.

Artículo 416.- El contrato-ley producirá efectos a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, o en el periódico oficial de la Entidad Federativa, salvo que la convención señale una fecha distinta.

Artículo 417.- El contrato-ley se aplicará no obstante cualquier disposición en contrario contenida en el contrato colectivo que la empresa tenga celebrado, salvo en aquellos puntos en que estas estipulaciones sean más favorables al trabajador.

Artículo 418.- En cada empresa, la administración del contrato-ley corresponderá al sindicato que represente dentro de ella el mayor número de trabajadores. La pérdida de la mayoría declarada por la Junta de Conciliación y Arbitraje produce la de la administración.

5. Mediante convención

En la convención, la autoridad preside, se forman las comisiones que sean necesarias y el acuerdo final, con el texto del contrato-ley, se somete a aprobación de la representación de las dos terceras partes de los trabajadores participantes.

Ley Federal del Trabajo

Artículo 409.- La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, el Gobernador del Estado o Territorio o el Jefe del Departamento del Distrito Federal, después de verificar el requisito de mayoría, si a su juicio es oportuna y benéfica para la industria la celebración del contrato-ley, convocará a una convención a los sindicatos de trabajadores y a los patrones que puedan resultar afectados.

Artículo 410.- La convocatoria se publicará en el Diario Oficial de la Federación o en el periódico oficial de la Entidad Federativa y en los periódicos o por los medios que se juzguen adecuados y señalará el lugar donde haya de celebrarse la convención y la fecha y hora de la reunión inaugural. La fecha de la reunión será señalada dentro de un plazo no menor de treinta días.

Artículo 411.- La convención será presidida por el Secretario del Trabajo y Previsión Social, o por el Gobernador del Estado o Territorio o por el Jefe del Departamento del Distrito Federal, o por el representante que al efecto designen. La convención formulará su reglamento e integrará las comisiones que juzgue conveniente.

6. Elevación de contrato colectivo de trabajo

Artículo 415.- Si el contrato colectivo ha sido celebrado por una mayoría de dos terceras partes

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