Contrato de compraventa internacional de fertilizantes agricolas
Enviado por mijamin • 31 de Octubre de 2014 • Trabajo • 2.739 Palabras (11 Páginas) • 1.245 Visitas
CONTRATO DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL DE FERTILIZANTES AGRICOLAS
Conste por el presente documento el contrato de compraventa internacional de mercaderías que suscriben de una parte FERTILIZANTES AGRICOLAS NIRVAN EQUILIBRIUM SAC con N° de RUC 10726492354, empresa constituida bajo las leyes de la República de Perú, debidamente representada por su Gerente General MIJAMIN DAVID GARCIA FABERIO, con Documento Nacional de Identidad N° 72649235, domiciliado en su Oficina principal ubicado en Av. España 537 ciudad de Trujillo, Departamento La Libertad, Perú a quien en adelante se denominará EL VENDEDOR y de otra parte la empresa LA HUERTA ORGANICA DE COLOMBIA – PRODUCTOS AGRICOLAS Y PREPARACIONES ALIMENTARIAS SA., inscrito en la Partida N° 354673-98. Del Registro de Personas Jurídicas de la Zona Registral N° 15, debidamente representado por su Gerente General don ………………………., identificado con CEDULA DE CIUDADANIA DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA N° 22348889. Y señalando domicilio el ubicado en Calle Carrera N° 48 n 165- 26, Bogotá, Cundinamarca, Republica de Colombia a quien en adelante se denominará EL COMPRADOR, que acuerdan en los siguientes términos:
DECLARACIONES
DECLARA "EL VENDEDOR"
I. FERTILIZANTES AGRICOLAS NIRVAN EQUILIBRIUM CON N° 34359-99 es una sociedad legalmente constituida de conformidad con las leyes de la República de Perú y según consta por el certificado de Cámara de Comercio de la republica de Perú.
II. Que dentro del objeto social se encuentran entre otras actividades, la fabricación, comercialización, importación y exportaciones de Fertilizantes Agrícolas, Formulas Bio-estimulantes y Abonos especiales para aumentar los rendimientos y la eficiencia misma de los cultivos.
III. Que cuenta con la capacidad, conocimientos, experiencia y personal adecuado para realizar las actividades a que se refiere la declaración que antecede.
IV Que el señor MIJAMIN DAVID GARCIA FABERIO representado con la cedula de identidad N° 72649235. de la REPUBLICA DE PERÚ es su legítimo representante y en consecuencia se encuentra debidamente facultado para suscribir el presente instrumento y obligar a su representado en los términos del mismo.
V Que tiene su domicilio en Av. ESPAÑA 537, CERCADO DE TRUJILLO –DPTO. LA LIBERTAD - PERÚ mismo que señala para todos los efectos legales a que haya lugar.
DECLARA EL COMPRADOR:
I LA HUERTA ORGANICA DE COLOMBIA – PRODUCTOS AGRICOLAS Y PREPARACIONES ALIMENTARIAS CON N° 354673-98 es una empresa constituida de acuerdo con las leyes de la República de COLOMBIA y que se dedica entre otras actividades a la comercialización e importación de los productos a que refiere la declaración II de "El vendedor".
II. Que conoce las características y especificaciones de los productos objeto del presente contrato.
III. Que el Señor MARCOS ANTONIO CARVAJAL VIÑEDOS CON CEDULA DE CIUDADANIA N° 22348889 DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA es su legítimo representante y está facultado para suscribir este contrato.
IV. Que tiene su domicilio en Carrera 48 n 165- 26, Bogotá, Cundinamarca, Republica de Colombia mismo que señala para todos los efectos legales a que haya lugar
AMBAS PARTES DECLARAN:
Que tienen interés en realizar las operaciones comerciales a que se refiere el presente contrato, de conformidad con las anteriores declaraciones y así al tenor de las siguientes:
CLAUSULAS.
PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO.- Por medio de este instrumento "El vendedor" se obliga a vender y "El comprador " a adquirir 4,25 Toneladas de Abono Orgánico (4250 kg). Es un Fertilizante orgánico biológico y ecológico hecho de materias vegetal fermentada con bacterias y enzimas, este Abono Orgánico es un bio-estimulante orgánico ideal para mejorar los suelos, pues no solo aumenta su fertilidad, sino también su flora bacterial. Los fertilizantes proveen nutrientes que los cultivos necesitan, con los fertilizantes se pueden producir más alimentos y cultivos comerciales, y de mejor calidad, y además con los fertilizantes se puede mejorar la baja fertilidad de los suelos que han sido sobrexplotados.
SEGUNDA.- PRECIO. El precio de los productos objeto de éste contrato que "El comprador" se compromete a pagar será la cantidad de diez y ocho mil cuatrocientos Dólares Americanos ($ 18,400) en el término INCOTERMS 2010 DAP ( entrega en el lugar, o, lugar de destino convenido), donde el vendedor pone la mercancía a disposición del comprador por vía marítima y en el puerto de llegada se prepara para la descarga, en el puerto Colombiano de Tumaco, zona franca, modulo 8, bodega 7.
Ambas partes se comprometen a renegociar el precio antes pactado, cuando éste sea afectado por variaciones en el mercado internacional o por condiciones económicas, políticas y sociales extremas en el país de origen o en el de destino, en perjuicio de las partes.
1) El incremento de los costos de las materias primas que intervienen en el proceso de producción del Abono Orgánico (Humus, Material Vegetal) y material no orgánico como (Nitrógeno, Fosforo, Potasio, Calcio, Magnesio, Hierro)
2) Aumento de la demanda interna del producto haciendo que empiece a escasear y su valor aumente considerablemente haciendo que el precio pactado este por debajo del nivel del mercado.
3) Para finalizar se renegociara cuando se genere un cambio en la legislación de alguno de los países la cual establezca un impuesto específico para este producto, produciendo así un gasto adicional que no se había tenido en cuenta en el momento de estipular el precio.
4) Medios de transporte diferentes.
5) Si se presenta una devaluación del más 10% del Dólar Estadounidense frente al Peso de la República de Colombia
La transmisión de los riesgos y la propiedad de la mercancía tendrán lugar en el Puerto Colombiano de Cartagena, teniendo en cuenta el término de negociación DAP. “El Vendedor” se hace cargo de todos los costes, incluidos el transporte principal y el seguro, pero no de los costes asociados a la importación, hasta que la mercancía se ponga a disposición del “Comprador” en un vehículo listo para ser descargado. También asume los riesgos hasta ese momento. Así transportándola desde el puerto de Cartagena a la Ciudad de Bogotá, el cual es el destino final de la mercancía.
TERCERA. FORMA DE PAGO.- "El comprador" se obliga a pagar a "el vendedor" el precio pactado en la cláusula anterior, mediante “Carta de Crédito” confirmada e irrevocable contra entrega de los siguientes documentos:
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