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Contratos De Seguro


Enviado por   •  7 de Mayo de 2013  •  787 Palabras (4 Páginas)  •  492 Visitas

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Por la contingencia de sufrir un daño o una perdida, por eso han determinado el nacimiento de desarrollo del seguro, el seguro es una forma eficaz de hacer frente a los riesgos y prever los accidentes que lleguen a tener los asegurados o su patrimonio y esos gastos los cubre le seguro.

La empresa aseguradora se le obliga, mediante una prima y a pagar la suma de dinero al momento de verificar la eventualidad del contrato, cuando los contratos son hechos por las empresas se les considera actos de comercio. La Ley General de Instituciones, se realiza una operación de seguros cuando una persona asume un gran riesgo, depende de un acontecimiento futuro e incierto, se repara el daño de manera directa o indirecta o también el pago de una suma de dinero.

Cuando los contratos de seguro son celebrados por determinada empresa aseguradora, no quiere decir que tenga que cubrir los riesgos si no es que tienen que poder compensarlos, y es que esto es porque la técnica aseguradora moderna se basa sobre el cálculo de las probabilidades. El artículo 3 prohíbe una persona física o moral la práctica de cualquier operación de seguros.

Para poder ser una empresa seguradora se tiene que tener concesión del Gobierno Federal y que compete a la Secretaria de Hacienda y crédito Público, pero antes se realizaba por una previa autorización y esto va con todas sus consecuencias legales.

En la concesión y autorización para que una sociedad o institución mutualista de seguros se necesite que se organizase, que por su propia naturaleza se dan varias operaciones de seguros como lo son de vida, accidente y enfermedades y daños, algunos de ellos e pueden llamar riesgos profesionales o de transportes. Para que pueda ser una institución de seguro necesitan ser constituidas por un capital fijo de sociedades anónimas, deberán contratar un capital el que debe estar pagado el mínimo estará totalmente pagado y suscrito antes del 30 de julio del años y cuando el capital mínimo lo exceda tendrá que estar pagado el 50 porciento. El capital que fue pagado de las instituciones de seguro se puede integrarse como una parte de los votos de los accionistas que llega a ser hasta un veinte por ciento, sin antes una a autorización de secretaria de Hacienda y Crédito Público. Las primas o algo similar u otro similar paguen los suscriptores sobre el valor nominal se lleva a un fondo legal como reserva.

En las instituciones de capital mayoritario mexicano, la ley dispone que no pueden participar, instituciones de crédito, casas de cambio, casas de bolsa, solamente la SHCP podara autorizar discretamente la participación en el capital de inversionistas extranjeros. Por cada accionista o grupo de accionistas que representan el 10 % del capital pagado de una institución de seguros estos tienen derecho a nombrar un consejero, el consejero debe de ser una persona reconocida y honorable, con amplio conocimiento sobre la materia

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