Convenio liquidacion
Enviado por pacotrejo • 28 de Agosto de 2018 • Práctica o problema • 603 Palabras (3 Páginas) • 162 Visitas
NAUCLAPAN DE JUAREZ A 23 DE AGOSTO DE 2018
CONVENIO
CONVENIO QUE CELEBRAN LOS SEÑORES MARCELO MATA GALLEGOS E ISABEL SOPERANES HERRERA, PARA LOS EFECTOS DE LA LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD CONYUGAL, REGIMEN PATRIMONIAL BAJO EL CUAL CELEBRARON SU MATRIMONIO CIVIL, CON EL FIN DE DAR POR TERMINADO DICHO REGIMEN PATRIMONIAL, CONVENIO QUE CELEBRAN AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIÓN Y CLAUSULAS:
DECLARACIONES DE AMBAS PARTES:
Capacidad y Acreditacion.
I Declara Marcelo Mata Gallegos ser Mexicano mayor de edad con identificacion oficial…...cuya copias se anexa
II Declara Isabel Soperanez herrerra ser Mexicana mayor de edad con identificacion oficial….. cuya copia se anexa
Estado.
III Declaran ambos partes que con fecha 21 de agosto de 2018 se decreto el Divorcio bajo el expediente por este H. Juzgado bajo el expedinete 793/2018.
IV. ambas partes declaran que no existen ddeudas dentro de la sociedad conyugal
- Declaran las partes que durante que dentro de la sociedad conyugal no existen bienes muebles a liquidar.
VI. Declaran las partes que durante que dentro de la sociedad conyugal
han adquirido unicamente el siguiente bien inmueble:
A) El ubicado en las calles de bien inmueble ubicado en Calle San Luis Manzana 10 Lote 23 cp 00000, Colonia Lomas de los Remedios del Municipio de Naucalpan de Juarez, en el Estado de México.
El presente convenio se regira en el tenor de las siguientes:
Clausulas.
- se realizara la venta del bien inmueble, quedando en posesión de Marcelo Mata Gallegos, y sera este quien se encargue de la enagenacion de dicho inmueble.
- El valor del inmueble se fijara sobre la información que arroje el dictamen en valuación por parte de un profesional en la materia y el cual el costo sera pagado en un 50% por cada parte y al estar en posesion de Marcelo Mata Gallegos, este se compremente a dar acceso al inmueble al perito las veces que sean necesarias para expedir dicho dictamen.
- Una vez fijado el precio del inmueble, se fija un plazo de 6 meses a partir de la firma del presente convenio para realizar su venta.
- Dicha venta solo contempla la mitad del inmueble que legalmente le corresponde a Isabel Soperanes Herrera.
- Si cumplido los 6 meses y no se realiza la venta, acuerdan las partes que se podrá extender en un plazo igual para la enajenacion del inmueble.
- Acuerdan las partes que los gastos que se generen sobre la venta del Inmueble correrán en un 50% para cada parte.
- Se compromete las partes que una vez realizada la venta del inmueble las partes se presentaran ante las instancias administrativas o civiles necesarias para formalizar la venta del inmueble.
VII. Se obligan las partes a que una vez vendido la cantidad deberá ser depositado a este Juzgado el cual por medio de billete de deposito
MARCELO MATA GALLEGOS ISABEL SOPERANES HERRERA
firma y fecha firma y fecha
TESTIGO TESTIGO
...