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Costas al Juez


Enviado por   •  1 de Julio de 2018  •  Reseña  •  401 Palabras (2 Páginas)  •  134 Visitas

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Las costas al Juez

El Artículo 408 del C.P.C., integra el conjunto de normas que sientan la base de la responsabilidad civil del Magistrado que hace mención el Artículo 16 del mismo cuerpo legal, con sustento constitucional en el Artículo 106 de nuestra Carta Magna. Ahora bien, motiva una serie de interrogantes esta cuestión si se analiza la función del Juez o Magistrado dentro del proceso, por cuanto que éste no es parte y por principio general las costas les son impuestas a quien actúa bajo el título de tal que haya sido declarado vencido. Al decir de Chiovenda, el fundamento de la condena personal en costas a funcionarios judiciales, “personas extrañas al interés que se ventila, es el daño culpablemente causado, y que deben resarcir al que lo sufre”.

En este orden de ideas, la Sala Constitucional de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia ha sostenido que, para los terceros no partes en un proceso, también rigen los principios del debido proceso y el derecho a la defensa en juicio. La culpa del juez no se presume y debe ser demostrada, así como debe demostrarse que las partes no contribuyeron a causar la nulidad de la resolución.

Debe también distinguirse el cumplimiento erróneo o equivocado de su función por el juez, del cumplimiento irregular, es decir, la imposición de costas a los magistrados se halla reservada para casos en los cuales la actuación del magistrado se configura como dolosa o culposa, reflejada en una infracción manifiesta de la ley sustantiva o procesal, en este último caso siempre que esté sancionada su infracción por la nulidad. La labor del Juzgador debe exteriorizar una voluntad negligente grave o ignorancia inexcusable, siendo pertinente para el primer caso que los propios justiciables no contribuyan en forma tan decisiva.  

La imposición de costas no debe ser sancionatoria del error judicial, menos aún si el mismo se produjo como consecuencia del actuar negligente de una de las partes.

El hecho cierto de que el Juez o Magistrado es un tercero en el proceso necesariamente obliga a rediseñar, de manera sistemática, la integración de la litis, teniendo en cuenta la naturaleza de esta situación en particular, para determinar su responsabilidad civil y garantizar la defensa en juicio.

Finalmente, cabe agregar que las cargas financieras con las que eventualmente podría hacerse el Juez o Magistrado condenado en costas son las devenidas por su resolución judicial y no por la sustanciación del proceso.

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