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Cuestionario


Enviado por   •  18 de Marzo de 2013  •  1.494 Palabras (6 Páginas)  •  257 Visitas

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CUESTIONARIO: RRR

RENDICIÓN DE CUENTAS, ACCESO A LA INFORMACIÓN

Y TRANSPARENCIA EN DERECHOS HUMANOS Y LA CNDH

1. ¿En que consiste la rendición de cuentas, la transparencia y el derecho al acceso a la información?

 La rendición de cuentas y el acceso a la información son dos componentes esenciales de cualquier gobierno democrático. Constituyen mecanismos de gobernanza, haciendo posibles condiciones de participación y proximidad ciudadana en los procesos gubernamentales, abriendo nuevos canales de comunicación entre el Estado y diversos actores sociales. Su difusión y aceptación implican una transformación cultural en la concepción y práctica del servicio público, ya que significa someter la gestión gubernamental y el desempeño de los servidores públicos al escrutinio crítico de la sociedad.

El principio de rendición de cuentas se basa en el derecho a la libre expresión y

asociación. Estos derechos permiten que los ciudadanos se organicen, y defiendan sus ideas e intereses frente a las acciones gubernamentales. Todo ciudadano debe contar con elementos suficientes para conocer y evaluar dichas acciones, y su ausencia reduce la credibilidad y legitimidad de órganos gubernamentales. Cualquier organización que se desenvuelva en el ámbito público, tiene la obligación de explicar a la sociedad sus acciones y aceptar responsabilidad sobre las mismas. Se requiere el mejoramiento de los mecanismos de consulta y diálogo, no solamente proporcionando información, sino creando estímulos y oportunidades para su consulta y la participación activa de la sociedad en la formulación de políticas públicas.

 El concepto de transparencia se refiere a la apertura y flujo de información de las organizaciones políticas y burocráticas al dominio público. Esto la vuelve accesible a todos los posibles actores interesados, permitiendo su revisión y análisis, y la detección de posibles anomalías. Incluye cuestiones como la publicación de cuentas y presupuestos gubernamentales auditados, estadísticas financieras, comerciales y monetarias, compensaciones de funcionarios públicos y privados, y datos sobre financiamiento de campañas políticas.

 El derecho a la información es otro componente clave de la rendición de cuentas y la transparencia. Este derecho se puede definir como el conjunto de normas jurídicas que regulan el acceso de los ciudadanos a la información de interés público, en especial la que se genera en los órganos del Estado, pues la información de otras fuentes está protegida por el derecho a la privacidad. Existen empresas públicas o privadas, llamadas Sociedades de Información, que se dedican a la venta de reportes con datos personales de individuos, tales

como historial crediticio, médico o de empleo. Estas empresas contribuyen al flujo de esta información como factor coadyuvante del desarrollo económico, sin embargo, deben guardar un balance con la protección de la privacidad.

En lo que se refiere a la privacidad, es difícil definirla, pues su noción varía en los diversos contextos culturales e históricos. Pero dentro de la esfera privada se consideran las relaciones personales y familiares, de filiación y afectivas, las convicciones personales, inclinaciones sexuales, preferencias políticas y religiosas, y en algunos lugares se incluyen a la situación financiera personal y familiar. Se trata de un derecho humano fundamental, en el cual se excluye a otros individuos organizaciones y el Estado del conocimiento de ciertos aspectos de la vida de cada persona. Se vincula con otros derechos específicos como el derecho a la inviolabilidad del domicilio, de inviolabilidad de las comunicaciones privadas, al honor y la integridad de la propia imagen, y a ser respetado y no molestado. Se relaciona también con la libertad de pensamiento e ideas, de procreación, de expresión y de imprenta, puesto que el respeto a la vida privada de los individuos constituye una limitante a su ejercicio.

2-¿Qué representó y representa para el pueblo mexicano la reforma al artículo 6° constitucional, en donde se agrega el derecho a la información.

3-¿Por qué la CNDH debe respetar y sujetarse a la Ley de Transparencia, pero en su carácter de órgano constitucional autónomo?

El IFAI atiende solicitudes de información que se relacionan con autoridades o dependencias de la administración pública federal, con excepción de instituciones u organismos autónomos como la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, el Instituto Federal Electoral, el Banco de México y la Universidad Nacional Autónoma de México. La Ley de Transparencia considera a la CNDH como sujeto obligado, es decir que debe respetar y sujetarse a la Ley de Transparencia, pero en su carácter de órgano constitucional autónomo, no es regulado por el IFAI en materia de acceso a la información. Esto implica que la CNDH tiene la autoridad para formular normatividad propia que garantice el acceso a la información, sin que el IFAI o cualquier otro organismo gubernamental tengan competencia sobre ella.

4-¿En qué consiste el Reglamento de Transparencia

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