Cuestionario
Enviado por lgytak • 23 de Julio de 2013 • 1.375 Palabras (6 Páginas) • 523 Visitas
Sujeto de derecho: es toda persona que posee la capacidad de ser titular de deberes y derechos. Se debe entender este concepto relación a la capacidad jurídica que viene siendo la medida de actitud que tiene un sujeto para ser titular de obligaciones y derechos. Igualmente debe entenderse que el sujeto es titular con respecto a los objetos de derecho.
Persona: es todo ente capaz de ser, según gondorrona es todo este susceptible de tener derecho y obligaciones
Tipos de persona:
Persona natural: llamadas también personas individuales o físicas, simples o concretas, que son los individuos de la especie humana.
Persona jurídicas: se entiende por persona jurídica, por persona moral a los entes que para la realización de determinado fines colectivos la norma jurídica le reconoce la capacidad de ser titular de deberes y derecho.
Persona jurídica: son todos aquellos que en sentido estricto, colectivo, morales, complejo, o abstracto son capaces de ser titulares de derechos y deberes.
Son sujetos de personas físicas o bien sea por un conjunto de bienes a lo que confieren unidad del hecho de esta organizado para un fin de tal modo que el ordenamiento jurídico lo considera titulares de facultades y obligaciones jurídica. Ejemplo: La asociación: es un grupo de personas o bienes que se reúnen para un bien colectivo.
Tipos de teorías:
*Teoría de la persona colectiva o jurídica:
• Teoría de la ficción (Savigny): esta teoría sostiene que el hombre es la persona por cuanto es el único que puede ser titular de derecho y deberes. La persona jurídica era como pura ficción debido a que el legislador le otorga la capacidad jurídica, no porque esa persona la tenga sino porque necesita de esos grupos unitarios para ejercer los deberes y derechos que exigen los interés comunes
• Teoría de los derechos sin sujeto (Wincheid Brinz):los derechos de las personas complejas, en realidad no tienen sujeto, es decir, no tienen propiedad, debido a que la persona compleja es un espantajos, en verdad lo que existe es un patrimonio que no pertenece a alguien sino a algo.
• Teoría del “sujeto colectividad” o “Del instrumento” (Ihering): los sujetos de las personas colectivas son los destinarios, debido a que las personas complejas o colectivas no es otra cosa que un instrumento destinado a remediar la falta de determinación de los sujetos. Los verdaderos sujetos de derecho en las personas complejas o colectivas, son los individuos que pertenecen a ella, pero no como tales individuos, sino “como miembros del todo social”.
• Teoría de la “Propiedad colectiva” (berthelemy): esta teoría sostiene 3 ideas:
• Sostiene que la persona jurídica no son clases de personas, sino de bienes.
• Las personas colectivas no son otra cosa que una forma de propiedad colectiva.
• Se le critica que no toma en cuenta la finalidad para la cual se crea la persona colectiva.
Teorías positivas:
• Teoría de la voluntad
• Teoría orgánica
• Teoría del interés
• Teoría de la realidad jurídico-social
• Teoría de la realidad jurídico-normativo
Todas estas teorías sostienen y afirman que la realidad de las personas jurídicas complejas, so son un conjunto de individuo o una ficción jurídica sino que tiene realidad y existencia propia.
Deber jurídico: es la necesidad de observar una determinada conducta, acto u omisión bajo una amenaza de “Sanción Colectiva”(Es una sanción tipificada) impuesta por la norma jurídica en orden de obtener un bien jurídico.
Elementos del deber jurídico:
• un sujeto dotado de voluntad y que sea capaz
• la necesidad de observar una determinada conducta o “sujeción”
• la norma jurídica que establece y tutela el deber exigido su cumplimiento bajo una sanción coactiva
• un valor o un bien que se protege, ya sea particular o general
Objeto de derecho: es el estudio de todo ordenamiento jurídico que se encuentra regulado una base en toda sociedad.
Relación jurídica: es el vínculo jurídico que se da entre un sujeto y un objeto.
Cosa: es todo aquello que existe en el universo excepto el hombre
Cuál es el objeto de una relación jurídica: es una identidad material donde recae el interés implicado en la relación
Bien: es toda identidad susceptible de proporción y que le proporciona utilidad al hombre
Característica de la cosa:
• sujeción jurídica al titular
• no requiere de la actualidad
• capacidad de satisfacer una necesidad económica
Clasificación de la cosa:
*Según su cualidad física:
• corporales: son aquellos que pueden ser percibidas
• incorporales: son aquellas que solo pueden ser percibidas a través del intelecto
• específicas: son aquellas que poseen una característica única. Ejemplo: maletín
• genéricas: son aquellas que poseen una característica variable
• fungibles: son aquellas cosas que se pueden intercambiar y pueden tener el mismo valor en el mercado
• infugibles: son aquellas que
...