DEL LICEO MARIA AUXILIADORA IQUIQUE 2012
Enviado por camilar2005 • 28 de Mayo de 2014 • Tesis • 5.869 Palabras (24 Páginas) • 413 Visitas
REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
DEL LICEO MARIA AUXILIADORA IQUIQUE 2012
I. PRESENTACIÓN
El Liceo María Auxiliadora de Iquique es un
establecimiento educacional de Iglesia, con una larga trayectoria en la formación de niñas y
jóvenes, animado por la Congregación de las Hijas de María Auxiliadora, que nace del
legado y carisma de Don Bosco y Madre Mazzarello.
Como liceo nos identificamos con la misión de
evangelizar a niñas y jóvenes, a través de una educación de excelencia inspirada por el
Evangelio y el Carisma Salesiano, mediante la promoción de un currículo cognitivohumanista
de profundo compromiso social.
La convivencia escolar, concebida como un clima y
espacio relacional de cooperación y crecimiento que convoca a todos los integrantes de
una comunidad educativa, es asumida en nuestro liceo con responsabilidad y compromiso
en la promoción de derechos y deberes que, ejercidos dentro de una sana convivencia nos
permiten alcanzar los fines que como entidad escolar nos hemos propuesto.
Las normas contenidas en este reglamento, están
referidas a todos los agentes de la comunidad escolar, que incluye a las estudiantes, padres,
madres y apoderados, profesionales de la educación, asistentes de la educación, equipo
docente directivo y sostenedor. Estas ayudan a la formación valórica, fortalecen el
crecimiento personal, y proporcionan herramientas precisas para la prevención de
conflictos y la resolución pacífica de los mismos en todos los ámbitos de su vida personal,
familiar y social.
Asegurar un clima de sana convivencia escolar hará
posible a nuestra comunidad educativo pastoral entregar una integral educación de calidad
para todas nuestras estudiantes, y hacer vida nuestro lema “Buenas Cristianas Y Honestas
Ciudadanas”.
II. DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
ARTÍCULO 1º: Todos los integrantes de la comunidad educativa deberán promover y
asegurar una sana convivencia escolar y realizar sus actividades bajo las
máximas del respeto mutuo y La tolerancia.
ARTÍCULO 2º: Los miembros de la comunidad educativa tienen el derecho de
desarrollarse en un ambiente sano y a recibir la formación integral
necesaria para construirlo .En caso de que dicho ambiente no se cumpla y
se vea afectado, sus integrantes tendrán derecho a plantear sus
inquietudes y conflictos según los procesos establecidos al interior del
establecimiento para resolver situaciones de convivencia escolar,
siguiendo los conductos regulares pertinentes (Profesor Jefe,
Coordinadora de Convivencia Escolar, Coordinador de área respectiva,
Directora, Representante Legal). A su vez, deben colaborar en el
tratamiento oportuno de situaciones de conflicto o maltrato entre
cualquiera de los integrantes de la comunidad educativa y en el
esclarecimiento de los hechos denunciados.
ARTÍCULO 3º: Se cuenta con un Equipo de Convivencia Escolar que lleva adelante los
procesos de resolución de conflictos en la convivencia escolar, integrado
por los siguientes miembros de la comunidad escolar:
La profesora jefe o profesor de subsector
Orientadora y/o Coordinadora de Convivencia Escolar
Directora
Los encargados de este Equipo serán las Coordinadoras de Convivencia
Escolar y la Orientadora. Este equipo tendrá las siguientes atribuciones:
Proponer o adoptar las medidas y programas conducentes al
mantenimiento de un clima escolar sano.
Diseñar e implementar los planes de prevención de la violencia escolar del
establecimiento.
Conocer los informes e investigaciones presentadas por el encargado de
convivencia escolar.
Aplicar sanciones en los casos fundamentados y pertinentes.
ARTÍCULO 4º: Toda estudiante que ingrese al Liceo María
Auxiliadora tiene derecho a:
a. Plantear sus problemas e inquietudes a quien corresponda, según la
naturaleza de la situación. (Profesor del Subsector, Profesor Jefe, UTP,
Orientadora, Jefe de Nivel, Directora).
b. Sugerir ideas relativas a actividades que considere convenientes para su
mejor formación, canalizando estas iniciativas a los estamentos pertinentes.
c. Informarse de las fechas y contenidos exactos de cada evaluación fijada por
el profesor.
d. Conocer el resultado de las evaluaciones en un plazo máximo de 10 días
hábiles. De no ser así, la estudiante no rendirá una nueva evaluación en el
mismo subsector.
e. Conocer los criterios de evaluación previamente a la prueba.
f. Conocer la pauta de evaluación de cualquier trabajo solicitado en las
asignaturas.
g. Informarse oportunamente de las calificaciones y observaciones, y solicitar
en forma respetuosa una explicación, cuando lo estime conveniente.
h. Hacer uso de la Biblioteca del Colegio, laboratorios de ciencias y
computación de acuerdo al horario establecido y a su reglamentación.
i. Utilizar adecuadamente el edificio y demás instalaciones del colegio, así
como los mobiliarios y materiales didácticos, dando a ellos el uso para el
cual están destinados.
j. Ser evaluadas en forma diferenciada, según informe de especialistas.
k. Tomar conocimiento de las observaciones registradas en el libro de clases,
firmando en su hoja de vida periódicamente.
III. DEL INGRESO DE LAS ESTUDIANTES
ARTICULO 5º: El ingreso de una estudiante al Establecimiento requerirá, además de los
requisitos legales que fije el Ministerio de Educación, de una prueba de
habilidades de 1° a 6° Básico y de la aprobación de un examen de
admisión desde 7° Básico a 3° Medio, entrevista personal y adhesión al
Proyecto Educativo Institucional y el Reglamento de Convivencia Escolar
del Liceo María Auxiliadora.
ARTICULO 6º: La matrícula es el acto por el cual el Liceo acepta firmar un contrato de
prestación de servicios educacionales con el apoderado de la o las
alumnas que ingresan al colegio; su duración es de un año escolar,
renovable de acuerdo a las normas contenidas en sus cláusulas.
ARTICULO 7º: Al término de cada año escolar el establecimiento, según criterios
pedagógicos y/o disciplinarios, efectuará los cambios de curso que
estime conveniente, para el mejor logro de los aprendizajes.
ARTICULO 8º:
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