DELITOS DE CUELLO BLANCO
Enviado por J.Carrasco • 29 de Agosto de 2012 • 786 Palabras (4 Páginas) • 967 Visitas
PRIMERA ENTREGA, CRIMINOLOGÍA: DELITOS DE CUELLO BLANCO.
de ABOGADOS PENALISTAS UNIDOS, el miércoles, 12 de mayo de 2010 a la(s) 18:27 •
Investigación y enjuiciamiento de los «delitos de cuello blanco» en los distintos sitemas punitivos.
-PRIMERA ENTREGA-
Este artículo es el fruto de un trabajo de investigación realizado en la Universidad de Columbia (Nueva York) durante cinco meses del año 1998, por G. Fletcher y su asistente, Ch. Russell.
I. Consideraciones generales sobre la delincuencia «de cuello blanco».
1. Origen y evolución histórica del término.
El 28 de noviembre de 1939, con motivo de una Conferencia ofrecida en la sede de la American Sociological Society, Sutherland empleó por primera vez el término «delito de cuello blanco» (white-collar crime), para referirse a un tipo de delincuencia cometida por personas de nivel social alto en el desarrollo de su actividad profesional .
Hasta entonces, la Criminología consideraba que los delitos eran el resultado de ciertos condicionamientos psicológicos y sociológicos, unidos a factores como la pobreza y la marginación, que afectaban a las capas más bajas de la sociedad . En su Conferencia, Sutherland criticó abiertamente estas teorías, incapaces de explicar las conductas delictivas no violentas, sino basadas en el engaño o la simulación, de individuos con alto poder adquisitivo, e insistió en que se trataba de auténticos delitos y no de meras infracciones administrativas o ilícitos civiles. Con ello abrió una viva polémica, que aún con-tinua en nuestros días, sobre la conveniencia de incluir la «delincuencia de cuello blanco» en el ámbito de la Criminología y, en tal caso, sobre la características que la definen y distinguen de los delitos comunes o «de la calle» (street crime).
En EE.UU. la delincuencia económica despertó así primero el interés de los criminólogos. En su origen, el white-collar crime fue un concepto más social que legal, se creó por científicos sociales y no por juristas, y sólo posteriormente trascendió al ámbito jurídico para designar un conjunto de delitos.
Desde el referido discurso de Sutherland hasta la actualidad, en la que su persecución es uno de los principales objetivos del Departamento de Justicia norteamericano, la doctrina más relevante suele distinguir tres etapas claramente diferenciadas en la evolución del concepto de white-collar crime.
1) La primera abarca las décadas de los cuarenta y cincuenta y se caracteriza por la proliferación de estudios sobre las conductas ilegales de grandes compañías norteamericanas y por el amplio debate entre Sutherland y Tappan (posteriormente seguido por las escuelas de uno y otro) sobre la consideración de los «delitos de cuello blanco» como auténticos tipos penales que merecieran
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