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DEMANDA DE RECONOCIMIENTO DE PATERNIDAD


Enviado por   •  6 de Febrero de 2018  •  Trabajo  •  1.868 Palabras (8 Páginas)  •  355 Visitas

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CARLOS ZENON SALINAS ARTEAGA.

             VS.

MARIA VIANNEY LOPEZ GUERRA.

CONTROVESIA FAMILIAR SOBRE EL ESTADO CIVIL

DE LAS PERSONAS Y DEL DERECHO FAMILIAR.

RECONOCIMIENTO DE PATERNIDAD.

ESCRITO INICIAL

C. JUEZ FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CUAUTITLÁN

MÉXICO, ESTADO DE MÉXICO, EN TURNO.

P       R       E       S       E       N       T       E.

                 CARLOS ZENON SALINAS ARTEAGA,  por mi propio derecho y señalando como domicilio particular el ubicado en CONDOMINIO ESTRELLA NÚMERO 8, COLONIA VILLAS DE SAN JOSE, MUNICIPIO DE TULTITLAN, ESTADO DE MÉXICO, CODIGO POSTAL 54910 y domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones, aún los de carácter personal, el ubicado en las listas de los estrados de este H. Juzgado, así mismo autorizando para  oírlas en mi nombre y recibir todo tipo de documentos y valores, así como para revisar el expediente principal y los cuadernos que se llegasen a formar, a los profesionistas en Derecho, ENRIQUE DAVID MARTÍNEZ DE LA MORA, ERNESTO CARRILLO URIBE, ULISES ALEJANDRO BADILLO AGUILAR, MIGUEL ANGEL FRANCO GALLEGOS, GUILLERMO SANCHEZ GARCÍA, asi como a los pasantes en la materia VICTOR MANUEL CRUZ LEYVA, ALBERTO TORRES VAZQUEZ, MONICA YADIRA FRAGOSO HERNANDEZ y SAMAEL RODRIGUEZ URQUIDEZ, ante Usted, con el debido respeto comparezco para exponer:

                        Que por medio del presente escrito y con fundamento en lo dispuesto  por el Libro quinto del Código Adjetivo en la materia, vigente en el Estado de México denominado de las controversias sobre el estado civil de las personas y del derecho familiar, vengo a interponer DEMANDA en contra de la C. MARIA VIANNEY LOPEZ GUERRA, quien puede ser emplazada en el domicilio ubicado  en: CALLE  COLORINES, LOTE 19 A-B, CONDOMINIO J, EDIFICIO J5, DEPARTAMENTO 501, UNIDAD HABITACIONAL LA ISLA, MUNICIPIO DE TULTITLAN DE MARIANO ESCOBEDO, ESTADO DE MÉXICO, CODIGO POSTAL 54930, de quien DEMANDO las siguientes prestaciones:

P R E S T A C I O N E S.

UNICO. - EL RECONOCIMIENTO DE PATERNIDAD, que deberá hacer la demandada, de mi menor hija SOPHIA KALID LOPEZ GUERRA, la cual a la fecha cuenta con 8 años y 4 meses de edad, ordenando se efectúen las anotaciones correspondientes en el acta de nacimiento de mi menor hija, en los libros de la Oficialía número 3 del Registro Civil, ubicada en el municipio de Pénjamo, estado de Guanajuato.

Me fundo para hacerlo en los siguientes hechos y consideraciones de derecho.

H E C H O S.

1.-  En el mes de noviembre del año 2008 comencé una relación de noviazgo con la hoy demandada, dicha relación duro aproximadamente 3 meses, durante ese periodo sostuvimos relaciones sexuales en diversas ocasiones, siendo finales del mes de febrero del año 2009, la hoy demandada me dijo que estaba embarazada pero que él bebé no era mío, por lo que esa fue la razon de la ruptura de la relación, desde ese momento yo perdí total contacto con ella.

 

2.-  En fecha 8 de Septiembre del año 2009, nació nuestra hija de nombre SOPHIA KALID LOPEZ GUERRA, lo anterior se acredita con la copia certificada del acta de nacimiento que se adjunta al presente libelo, cabe mencionar que yo me entere de su fecha exacta de su nacimiento hasta mucho tiempo después.

3.- Es el caso que aproximadamente a inicios del año 2014 por un amigo que teníamos en común la demandada y el suscrito, es que me entero de que la primera en mención le habia dicho que la niña era mi hija, desde ese momento yo hice todo lo posible para ponerme en contacto con la hoy demandada, fue hasta mediados del mismo año que logré contactarla y ponerme de acuerdo para verla.  

4.- Siendo mediados del año 2014 nos reunimos la hoy demandada y el suscrito para platicar, en dicha reunión, ella me confesó que yo era el progenitor de nuestra menor hija, pero que ella no me lo quiso decir porque no veía en mi alguien con futuro, ni estabilidad economica para solventar todos los gastos que se generarían, además de que me veía muy inmaduro e irresponsable para poderme hacer cargo de nuestra hija, en ese momento yo me moleste mucho, pero después de platicar por varias horas le comente que me haría responsable de mi hija y que quería darle mi apellido, a lo cual ella me dijo que estaba de acuerdo.

5.- Han transcurrido casi 4 años desde que la hoy demandada aceptó que yo me hiciera cargo de nuestra menor hija y durante todo ese periodo yo me he hecho responsable de mis obligaciones como padre de la menor, pero al requerirle a la hoy demandada que hagamos el trámite para ponerle mi apellido siempre recibo pretextos para aplazar dicho trámite, motivos por los cuales me veo en la necesidad de demandar en la vía y forma propuestas.

Con fundamento en los artículos 5.32, 5.33, 5.34, 5.35, 5.36, 5.37, 5.38, 5.39 y demás relativos y aplicables al Código de Procedimientos Civiles vigentes en el Estado de México, estando en tiempo y forma vengo a ofrecer de mi parte las siguientes:

P R U E B A S

  1. LA DOCUMENTAL PÚBLICA, consistente en copia certificada del acta de nacimiento de mi menor hija de nombre SOPHIA KALID LOPEZ GUERRA, misma que se relaciona con el hecho marcado con el número 2 de mi escrito de demanda.

  1. LA CONFESIONAL, a cargo de la C. MARIA VIANNEY LOPEZ GUERRA, al tenor de las posiciones que contiene el pliego que en sobre cerrado se exhibirá a este H. juzgado en el momento procesal oportuno. Para el desahogo de esta prueba, pido a su Señoría se sirva mandar citar personalmente a la demandada en el domicilio que ella señale en su contestación de demanda, a efecto de que de manera personalísima y no por conducto de apoderado, comparezca a este H. Juzgado a absolver las posiciones que se le articulen y sean previamente calificadas de legales, debiendo quedar apercibida de ser declarada confesa de las posiciones que se le articulen, para el caso de que no comparezca sin causa justificada, el día y hora que para el efecto su Señoría se sirva fijar. Esta prueba se relaciona con todos y cada uno de los hechos de la demanda.
  2. LA PERICIAL EN GENETICA MOLECULAR, del C. CARLOS ZENON SALINAS ARTEAGA y de la C. SOPHIA KALID LOPEZ GUERRA y que desde este momento manifiesto que no cuento con recursos económicos para la realización de dicha prueba. Hecho por lo cual solicito sea realizada por perito del Poder Judicial del Estado de México, misma que se relaciona con todos y cada uno de los hechos de mi demanda.

El perito deberá contestar el siguiente cuestionario.

1.- Que diga el perito en que consiste la prueba genética molecular conocida como huella genética (ADN).

2.- Que el perito determine el perfil genético de la menor SOPHIA KALID LOPEZ GUERRA.

3.-  Que el perito determine el perfil genético de CARLOS ZENON SALINAS ARTEAGA.

4.- Que el perito determine si existe correspondencias entre los alelos del perfil genético de la menor SOPHIA KALID LOPEZ GUERRA y el C. CARLOS ZENON SALINAS ARTEAGA.

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