DERECHO DE PETICIÓN ACTIVIDAD N° 5
Enviado por FERNANDOSC256 • 27 de Febrero de 2016 • Tarea • 1.137 Palabras (5 Páginas) • 333 Visitas
[pic 1]
DERECHO DE PETICIÓN
ACTIVIDAD N° 5
NCR 692
PRESENTADO POR:
Fernando Soto ID 000491027-Participo
Giovanny Bernal ID 000488987-Participo
Pérez Martínez Erika Bibiana – ID 00491821-Participo
UNIVERSIDAD MINUTO DE DIOS VIRTUAL Y A DISTANCIA
TECNOLOGÌA GESTIÒN PROCESOS LOGÌSTICO
BOGOTA, FEBRERO DE 2016
Derecho de petición
Actividad N° 5
El señor José Marañón, un ciudadano de 80 años de edad, identificado con la C.C No. 20.200200, a lo largo de su vida ha gozado de muy buena salud, sin embargo, un día por cuestiones de un chequeo médico se acerca a su E.P.S llamada S&B (salud y Bienestar... NOMBRE INVENTADO) en donde le manifiestan que aunque no se ha dado cuenta, en esos momentos está presentando una subida de tensión que puede afectar gravemente su salud, en pocas palabras está en riesgo su vida. Los médicos señalan que es vital para salvar la vida de Don José disponer inmediatamente de una UCI (Unidad de Cuidados Intensivos), Pero por la congestión presentada en ese momento en la E.P.S se hace prácticamente imposible atender tal requerimiento.
El señor finalmente cae en estado de inconciencia, por lo que un médico de turno sugiere a los familiares hacer usos de las herramientas legales constitucionales y jurídicas a fin de que el señor Marañón pueda superar este estado crítico de salud.
Basado en el caso expuesto resolveremos las siguientes preguntas:
- ¿Quiénes pueden elevar el derecho de petición en el caso particular?
Primero el derecho de petición es la facultad que tiene toda persona para presentar solicitudes ante las autoridades o ciertos particulares y obtener de ellos una pronta solución sobre lo solicitado, está consagrado en el artículo 23 de la Constitución Nacional, cualquier persona puede presentar el derecho de petición no importa su condición sexual, edad, nacionalidad o estado civil, en Colombia tienen derecho a presentar peticiones todas las personas, sean nacionales o extranjeras, adultas o menores de edad, letradas o analfabetas.
Pare el caso en particular como el paciente José Marañón se encuentra inconsciente, el derecho de petición lo puede elevar su esposa, hijos o familiares más cercanos, este debe ir dirigido en primera instancia al a E.P.S S&B salud y bienestar, solicitando el traslado del paciente al área de cuidados intensivos de forma inmediata, ya que por su avanzada edad y problemas de salud que está presentando, su vida se encuentra en riesgo.
- ¿Cuál es el término que tiene la entidad para dar contestación al peticionario?
Las peticiones se resolverán o contestarán dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha de su recibo, cuando no es posible resolver o contestar la petición dentro de este plazo, se deberá informar al interesado, los motivos de la demora y señalando a la vez la fecha en que se resolverá o dará respuesta.
- Quince (15) días para contestar quejas, reclamos y manifestaciones.
- Diez (10) días para contestar peticiones de información.
- Treinta (30) días para contestar consultas.
- ¿Ya que la entidad no pudo dar contestación en el tiempo señalado por la ley, que puede hacer para no incurrir en la no contestación de la petición y evitar que el peticionario accione?, sustentarlo legalmente.
La entidad se puede acoger al artículo 14, de la ley 1755 del 30 de junio de 2015, en el cual en su párrafo: expresa que la entidad debe informar al solicitante la circunstancia por la cual no puede dar respuesta en el tiempo señala de igual manera debe notificar la fecha en la cual dará la contestación al derecho de petición.
En caso de no recibir una respuesta satisfactoria a la esperada el ciudadano podrá interponer una acción de Tutela, en ningún caso podrá transcurrir más de 10 días entre la solicitud de tutela y su resolución.
...