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DERECHO ESCAVISTA


Enviado por   •  3 de Mayo de 2013  •  Tesis  •  2.303 Palabras (10 Páginas)  •  232 Visitas

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HISTORIA

Cada sociedad, históricamente, ha creado y crea sus propias normas penales, con rasgos y elementos característicos según el bien jurídico que en cada caso se quiera proteger. En los tiempos primitivos no existía un Derecho penal estructurado, sino que había toda una serie de prohibiciones basadas en conceptos mágicos y religiosos, cuya violación traía consecuencias no sólo para el ofensor sino también para todos los miembros de su familia, clan o tribu.

Cuando se responsabilizaba a alguien por la violación de una de estas prohibiciones, el ofensor quedaba a merced de la víctima y sus parientes, quienes lo castigaban causándole a él y su familia un mal mayor. No existía relación alguna entre la ofensa y la magnitud del castigo.

Según la Ley del Talión: “ las primeras limitaciones a la venganza como método de castigo surgen con el Código de Hammurabi, La Ley de las XII Tablas y la Ley Mosaico, que intentan establecer una primera proporcionalidad entre el daño producido y el castigo. Es el famoso "ojo por ojo, diente por diente".

En los casos en que no existía daño físico, se buscaba una forma de compensación física, de modo tal, por ejemplo, que al autor de un robo se le cortaba la mano.

A esta misma época corresponde la aparición de la denominada Composición, consistente en el reemplazo de la pena por el pago de una suma dineraria, por medio de la cual la víctima renunciaba a la venganza.

En la actualidad se está introduciendo la remisión de la pena a cambio de servicios a la comunidad.

Según Garrido Montt, Mario (2007). En su libro de Derecho Penal cuarta edición publicado por la Editorial Jurídica de Chile. Lo define como “un conjunto de normas jurídicas que regulan la potestad punitiva del Estado, asociando a hechos, estrictamente determinados por la ley, como presupuesto, una pena, medida de seguridad o corrección como consecuencia, con el objetivo de asegurar los valores elementales sobre los cuales descansa la convivencia humana pacífica. (p.143)

A criterio del autor, hace referencia que el código penal es el saber jurídico que establece los principios para la creación, interpretación y así ejecutar la aplicación de las leyes penales. Entre otras definiciones se pueden citar las de algunos Doctrinarios, tales como:

"Conjunto de reglas jurídicas establecidas por el Estado, que asocian el crimen como hecho, a la pena como legítima consecuencia." - Franz von Liszt

"La rama del Derecho que regula la potestad pública de castigar, estableciendo lo que es punible y sus consecuencias, y aplicar una sanción o una medida de seguridad a los autores de infracciones punibles." - Ricardo Núñez

DERECHO ESCAVISTA

La esclavitud es una institución jurídica que conlleva a una situación personal por la cual un individuo está bajo el dominio de otro, perdiendo la capacidad de disponer libremente de su propia persona y de sus bienes. El fenómeno de la esclavitud se remonta a determinadas civilizaciones antiguas. Históricamente se ha demostrado que su existencia deriva de la práctica de aprovechar la mano de obra de los cautivos en las guerras, a diferencia de la práctica más remota de sacrificarlos. La esclavitud es una actividad económica mientras que el esclavismo es la ideología que la sustenta.

Los más claros ejemplos de esclavitud reciente los hallamos en la colonización de América o en épocas más antiguas las prácticas del antiguo Imperio romano consecuentes de la institución denominada apremio individual, además de los planteamientos políticos de la Grecia Antigua donde el mismo Aristóteles sostiene que la esclavitud es un fenómeno natural. Mintz y Elkins (1992) consideran que existe una relación recíproca entre capitalismo y esclavitud, evidenciando que conforme varía dinamismo del capitalismo, el carácter represivo de la actividad laboral también varía.(p.121) Entre otros investigadores como Lester Thurow (1996) sostienen que mientras la democracia es incompatible con la esclavitud, el capitalismo no lo es, por lo que la esclavitud suele reaparecer en la misma proporción que avanza las formas autoritarias de gobierno.(p. 363)

DERECHO PENAL DE LA SOCIEDAD FEUDAL Y DE TIPO BUEGUES.

Según Luis Weckmann (1944) La sociedad feudal “tenía una estructura estamental que basaba su estabilidad en los vínculos de fidelidad personal, vasallaje y feudo, a través del homenaje. Esta sociedad estamental está organizada de forma piramidal”. (p.237) Hay tres estamentos básicos la nobleza, el clero y el estado llano.

La nobleza

La nobleza forma la cima de la sociedad feudal. La cúspide la ocupa el rey, el único legitimado para hacer leyes. La nobleza medieval es heredera de los grandes latifundistas romanos y de la aristocracia germánica. Controlaba la vida económica, y tras la desaparición del Imperio germánico ejerció el poder de manera absoluta, en la plena Edad Media.

Desde el siglo XIII, tras el fin de las cruzadas y la Reconquista, los reyes tienden a recuperar su poder, la nobleza se transforma en aristocracia de sangre y las desigualdades internas aumentan. Aparecen las diferencias entre señorío territorial y jurisdiccional: que no tienen poder sobre los súbditos de las tierras y pueden volver a la corona, una vez muerto el señor. Aparece una alta y una baja nobleza, en función de sus ingresos y de su proximidad al rey. Con la tendencia al realengo el poder del rey se hace autoritario, a finales de la Edad Media. La nobleza tendrá sus propias leyes y jueces.

Con el tiempo, la nobleza tiende a emparentarse con la alta burguesía, tan rica o más que ella.

El clero

El clero es una institución plenamente feudalizada. Las órdenes religiosas son terratenientes, y aumentan sus posesiones gracias a las donaciones. Son auténticos señores feudales con idéntico papel económico y político que la nobleza. Durante la Alta Edad Media, el control de Roma sobre las órdenes religiosas es muy escaso, y se dedican a ejercer su poder con autoritarismo. La ausencia de una regla que regule la vida en los monasterios favorece la corrupción y la degeneración de la espiritualidad.

El clero también tenía su propia legislación, por la que regirse, y estaba exento de pagar impuestos, además de ser perceptor del diezmo. Sin embargo, la Iglesia, como institución, pagaba tributos al rey. No obstante, el nivel de rentas no era el mismo para todo el clero. Las órdenes monacales eran muy ricas, así como los obispados, como el de Toledo, mientras que los curas de parroquias campesinas eran muy pobres. Existe una red de parroquias que sostienen tanto la Iglesia como el Estado. Las órdenes monásticas eran rurales; las

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