DERECHO LABORAL INDIVIDUAL
Enviado por Danielsan123 • 18 de Marzo de 2014 • 1.395 Palabras (6 Páginas) • 349 Visitas
DERECHO LABORAL INDIVIDUAL
Para los trabajadores y empleadores es muy importante obtener el conocimiento acerca de este derecho consagrado en la legislación laboral. El cual será aplicado durante las etapas de contratación, laboral y despido o terminación del contrato.
Se hablan de algunos principios legales importantes para abordar el tema en mención, uno de estos es el principio de Igualdad de oportunidades, teniendo en cuenta que todos somos iguales y no debe existir ningún tipo de discriminación, siendo así que no es válida esta acción en ningún caso frente a un trabajador en cualquier etapa laboral. Se menciona que la corte constitucional, exige que todos los requisitos que se le exijan a los aspirantes laborales deben ser razonables, dependiendo así de la naturaleza del trabajo para la cual se aspira; esto mencionado con el fin de cuidar el interés general de la sociedad que recibir los diferentes servicios laborales. Expresando así que tales requisitos como lo son las pruebas de embarazo, pruebas de VIH no son exigidas legalmente, pero en la realidad se evidencia otra situación, y simplemente no son exigidas por que una persona con VIH o una mujer embarazada no tienen ninguna objeción para ejercer una labor, puesto que tienen las mismas capacidades que cualquier otra persona que no esté en estas condiciones mencionadas anteriormente. Es así como se evidencia que al no contratar a una persona por adquirir estas características se le está violando el derecho laboral individual y se le está discriminando.
Ahora cuando la trabajador ya está contratado y este ejerciendo sus labores, y está en estado de embarazo o tiene VIH, no está obligado a dar o entregar los resultados de la información de su situación, no es obligatorio informar acerca de su estado, está en todo el derecho de reserva su situación, y es válido que le trabajador informe y es válido que le trabajador informe de forma verbal no es obligatorio que tenga que entregar los resultados de certificación de la EPS, este orden de ideas no es válido que un trabajador sea despedido por tener VIH o estar embarazada. Eso sería atentar contra la intimidad y contra sus derechos laborales, lo correcto sería proseguir con notificación y demás acciones e implicaciones que atiendan la seguridad social del trabajador.
Entrando en el tema de las obligaciones del empleador estos deben guardar respeto a la dignidad, las creencias religiosas, los sentimientos, la cultura, y la intimidad; este ultimó mencionado hace referencia a que en caso que se necesite hacer una prueba de polígrafo, se debe tener la autorización del trabajador para ejecutar dicha acción de lo contrario se está violando su intimidad.
Muchas veces nos sometemos a una serie de acciones innecesarias y no legales para obtener trabajo, acciones tales como pruebas de diferente tipo.
En segunda instancia hablamos del principio de la primacía de la realidad, donde prima la realidad sobre un acuerdo escrito. En este caso donde los trabajadores firman un contratos de prestación de servicios, un contrato laboral natural, el cual
posteriormente se llevara a la realidad con la acción y finalmente será un contrato subordinado, en donde se refleja una naturaleza diferente a la suscrita.
Después de haber laborado bajo algunas condiciones no aptas o aptas dependiendo de las situaciones el trabajador termina por una u otra razón su vínculo con el empleador, y decide demandar para hacer valer sus derechos puesto que sabe que se negaron sus derechos; tal vez por ignorancia y no tener el conocimiento sobre sus derechos o por falta de recursos económicos, el trabajador no interpuso demanda anteriormente.
Cuando el trabajador demanda pueden generarse dos efectos uno es el efecto declarativo y el otro el efecto constitutivo.
Se explica que el efecto constitutivo, con el transcurro de tiempo o años se va perdiendo el derecho de reclamar, puesto que el trabajador está prescrito a situación de efecto declarativo. Esto ocurre según la corte suprema de justicia, cuando el término prescrito de tiempo sea antes de 3 años, tiempo límite desde que termino sus labores. Es decir tiene limité de tiempo de 3 años para reclamar sus derechos desde la fecha
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