DERECHO PROCESAL CONSTITUCIONAL: EL SISTEMA DUAL
Enviado por sussynieto • 26 de Noviembre de 2015 • Síntesis • 345 Palabras (2 Páginas) • 251 Visitas
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
FUNDACIÓN “JUAN VIVES SURÍA”
ESCUELA DE DERECHOS HUMANOS
DEFENSORÍA DEL PUEBLO
DIPLOMA EN DERECHOS HUMANOS
U.C. DERECHO PROCESAL CONSTITUCIONAL
CARACAS – VENEZUELA
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Facilitador(a) Participante
RAFAEL URBINA ROSA AZUCENA NIETO
10.375.426
Noviembre, 2015
EL SISTEMA DUAL
El sistema dual supone la coexistencia y funcionamiento del modelo concentrado y difuso, en virtud de que tiene como condición para su funcionamiento, que ninguno de los sistemas se crucen en cuanto al órgano que lo ejerce, esto quiere decir que debe funcionar de forma paralela.
Por otra parte requiere que el órgano que ejerce el control difuso sea una institución integrante del Poder judicial, mientras que el concentrado se ejerce por un órgano externo, en este caso la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.
Es decir que ambos sistemas coexisten sin mezclarse, ni deformarse.
SEMEJANZAS Y DIFERENCIAS
SEMEJANZAS
- Ambas generan y aplican derecho
DIFERENCIAS
En el Control Concentrado
- Las decisiones emanadas de la Sala Constitucional tienen efectos de carácter real, en muchos de los casos la Ley es declarada inconstitucional y es derogada
En el Control Difuso
- Las decisiones de los Jueces solo tienen carácter interpartes.
- Solo origina actos individuales
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