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Derecho Procesal Constitucional


Enviado por   •  30 de Noviembre de 2013  •  4.631 Palabras (19 Páginas)  •  470 Visitas

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Filimón Condori Calizaya Docente Interino (T.H.) de la Materia

Derecho Procesal Constitucional y Jurisprudencia CJS- 230

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COMPILADO DE TEMAS EN LA MATERIA DE

“DERECHO PROCESAL CONSTITUCIONAL Y JURISPRUDENCIA

(GESTIÓN 2013)

PRIMERA PARTE

ASPECTOS ESENCIALES DEL DERECHO PROCESAL CONSTITUCIONAL

Filimón Condori Calizaya Docente Interino (T.H.) de la Materia

Derecho Procesal Constitucional y Jurisprudencia CJS- 230

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UNIDAD I

CUESTIONES BÁSICAS DEL DERECHO PROCESAL CONSTITUCIONAL

Tema N° I

INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL CONSTITUCIONAL(DPC)

SUMARIO: 1. Cuestiones previas a la asignatura Derecho Procesal Constitucional y Jurisprudencia ¿Cuál su objetivo de la asignatura? 2. Los orígenes del nombre, los antecedentes históricos y doctrinales, denominaciones y complejidad del nombre y el nacimiento de la disciplina jurídica 3. Otros estudios sobre el origen del nombre derecho procesal constitucional 4. Conceptos de derecho procesal constitucional. 5. El derecho procesal constitucional como ciencia: cuatro etapas de desarrollo 6. El derecho procesal constitucional en Latinoamérica 7. El derecho procesal constitucional en Bolivia.

1. CUESTIONES PREVIAS DE LA ASIGNATURA: DERECHO PROCESAL CONSTITUCIONAL Y JURISPRUDENCIA.-En la gestión 2010, las autoridades facultativas (decano, ejecutivos de los centros de estudiantes, presidentes de curso y estudiantes de base) se lleva adelante el rediseño curricular de la Carrera de Derecho (Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales - Universidad Técnica de Oruro) El mes de enero de la presente gestión 2011 de manera histórica se consolida ese proceso anhelado previo al “Diagnóstico Situacional Académico Institucional de la Carrera”, estableciendo nuevas asignaturas de Prácticas Forenses y las Áreas de Formación como son: social; civil; penal; constitucional y otros1. En consecuencia, y bajo este consenso emerge a la luz para su estudio en nuestra carrera la ciencia del que hoy ponemos a consideración para su estudio el Derecho Procesal Constitucional y Jurisprudencia.

¿Cuál es el objetivo del Derecho Procesal Constitucional y jurisprudencia?

El objeto de estudio es que la/el universitario estén capacitados de conocer, identificar, interpretar, analizar el procedimiento y la jurisprudencia constitucional, las acciones de defensa, los recursos y las consultas ante los órganos jurisdiccionales competentes.2 Justificando de esta manera la capacitación y adiestramiento en el procedimiento teórico y de la jurisprudencia constitucional en el ámbito del derecho constitucional.

2. LOS ORÍGENES DEL NOMBRE, ANTECEDENTES HISTÓRICOS Y DOCTRINALES, DENOMINACIONES, COMPLEJIDAD DEL NOMBRE Y EL NACIMIENTO DE LA DISCIPLINA JURÍDICA.- El derecho procesal constitucional comprende dos realidades: La dimensión histórico-social, y su estudio científico.

La primera, refiere a instrumentos jurídicos de protección de los derechos humanos o de altos ordenamientos, distintas jurisdicciones u órganos que conocían mecanismos procesales en las

1Rediseño curricular impreso página

2Acta de reunión docentes del área

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diversas épocas y sistemas jurídicos, lo que permite conocer antecedentes remotos desde la antigüedad.

Y el origen científico del derecho procesal constitucional se ubica entre 1928 y 1956. La finalidad del presente estudio consiste en ubicar el periodo fundacional de la disciplina científica, es decir, establecer el momento en el cual surge la ciencia del derecho procesal constitucional, con independencia de sus antecedentes de tipo histórico-social. …3

El uso del concepto derecho procesal constitucional surge en la década del 40 (Siglo XX), siendo el jurista y procesalista español Niceto Alcala Zamora y Castillo su creador, en sus obras de exilio en México y Argentina.

El vocablo fue utilizado por primera vez por Niceto Alcala Zamora y Castillo (Exilado en Argentina) en su libro “Ensayos de derecho procesal (Civil, Penal y Constitucional)”, publicado en Buenos Aires en el año 1944.

Niceto Alcala Zamora y Castillo, luego emigra a México contratado por la Universidad autónoma de México (UNAM), en su obra “Proceso autocomposición y autodefensa” sostiene que H. Kelsen se constituye el fundador del Derecho Procesal Constitucional.4

2.1. Antecedentes Históricos del derecho Procesal Constitucional.- Siguiendo la tesis de Alcalá Zamora y Castillo, puede afirmarse que el estudio sistemático de esta disciplina, se inicia con el establecimiento de los primeros tribunales Europeos debido al ilustre pensamiento del jurista Hans Kelsen, quien en 1928 publica su ensayo denominado “La garantiejuristictionnellede la constitution” (La justicie constitucionnelle).

Sin ser H. Kelsen un cultivador del procesalismo científico, se le atribuye la paternidad de la disciplina no sólo por haber sido el promotor para el establecimiento de la Corte Constitucional en la Constitución Austriaca.

2.3. Diversas denominaciones y complejidad del nombre Derecho Procesal Constitucional.- Los nombres utilizados son muy variados y no coinciden entre sí. En los Estados Unidos, la problemática procesal de la Constitución, se conoce como judicial review, cuya traducción literal es revisión judicial siendo ella objeto de estudio en los manuales de Derecho Constitucional, considerándose que el problema constitucional sólo lo ve en definitiva la Corte Suprema de los Estados Unidos.

Existen otros calificativos como: control judicial, defensa de la Constitución, control constitucional, justicia constitucional.

3FERRER MAC-GREGOR Eduardo, (2008) “La Ciencia del Derecho Procesal Constitucional” Colombia

4ALCALA Zamora y Castillo Niceto, (1991) “Proceso autocomposición y autodefensa” (Contribución a los fines del proceso), 3ra ed. México – UNAM, pág. 215.

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En Consecuencia, la elaboración del nomen iuris “Derecho Procesal Constitucional”, (DPC) se debe a la agudeza intelectual del notable procesalista Niceto Alcalá-Zamora y Castillo, quien en 1947 advirtió la ampliación del ámbito de influencia del proceso y de la ciencia procesal hacía espacios nuevos e inusitados, y bajo la premisa de avanzar una tipología de los procesos jurisdiccionales con base en la naturaleza del litigio, estableció por vez primera la existencia de un DPC.

El pensamiento de Alcalá- Zamora fue rápidamente atendido por

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