Derecho Procesal Constitucional
Enviado por cristhianaguilar • 8 de Octubre de 2013 • 1.694 Palabras (7 Páginas) • 565 Visitas
UNIVERSIDAD NACIONAL DE LOJA
AREA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y JURIDICA
CARRERA DE DERECHO
REPORTE
DOCENTE: Dr. LUIS ALFREDO MOGROVEJO
ALUMNO: BRYAN CANO BRICEÑO
FECHA: 25/09/2013
• Todo de las generalidades y conceptos de lo que es la función judicial.
Dentro de la constitución nos emana ciertos conceptos y generalidades acerca de la función judicial.
Art. 168.- La administración de justicia, en el cumplimiento de sus deberes y en el ejercicio de sus atribuciones, aplicará los siguientes principios:
1. Los órganos de la Función Judicial gozarán de independencia interna y externa. Toda violación a este principio conllevará responsabilidad administrativa, civil y penal de acuerdo con la ley.
2. La Función Judicial gozará de autonomía administrativa, económica y financiera.
3. En virtud de la unidad jurisdiccional, ninguna autoridad de las demás funciones del Estado podrá desempeñar funciones de administración de justicia ordinaria, sin perjuicio de las potestades jurisdiccionales reconocidas por la Constitución.
4. El acceso a la administración de justicia será gratuito. La ley establecerá el régimen de costas procesales.
5. En todas sus etapas, los juicios y sus decisiones serán públicos, salvo los casos expresamente señalados en la ley.
6. La sustanciación de los procesos en todas las materias, instancias, etapas y diligencias se llevará a cabo mediante el sistema oral, de acuerdo con los principios de concentración, contradicción y dispositivo.
Art. 169.-EI sistema procesal es un medio para la realización de la justicia. Las normas procesales consagrarán los principios de simplificación, uniformidad, eficacia, inmediación, celeridad y economía procesal, y harán efectivas las garantías del debido proceso. No se sacrificará la justicia por la sola omisión de formalidades.
Art. 170.- Para el ingreso a la Función Judicial se observarán los criterios de igualdad, equidad, probidad, oposición, méritos, publicidad, impugnación y participación ciudadana.
Se reconoce y garantiza la carrera judicial en la justicia ordinaria. Se garantizará la profesionalización mediante la formación continua y la evaluación periódica de las servidoras y servidores judiciales, como condiciones indispensables para la promoción y permanencia en la carrera judicial.
CÓDIGO ORGÁNICO DE LA FUNCIÓN JUDICIAL
Art. 1.- FUNCIÓN JUDICIAL.-
La potestad de administrar justicia emana del pueblo y se ejerce por los órganos de la Función Judicial.
Art. 2.- ÁMBITO.-
Este Código comprende la estructura de la Función Judicial; las atribuciones y deberes de sus órganos jurisdiccionales, administrativos, auxiliares y autónomos, establecidos en la Constitución y la ley; la jurisdicción y competencia de las juezas y jueces, y las relaciones con las servidoras y servidores de la Función Judicial y otros sujetos que intervienen en la administración de justicia.
Art. 3.- POLÍTICAS DE JUSTICIA.- Con el fin de garantizar el acceso a la justicia, el debido proceso, la independencia judicial y los demás principios establecidos en la Constitución y este Código, dentro de los grandes lineamientos del Plan Nacional de Desarrollo, los órganos de la Función Judicial, en el ámbito de sus competencias, deberán formular políticas administrativas que transformen la Función Judicial para brindar un servicio de calidad de acuerdo a las necesidades de las usuarias y usuarios; políticas económicas que permitan la gestión del presupuesto con el fin de optimizar los recursos de que se dispone y la planificación y programación oportuna de las inversiones en infraestructura física y operacional; políticas de recursos humanos que consoliden la carrera judicial, fiscal y de defensoría pública, fortalezcan la Escuela de la Función Judicial, y erradiquen la corrupción.
• Instituciones, organismos o departames de reclamación de violación de derechos a nivel Nacional y de Loja.
o A NIVEL NACIONAL
• Corte Nacional de Justicia
Creada por mandato constitucional, es una institución que conoce casos en contra de funcionarios públicos de alto rango, además de ser una instancia de último recurso en procesos de justicia ordinaria.
Las funciones de la Corte Nacional de Justicia además de las determinadas por la ley se encuentran fundamentadas en el art. 187 de la Constitución.
• Juzgados de Paz
Las autoridades son designadas por los miembros de su comunidad en procesos organizados por el Consejo Nacional de la Judicatura. Estos juzgados, creados por mandato constitucional, son instancias que conocen y resuelven conflictos individuales, comunitarios, vecinales y contravenciones, a través de mecanismos de conciliación, diálogo y acuerdo amistoso, art.187.- Jueces de Paz.
• Fiscalía General del Estado
Art. 194.- La Fiscalía General del Estado es un órgano autónomo de la Función Judicial, único e indivisible, funcionará de forma desconcentrada y tendrá autonomía administrativa, económica y financiera. La Fiscal o el Fiscal General es su máxima autoridad y representante legal y actuará con sujeción a los principios constitucionales, derechos y garantías del debido proceso.
Art. 195.- La Fiscalía dirigirá, de oficio o a petición de parte, la investigación preprocesal y procesal penal; durante el proceso ejercerá la acción pública con sujeción a los principios de oportunidad y mínima intervención penal, con especial atención al interés público y a los derechos de las víctimas. De hallar mérito acusará a los presuntos infractores ante el juez competente, e impulsará la acusación en la sustanciación del juicio penal. Para cumplir sus funciones, la Fiscalía organizará y dirigirá un sistema especializado
...