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DERECHOS CIVILES


Enviado por   •  9 de Noviembre de 2013  •  6.780 Palabras (28 Páginas)  •  263 Visitas

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DERECHOS CIVILES

Como su nombre lo indica son todos esos derechos que pertenecen a cada una de las personas que conforman la colectividad. Esta serie de derechos protegen y garantizan los la integridad física y moral de los ciudadanos, entre ellos tenemos:

1 Derecho a la vida

La Constitución inicia la formulación de los derechos civiles con el derecho a la vida. “El derecho a la vida -consagra el artículo 43- es inviolable. Ninguna ley podrá establecer la pena de muerte, ni autoridad alguna aplicarla.”

Además de la acción que garantiza la libertad personal que es inviolable, la Constitución rodea ese derecho de las siguientes seguridades subsidiarias:

1. Ninguna persona puede ser arrestada o detenida sino en virtud de una orden judicial, a menos que sea sorprendida in fraganti. En este caso será llevada ante una autoridad judicial en un tiempo no mayor de cuarenta y ocho horas a partir del momento de la detención. Será juzgada en libertad, excepto por las razones determinadas por la ley y apreciadas por el juez o jueza en cada caso. La constitución de caución exigida por la ley para conceder la libertad del detenido no causará impuesto alguno.

2. Toda persona detenida tiene derecho a comunicarse de inmediato con sus familiares, abogado o abogada o persona de su confianza, y éstos o éstas, a su vez, tienen el derecho a ser informados o informadas del lugar donde se encuentra la persona detenida, a ser notificados o notificadas inmediatamente de los motivos de la detención y a que dejen constancia escrita en el expediente sobre el estado físico y psíquico de la persona detenida, ya sea por sí mismos o con el auxilio de especialistas. La autoridad competente llevará un registro público de toda detención realizada, que comprenda la identidad de la persona detenida, lugar, hora, condiciones y funcionarios que la practicaron.

Respecto a la detención de extranjeros o extranjeras se observará, además, la notificación consular prevista en los tratados internacionales sobre la materia.

3. La pena no puede trascender de la persona condenada. No habrá condenas a penas perpetuas o infamantes. Las penas privativas de la libertad no excederán de treinta años

4. Toda autoridad que ejecute medidas privativas de la libertad estará obligada a identificarse.

5. Ninguna persona continuará en detención después de dictada orden de excarcelación por la autoridad competente o una vez cumplida la pena impuesta.

Otro de los derechos relacionados con la libertad, de alcance general y que sanciona la trata de personas, que no está comprendido en la enumeración del artículo 44 es la norma del artículo 54, que dice así: “Ninguna persona podrá ser sometida a esclavitud o servidumbre. La trata de personas y, en particular, la de mujeres, niños, niñas y adolescentes en todas sus formas, estará sujeta a las penas previstas en la ley”.

3. Respeto a la integridad física

Otro de los derechos conectados con la libertad de las personas, que no está comprendido en la enumeración del artículo 44 es la norma del artículo 46 que dice así:

“Toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral, en consecuencia

1. Ninguna persona puede ser sometida a penas, torturas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. Toda víctima de tortura o trato cruel, inhumano o degradante practicado o tolerado por parte de agentes del Estado, tiene derecho a la rehabilitación.

2. Toda persona privada de libertad será tratada con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano.

3. Ninguna persona será sometida sin su libre consentimiento a experimentos científicos, o a exámenes médicos o de laboratorio, excepto cuando se encontrare en peligro su vida o por otras circunstancias que determine. la ley.

4. Todo funcionario público o funcionaria pública que, en razón de su cargo, infiera maltratos o sufrimientos físicos o mentales a cualquier persona, o que instigue o tolere este tipo de tratos, será sancionado o sancionada de acuerdo con la ley.”

Si bien no aparecen en el cuadro de los derechos protectores de la seguridad de las personas que enumera el artículo 46, lo cierto es que guardan una estricta conexión con ellos el derecho a la protección por parte del Estado, frente a situaciones que constituyen amenaza o riesgo para la integridad física de las personas (Art. 55) Y la posición según la cual se prohíbe a la autoridad pública, aún en estado de emergencia, excepción o restricción de garantías, practicar o permitir la desaparición forzada de personas. (Art. 45).

4. Inviolabilidad del Hogar Doméstico

Conectado con la libertad moral y física del hombre se halla el derecho consagrado desde siempre en todas las constituciones y que el artículo 47 dela Constitución vigente define así:

El hogar doméstico y todo recinto privado de persona son inviolables. No podrán ser allanados, sino mediante orden judicial, para impedir la perpetración de un delito o para cumplir de acuerdo con la ley las decisiones que dicten los tribunales, respetando siempre la dignidad del ser humano.

Las visitas sanitarias que se practiquen, de conformidad con la ley, sólo podrán hacerse previo aviso de los funcionarios o funcionarias que las ordenen o hayan de practicarlas.

Igualmente se garantiza el secreto y la inviolabilidad de las comunicaciones en todas sus formas. En tal sentido no podrán ser interferidas sino por orden de un órgano judicial competente, y con el cumplimiento de las leyes y preservándose el secreto de lo privado que no tenga relación con el respectivo proceso. Como se desprende de los textos constitucionales, la inviolabilidad en uno u otro caso se dirige a los funcionarios públicos y a los particulares y las penas correspondientes se establecen en el Código Penal.

5. Derecho a un Juicio Justo

Además de los derechos complementarios de la libertad de las personas quela Constitución consagra en el artículo 44, también establece para la seguridad de las personas las siguientes protecciones complementarias:

a. La defensa y la asistencia jurídica son derechos inviolables en todo estado y grado de la investigación y del proceso. Toda persona tiene derecho a ser notificada de los cargos por los cuales se le investiga, de acceder a las pruebas y de disponer del tiempo y de los medios adecuados para ejercer su defensa. Serán nulas las pruebas obtenidas mediante violación del debido proceso. Toda persona declarada culpable tiene derecho a recurrir del fallo, con las excepciones establecidas en esta Constitución y la ley.

Si bien no aparece en el cuadro de los derechos protectores de la libertad personal que enumera el artículo 44, lo cierto es que guarda una estricta

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