Derecho Civil
Enviado por whitesays • 25 de Octubre de 2013 • 2.046 Palabras (9 Páginas) • 268 Visitas
DERECHO CIVIL
RESUMEN
1. ¿QUÉ ES EL DERECHO?
Conjunto de normas juridicas que regulan la vida del hombre en sociedad
2. ¿NORMAS MORALES?
Obligatorias pero sancionadas por la conciencia de la persona
3. NORMAS
Regla que se debe seguir o a que se deben ajustar las conductas,
4. tareas, actividades
5. NORMAS JURIDICAS
Conjunto de mandatos que se aplican exclusivamente a las relaciones del hombre que vive en
sociedad.
6. NORMAS SOCIALES.- Nos permiten desarrollar una vida social más amena y cordial (cortesía) o bien, conducirnos conforme a ciertas reglas establecidas
7. DERECHO NATURAL:
Emanada de la dignidad del ser humano
8. DERECHO POSITIVO
Ha estado vigente en un lugar, ambito o tiempo determinado.
9. DERECHO PÚBLICO: Conjunto de normas jurídicas que regulan las
relaciones del Estado, con los ciudadanos
10. DERECHO PRIVADO: Conjunto de disposiciones jurídicas que rigen la
relaciones de los particulares entre sí. ( ha esto de le llama relaciones de coordinacion)
11. JUSTICIA:
necesidad de dar a cada quien lo suyo o lo que corresponde
12. FUENTE DEL DERECHO
Son el origen, historicas,real,formal
13. La fuente formal se divide en :
• LEY : Norma de Derecho dictada, promulgada y sancionada por la
autoridad pública
• COSTUMBRE: Serie de actos repetitivos, que son considerados obligatorios
• JURISPRUDENCIA:
Es la interpretacion que hacen los tribunales sobre el derecho
cuando la aplicación a cinco casos concretos sometidos a ellosy la generalizan Cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación crea
jurisprudencia se convierte en obligatoria y todos los tribunales inferiores
de la república deben acatarla y aplicarla.
14. La antitesis es lo contrario a la jurisprudencia –lo regula la suprema corte de justicia
15. FUENTE HISTÓRICAS.- Son aquellos documentos históricos que hablan o se
refieren al derecho, tales como libros, escritos, tratados y periódicos.
16. PODERES DE LA NACION
PODER EJECUTIVO:
Su función principal es ejecutar las leyes aprobadas por los órganos legislativos,
es decir, está facultado para organizar la administración pública de acuerdo con las
leyes constitucionales.
Para realizar las funciones que le competen, el presidente de la república recibe
apoyo de los secretarios de Estado
17. PODER LEGISLATIVO:
Tiene la facultad de elaborar las leyes que rigen la vida social o de modificar las ya
existentes de acuerdo con la opinión de los ciudadanos.
Camara de senadores:representates directos de los ciudadanos en los estados
Camara de diputados:
PODER JUDICIAL:
Suprema corte d ela justicia
Tribunal coleggiado y Unitarios de circuito
Y en los juzgados de distrito
18. ORDENES DE GOBIERNO
Federacion
Estado
Municipio
19. PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO
Son razonamientos logicos juridicos que provienen del derecho natural
20. Doctrina:
Conjunto de estudios que un especialista hace del derecho
21. Cada estado tiene una diviison de poderes
LEGISLATIVO:Diputados
Judicial: tribunal superior de justicia
Ejecutivo: gobernador
22.
Sección II
De la Iniciativa y Formación de las Leyes
Artículo 71. El derecho de iniciar leyes o decretos compete:
I. Al Presidente de la República;
II. A los Diputados y Senadores al Congreso de la Unión;
Fracción reformada DOF 09-08-2012
III. A las Legislaturas de los Estados; y
Fracción reformada DOF 09-08-2012
IV. A los ciudadanos en un número equivalente, por lo menos, al cero punto trece por ciento de la
lista nominal de electores, en los términos que señalen las leyes.
Fracción adicionada DOF 09-08-2012
La Ley del Congreso determinará el trámite que deba darse a las iniciativas
El día de la apertura de cada periodo ordinario de sesiones el Presidente de la República podrá
presentar hasta dos iniciativas para trámite preferente, o señalar con tal carácter hasta dos que hubiere
presentado en periodos anteriores, cuando estén pendientes de dictamen. Cada iniciativa deberá ser
discutida y votada por el Pleno de la Cámara de su origen en un plazo máximo de treinta días naturales.
Si no fuere así, la iniciativa, en sus términos y sin mayor trámite, será el primer asunto que deberá ser
discutido y votado en la siguiente sesión del Pleno. En caso de ser aprobado o modificado por la Cámara
de su origen, el respectivo proyecto de ley o decreto pasará de inmediato a la Cámara revisora, la cual
deberá discutirlo y votarlo en el mismo plazo y bajo las condiciones antes señaladas.
Párrafo adicionado DOF 09-08-2012
No podrán tener carácter preferente las iniciativas de adición o reforma a esta Constitución.
Párrafo adicionado DOF 09-08-2012
Artículo 72. Todo proyecto de ley o decreto, cuya resolución no sea exclusiva de alguna de las
Cámaras, se discutirá sucesivamente en ambas, observándose la Ley del Congreso y sus reglamentos
respectivos, sobre la forma, intervalos y modo de proceder en las discusiones y votaciones:
Párrafo reformado DOF 17-08-2011
A. Aprobado un proyecto en la Cámara de su origen, pasará para su discusión a la otra. Si ésta lo
aprobare, se remitirá al Ejecutivo, quien, si no tuviere observaciones que hacer, lo publicará
inmediatamente.
B. Se reputará aprobado por el Poder Ejecutivo todo proyecto no devuelto con observaciones a la
Cámara de su origen dentro de los treinta días naturales siguientes a su recepción; vencido este
plazo el Ejecutivo dispondrá de diez días naturales para promulgar y publicar la ley o decreto.
Transcurrido este segundo plazo, la ley o decreto será considerado promulgado y el Presidente
de la Cámara de origen ordenará dentro de los diez días naturales siguientes su publicación en
el Diario Oficial de la Federación, sin que se requiera refrendo. Los plazos a que se refiere esta
fracción no se interrumpirán si el Congreso cierra o suspende sus sesiones, en cuyo caso la
devolución deberá hacerse a la Comisión Permanente.
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