DERECHOS HUMANOS
Enviado por josemaglez • 25 de Marzo de 2015 • 253 Palabras (2 Páginas) • 118 Visitas
¿Cuándo no tiene competencia la CNDH para tramitar una queja?
La CNDH no podrá conocer los asuntos relativos a:
- Actos y resoluciones de organismos y autoridades electorales; ya que las instancias competentes para conocer de éstos asuntos son el Instituto y el Tribunal Electoral.
- Resoluciones, laudos o sentencias emitidas por tribunales judiciales, administrativos o del trabajo.
- Conflictos de carácter laboral, aun cuando el empleador sea una dependencia federal; ya que existen órganos especializados para conocer de estos asuntos, como son las Juntas Federales de Conciliación y Arbitraje y el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje.
- Consultas formuladas por autoridades, particulares y otras entidades, sobre la interpretación de las disposiciones constitucionales y legales, ya que esta facultad es exclusiva del Poder Legislativo.
- Conflictos entre particulares, ya que la competencia de la CNDH, únicamente le permite conocer de actos y omisiones atribuibles a autoridades o servidores públicos federales.
- Violaciones a los derechos humanos en materia agraria, ya que son competencia de la Procuraduría Agraria.
- Asuntos de naturaleza ecológica, los cuales debe conocer la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente.
- Violaciones a los derechos humanos cometidas por autoridades o servidores públicos de las entidades federativas o de los municipios.
En caso de requerir información adicional para la presentación de una queja, le sugerimos dirigirse a las oficinas de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en Periférico Sur 3469, colonia San Jerónimo Lídice, Delegación Magdalena Contreras, C.P. 10200, México D.F. Tels. 56 81 81 25 y 54 90 74 00 al 49, Lada sin costo 01800 715 2000
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