DESPIDO ARBITRARIO
Enviado por Mariiella.09 • 20 de Agosto de 2014 • 495 Palabras (2 Páginas) • 296 Visitas
INDEMNIZACION POR DESPIDO ARBITRARIO
El artículo 22° de la Constitución, relativo al derecho al trabajo, proyecta sus efectos sobre la interpretación de su artículo 27°, según el cual “la ley otorga al trabajador adecuada protección contra el despido arbitrario”, asimismo, el artículo 34° de la LPCL contiene la regulación legal sobre el Despido arbitrario así como su facultad resarcitoria, estableciendo:
“Artículo 34.- (…)Si el despido es arbitrario por no haberse expresado causa o no poderse demostrar ésta en juicio, el trabajador tiene derecho al pago de la indemnización establecida en el artículo 38, como única reparación por el daño sufrido. Podrá demandar simultáneamente el pago de cualquier otro derecho o beneficio social pendiente”.
En consecuencia, según este artículo, existen dos tipos de despido arbitrario: el que es arbitrario porque no se ha expresado causa alguna (ad nutum o incausado) y el que es arbitrario porque habiéndose alegado causa justa, ésta no ha podido ser demostrada judicialmente, con el único efecto reparatorio para ambos, el de una indemnización.
1. ¿A cuánto asciende la Indemnización por Despido Arbitrario?
Asciende a una remuneración y media ordinaria mensual, por cada año completo de servicios, con un máximo de 12 remuneraciones. En ese caso, si un trabajador tuviera más de ocho años de servicios, igualmente su indemnización no podrá superar dicho tope de 12 remuneraciones. (D.S. Nº 003-97-TR, Ley de Competitividad y Productividad Laboral, artículos 34º y 38º).
2. ¿ En que plazo debo presentar mi demanda por Indemnización por Despido Arbitrario?
El plazo es de 30 días naturales desde que se produjo el despido. (artículo 36º del D.S. 003-97-TR, Ley de Productividad y Competitividad Laboral). Este plazo se suspende con la solicitud para conciliar ante el Ministerio de Trabajo.
3. ¿Puedo despedir a un trabajador y otorgarle la indemnización por despido arbitrario?
El empleador que decide despedir a un trabajador aun cuando le abone el monto de indemnización por despido arbitrario corre el riesgo que el trabajador inicie una acción judicial (a través de un proceso de amparo) donde solicite su reposición.
DESPIDO ARBITRARIO
EXTINCION DEL CONTRATO DE TRABAJO.- Se entiende por extinción del contrato de trabajo a la terminación de la relación laboral, cesando definitivamente las obligaciones a cargo del trabajador y del empleador.
FORMAS DE EXTINCION DE LA RELACION LABORAL.- Las formas de extinción de la relación laboral para el caso de los trabajadores del sector agrario son las mismas que se aplican para los trabajadores del régimen laboral común, es decir las contempladas en la LPCL, encontrándose varias causales, siendo la última la
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