De la vigilancia y control sanitarios
Enviado por armandodje • 10 de Diciembre de 2012 • Informe • 244 Palabras (1 Páginas) • 501 Visitas
se concede o niega
una solicitud de permiso sanitario de funcionamiento son susceptibles
únicamente del recurso de reposición ante la autoridad sanitaria que expidió el
acto conforme lo dispone en el Código Contencioso Administrativo.
ART. 44.—El registro y control sanitarios de los alimentos de venta callejera y de
los manipuladores-vendedores, distritales estará bajo responsabilidad de las
direcciones seccionales o locales de salud, conforme a lo dispuesto en la
presente resolución o a las que expida el Ministerio de Salud para modificarla o
derogarla.
PAR.—Hasta tanto el proceso de descentralización ordenado por la Ley 10 de
1990 se complete en los municipios, el control sanitario estará a cargo de las
autoridades delegadas por la dirección seccional de salud en cada localidad.
CAPÍTULO IV
De la vigilancia y control sanitarios
ART. 45.—Corresponde a las direcciones seccionales, distritales y locales de
salud ejercer el control e inspección necesarios para que se cumplan de manera
permanente los requisitos y las prescripciones que para cada caso en particular
se establecen en la presente resolución. ART. 46.—Las direcciones seccionales, distritales y locales de salud, aplicarán
las medidas sanitarias de seguridad y las sanciones previstas en los artículos
12, 13 y siguientes del Decreto 2780 de 1991 o de las normas que lo modifiquen
o lo deroguen.
ART. 47.—La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Santafé de Bogotá, D. C., a 12 de febrero
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