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De las costumbres mercantiles


Enviado por   •  1 de Febrero de 2019  •  Trabajo  •  1.428 Palabras (6 Páginas)  •  200 Visitas

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FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES Y JURIDICAS

TRABAJO: DE DERECHO COMERCIAL

TITULO:  COSTUMBRE MERCANTIL

DOCENTE: CARLOS LIÑAN

AUTORRES: MARCELA PATRICIA ORTEGA ARRIETA

                      EVELIO ENRIQUE ROMERO ZAMBRANO

GRUPO: 03

ENERO 29 DE 2019

UNIVERSIDAD POPÚLAR DEL CESAR

FACULTAD DE DERECHO

VALLEDUPAR

CESAR

CONTENIDO

 

1°   INTRODUCCION

2°   OBJETIVO

2.1  CONCEPTO COSTUMBRE MERCANTIL

2.2  ELEMENTOS ESENCIALES DE LA COSTUMBRE MERCANTOL

3°   COSTUMBRE MERCANTIL

3.1  FUNCIONES DE LA COSTUMBRE MERCANTIL

3.2  CLASIFICACION DE LA COSTUMBRE

3.3   FUENTES FORMALES DIRECTAS E INDIRECTAS DEL DERECHO COMERCIAL

4°   CONCLUSION

5°   BIBLIOGRAFIAS

INTRODUCCION

La costumbre desde hace mucho tiempo ha venido cumpliendo una función importante e innegable en el actuar de los comerciantes; estando presentes en el en la comercialización de bienes y servicios, y por lo general en todos los asuntos de comercio.

Por su relación directa con los comerciantes de manera uniforme, reitera y publica, que puede llegar a adquirir la misma autoridad que la ley comercial; respecto de cuya obligatoriedad existe plena conciencia al interior del grupo o sector económico que  las aplica.

Por disposición legal, las cámaras de comercio tienen la responsabilidad de recopilar las costumbres mercantiles y por solicitud de cualquier interesado.

En este trabajo se busca obtener una serie de conceptos, elementos y funciones sobre la costumbre mercantil.

OBJETIVOS

CONCEPTO COSTUMBRE MERCANTIL.

Conjunto de prácticas o comportamientos sociales que se permiten durante un largo periodo con características: Generalidad, uniformidad, constancia, reiteración y publicidad, con relevancia en el mundo del derecho.

El derecho fluye de modo natural del espíritu del pueblo, o sea el alma nacional. El derecho vive prácticamente en la costumbre, que s la expresión inmediata de la conciencia jurídica popular (SAVIGNY).

  El uso implantado en una colectividad y considerado por esta como jurídicamente                obligatoria  (GARCÍA MAYES).

 Derecho no escrito, no promulgado, tácito o consuetudinario.

ELEMENTOS ENSENCIALES DE LA COSTUMBRE

Elementos objetivos o condiciones externas (Artículo 3° código de comercio):

      UNIFORMIDAD

      REITERACION

      PUBLICIDAD        

      QUE NO SEA CONTARRIA A LA LEY.

Elementos subjetivos o internos consisten en:

Aceptación o conciencia o convicción de su obligatoriedad (SENTENCIA C-224/94)

Según SENTENCIA C-224/94  la costumbre, los principios como el de la  buena fe pueden ser reconocidos y aplicados en nuestro derecho, especialmente en materia civil y comercial.  

Cuando la costumbre es praeter legem , debe probarse la existencia de tal elemento.

Conciencia de estar cumpliendo con una regla la costumbre sea practicada cociente y deliberadamente por los miembros del grupo humano.

El surgimiento de la creencia generalizadora es precisamente o que torna obligatoria o aplicable.

La costumbre mercantil,  se sigue acatando porque se mantiene  la observancia generalizada de la regla, con lo cual los elementos objetivos y subjetivos se imbrican íntimamente (Carlos Antonio Espinoza Pérez).

COSTUBRE MERCANTIL

 La costumbre mercantil según el artículo  3° del  código de comercio indica que la costumbre mercantil tendrá la misma autoridad que la ley comercial, siempre que no  la contrarié  manifiesta o tácitamente y que los hechos constitutivos en el lugar donde hayan de cumplirse las prestaciones o surgido las relaciones que deban regularse por ella. La jurisprudencia ha indicado que la ley, como principal norma perteneciente al ordenamiento, y la constitución reconoce de derechos con las limitaciones que la misma ley impone. La invocación que la ley hace de la costumbre reafirma su pertenencia al sistema jurídico y naturaleza normativa: a pesar de prevalecer el derecho legislado o escrito, lo único que indica es que la ley controla los alcances de la costumbre. No obstante, la costumbre se mantiene n como fuente de derecho y aporta  al sistema  jurídico flexibilidad y efectividad. Por esto, entre la ley  y la costumbre existe una relación dialéctica, toda vez que la costumbre abona la materia sobre la que luego el legislador trabajara para darle mayor efectividad, certeza y generalidad. Por esta razón  es necesario establecer claramente cuáles son las funciones propias de la costumbre mercantil.

Estas funciones se dividen en:

Función interpretativa: es la señalada para el artículo 5° del código de comercio, según las costumbres sirven para determinar el sentido de las palabras o frases técnicas del comercio y para interpretar los actos o convenios mercantiles.

Función interpretadora: cuando una norma mercantil remite expresamente a la costumbre, de manera que está viene a completar la norma, convirtiéndose en parte de ella.

Función normativa: cuando la costumbre que reúne los requisitos del artículo 3° del código de comercio, es decir que no la contrarié manifieste tácitamente y que los hechos constitutivos de la misma sean públicos, uniformes, reiterados y jurídicamente obligatorios, se ha plica como regla de derecho a falta de derecho mercantil expresa o aplicarse por analogía. En este caso, la costumbre calma los vacíos de la ley y cumple así su función más importante.

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