Decreto 1225
Enviado por ximenita_j.a • 27 de Febrero de 2014 • 2.785 Palabras (12 Páginas) • 198 Visitas
DECRETO 1225 DE 1997
(Mayo 6)
"Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 368 de 1997, y se dictan otras disposiciones".
EL MINISTRO DEL INTERIOR DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, DELEGATARIO DE FUNCIONES PRESIDENCIALES
de conformidad con el Decreto 1166 de 1997, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los numerales 11, 14 y 15 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 20 del Decreto 2133 de 1992 y en desarrollo de lo dispuesto por el artículo 19 de la Ley 368 de 1997,
DECRETA:
I. Objetivos y funciones específicas
Artículo 1. Objetivos específicos. La Red de Solidaridad Social, establecimiento público creado en virtud de la Ley 368 de 1997, tendrá como objetivos específicos los siguientes:
a) Adelantar acciones que tengan por finalidad la promoción de la participación de los ciudadanos en las decisiones que los afectan, la promoción de los valores del pluralismo y del consenso como esenciales para garantizar la convivencia pacífica entre los colombianos, la apropiación de una cultura de respeto por los derechos humanos y sus medios de protección y el fortalecimiento de los mecanismos pacíficos de solución de conflictos;
b) Impulsar el proceso de descentralización y la autonomía de las entidades territoriales y despertar en las instituciones de gobierno una actitud de servicio más cercana y comprometida con las comunidades, conforme a los principios de solidaridad, coordinación, subsidiariedad y concurrencia, a fin de fortalecer a los municipios, distritos y departamentos, para que puedan, por sí mismos, articularse al proceso de desarrollo global de la Nación;
c) En desarrollo de los artículos 64, 65 y 66 de la Constitución Política, promover, en coordinación con las entidades competentes, programas de acceso progresivo a la propiedad de la tierra de los trabajadores agrarios, en forma individual o asociativa, a los servicios básicos de protección social, al desarrollo integral de las actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras, forestales y agroindustriales con el fin de mejorar la calidad de vida de la población pobre y vulnerable del país;
d) Promover el mejoramiento de las condiciones de vida de la población pobre y vulnerable del país, mediante la integralidad de los programas de la política de inversión social focalizada;
e) Fomentar la concertación interinstitucional y la participación de las organizaciones no gubernamentales y de la comunidad, en la definición y gestión de su propio desarrollo, buscando que el esfuerzo institucional vaya acompañado de la presencia y desarrollo de acciones por parte del sector privado;
f) Desarrollar procesos interinstitucionales de planeación participativa en torno a la temática de la superación de la pobreza, con el fin de que sea incluida en los planes de desarrollo local, regional y nacional;
g) Promover la participación de los ciudadanos en las acciones del Estado, así como en la vida política, cívica y comunitaria del país;
h) Fortalecer los procesos de participación y organización de la comunidad en la definición y gestión de su propio desarrollo, de acuerdo con las instancias, mecanismos e instrumentos de la Red de Solidaridad Social;
i) Desarrollar sus programas y proyectos en el marco de los principios de transparencia, validación, equidad, integralidad y participación.
Parágrafo. En desarrollo de sus objetivos, la Red de Solidaridad Social estará sujeta a los criterios de concertación, focalización, proactividad y cofinanciación.
Artículo 2. Funciones específicas. Para el cumplimiento de sus objetivos, la Red de Solidaridad Social tendrá como funciones específicas las siguientes:
1. Ejecutar programas de generación de ingresos, en una perspectiva de desarrollo sustentable, mediante la financiación y cofinanciación de proyectos productivos que busquen mejorar el nivel de ingresos de los sectores vulnerables de la población, apoyando y fomentando la organización de pequeños productores, proyectos de prestación de servicios y comercialización, proyectos agroindustriales y actividades de economía solidaria, así como alternativas de habilitación social y capacitación laboral y programas de generación de ingresos en zonas de emergencia.
2. Desarrollar y coordinar programas y proyectos de protección social, con el propósito de garantizar las condiciones básicas en salud, nutrición y educación a los grupos de población pobre y vulnerable del país.
3. Coordinar programas que propendan por la consolidación de un hábitat adecuado como requisito fundamental para el desarrollo de los grupos más pobres de la población, mediante la intervención en materia de construcción y mejoramiento de la vivienda, equipamiento social, saneamiento básico, agua potable, mejoramiento del entorno y recreación.
4. Adelantar y coordinar programas que tengan como finalidad amparar a las víctimas de la violencia en materia de asistencia humanitaria, accidentes personales, daños materiales, créditos solidarios y rehabilitación integral.
5. Atender, en lo de su competencia, la población desplazada por la violencia para que en el marco del retorno voluntario o el reasentamiento, logre su integración a la sociedad colombiana.
6. Establecer los mecanismos, procedimientos y acciones necesarias para la planeación, desarrollo, ejecución, seguimiento y evaluación, de los programas de la política de inversión social focalizada.
7. Apoyar subsidiariamente a las entidades territoriales en materia de preinversión, y planeación del desarrollo.
8. Cumplir, en lo pertinente, en representación del Gobierno Nacional, los acuerdos de paz suscritos con los grupos y movimientos guerrilleros, las milicias urbanas de carácter político, y los grupos alzados en armas, que hayan hecho dejación de sus armas, con el fin de reincorporarse a la vida democrática del país.
9. Contribuir al fortalecimiento de las organizaciones sociales, cívicas, comunitarias, culturales y gremiales, para su participación en la gestión y fiscalización de los asuntos públicos, mediante el desarrollo de programas concertados de promoción, formación, capacitación y asesoría en torno a los procesos de planeación, seguimiento, evaluación y monitoreo de los programas de la política de inversión social focalizada.
10. Apoyar y ejecutar programas de capacitación dirigidos a las comunidades, con el fin de promover la participación de todos en las decisiones que los afectan y procurar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución, el desarrollo institucional, la descentralización y modernización administrativa, la planeación participativa en la elaboración y presentación de proyectos.
11.
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