Decreto Supremo Nº 007-2001-ED
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• Decreto Supremo Nº 007-2001-ED
Todos los docentes ejercen una función orientadora. La tutoría es un servicio de acompañamiento permanente y orientadora a los alumnos para contribuir a su desarrollo afectivo cognitivo y al mejoramiento de su desempeño escolar. Está a cargo del tutor, quien desempeña su rol en coordinación con otros docentes y en permanente comunicación con los padres de familia, buscando en todo momento favorecer el desarrollo integral de los alumnos. Los tutores deben ser capacitados en el manejo de técnicas de participación, comunicación toma de decisiones y otras estrategias que favorezcan su rol.
En las instituciones educativa públicas y privadas de primaria y secundaria se dispondrá, por lo menos, una hora semanal para su labor tutorial dentro de la jornada laboral, la misma que no se ocupará con actividades administrativas, académicas o ajenas a la función misma de orientación. Cada centro educativo definirá las modalidades de tutoría personal y grupal que garantice el mejor desarrollo de este servicio.
Dentro del ámbito de labor tutorial se inscriben entre otras, la promoción de acciones de prevención del:
- Uso indebido de drogas.
- Educación sexual.
- Prevención de la violencia familiar escolar.
- Atención a menores con ocupación temprana; así como de, participación y organización infantil y juvenil.
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