Decreto supremo n° 594: aprueba reglamento sobre condiciones sanitarias yambientales basicas en los lugares de trabajo
Enviado por brujita2810 • 3 de Mayo de 2014 • Trabajo • 1.257 Palabras (6 Páginas) • 415 Visitas
DECRETO SUPREMO N° 594
APRUEBA REGLAMENTO SOBRE CONDICIONES SANITARIAS YAMBIENTALES BASICAS EN LOS LUGARES DE TRABAJO
T I T U L O I Disposiciones Generales
Establece las Condiciones sanitarias y ambientales básicas que deberá cumplir todo lugar de trabajo sin perjuicio de la reglamentación específica que se haya dictado o se dicte para aquellas faenas que requieren condiciones especiales.
Establece,
LP de exposición ambiental a agentes químicos y agentes físicos,
LTB para trabajadores expuestos a riesgo ocupacional.
Fiscalización:
Servicios de Salud
Seremis de salud
La empresa está obligada a mantener en los lugares de trabajo las condiciones sanitarias y ambientales necesarias para proteger la vida y la salud de los trabajadores que en ellos se desempeñan, sean éstos dependientes directos suyos o lo sean de terceros contratistas que realizan actividades para ella.
T I T U L O II Del Saneamiento Básico de los Lugares de Trabajo
PARRAFO I De las Condiciones Generales de Construcción y Sanitarias
La construcción y reconstrucción:
OGUC (Ordenanza General de Urbanismo y Construcción)
Mantener en buen estado de limpieza y conservación
Los pavimentos y revestimientos de los pisos sólidos y no resbaladizos.
Almacenes o fabrica de productos tóxicos o corrosivos:
Pisos deberán ser de material resistente a éstos, impermeables y no porosos.
Norma Oficial NCh 382.of 98: Sustancias peligrosas y su clasificación
Si hay humedad en piso: drenajes o dispositivos contra humedad.
Pisos, pasillos de tránsito:
Libres de obstáculos
Amplios para movimientos seguros.
Espacios entre máquinas por donde circulen personas mínimo 150 cm.
En aquellas faenas (con pernoctar) los dormitorios:
Energía eléctrica,
Aislación de condiciones climáticas externas.
Temperatura entre 10 °C ni mayor de 30 °C
Ventilación.
Camas o camarotes de material resistente, con colchón y almohada en buenascondiciones.
Aseo
En aquellas faenas descubiertas o cielo abierto:
Proteger contra las inclemencias del tiempo.
Sobre el aseo:
Orden y limpieza.
Eliminar la presencia de insectos, roedores y otras plagas de interés sanitario.
PARRAFO II De la Provisión de Agua Potable
Agua potable:
Consumo humano
Aseo personal e higiene.
Instalaciones, artefactos, canalizaciones y dispositivos complementarios de los servicios de agua potable en norma.
Cumplir con los requisitos físicos, químicos, radiactivos y bacteriológicos.
Agua
no
proveniente de red pública o abastecimiento propio:
Las redes de distribución distintas a la del agua potable
Aprobación previa de la autoridad sanitaria
Si se almacena en estanques, mantener condiciones sanitarias adecuadas.
Agua ambos casos:
Mínima de 100 litros de agua por persona y por día
Lo mismo para cada miembro de su familia
Con autorización autoridad sanitaria puede ser menos agua
no
inferior a 30 litros diarios por trabajador y por cada miembro de su familia.
Controlar diario cloro libre residual
Distribución por red de cañerías, con salida por llave de paso en buen estado.
PARRAFO III De la Disposición de Residuos Industriales Líquidos y Sólidos
Residuos industriales: (sólidos o líquidos)
No vaciar a la red pública de desagües de aguas servidas
La descarga de contaminantes al sistema de alcantarillado se ceñirá a lo dispuesto en la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente
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y las normas de emisión y demás normativa complementaria de ésta.
No contaminar napas de agua subterránea de los subsuelos
No contaminar canales de regadío, acueductos, ríos, esteros, quebradas, lagos, lagunas, embalses o en masas o en cursos de agua en general,
Relaves industriales o mineros deben ser sometidos a tratamientos de neutralización o depuración que prescriba en cada caso la autoridad sanitaria.
Acumulación, tratamiento y disposición final:
Si es dentro del predio industrial, local o lugar de trabajo, deberá contar con la autorización sanitaria.
Si es por contratación de terceros, deberán contar con autorización sanitaria, previo al inicio de tales actividades
En ambos casos se debe declarar a la autoridad sanitaria la cantidad y calidad de los residuos industriales que genere.
PARRAFO IV De los Servicios Higiénicos y Evacuación de Aguas Servidas
Servicios higiénicos, de uso individual o colectivo:
Mínimo de excusado y lavatorio.
Compartimiento con puerta
Separado con compartimentos entre sí.
Separados por sexos
Libres de vectores de interés sanitario
Buen estado y limpieza
Si hay sustancias tóxicas:
Duchas con agua fría y caliente
Instalar la calefacción de agua fuera del recinto
Descargar gases de combustión al exterior
El número mínimo de artefactos se calculará en base a la siguiente tabla:
N° de personas que laboran por turno Excusados con Taza de W.C.LavatoriosDuchas1-1011111-2022221-3022331-4033441-5033551-6043661-7043771-8055881-9055991-1006610
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