Deduccion De Inversiones
Enviado por myd95 • 9 de Noviembre de 2012 • 2.348 Palabras (10 Páginas) • 713 Visitas
CÁLCULO DEL MONTO TOTAL DE DEDUCCIÓN ADICIONAL POR INVERSIONES ADQUIRIDAS DE SEPTIEMBRE A DICIEMBRE DEL 2007
Los contribuyentes podrán efectuar una deducción adicional, tanto para la determinación del impuesto del ejercicio y de los pagos provisionales del mismo ejercicio, por las erogaciones que efectúen en inversiones nuevas, que en los términos de la Ley del IETU sean deducibles, adquiridas en el periodo comprendido del 1 de septiembre al 31 de diciembre de 2007, hasta por el monto de la contraprestación efectivamente pagada por dichas inversiones en el citado periodo.
• El monto de la erogación a que se refiere el párrafo anterior se deducirá en una tercera parte en cada ejercicio fiscal a partir del 2008, hasta agotarlo.
• La deducción que se determine, se actualizará por el factor de actualización correspondiente al periodo comprendido desde el mes de diciembre de 2007 y hasta el último mes del ejercicio fiscal en el que se deduzca.
• Tratándose de los pagos provisionales, se deducirá la doceava parte de la cantidad del monto total de la deducción adicional por inversiones adquiridas de septiembre a diciembre del 2007, multiplicada por el número de meses comprendidos desde el inicio del ejercicio y hasta el mes al que corresponda el pago.
Asimismo, dicha deducción se actualizará con el factor de actualización correspondiente al periodo comprendido desde el mes de diciembre de 2007 y hasta el último mes al que corresponda al pago provisional de que se trate.
Caso práctico:
BIEN Fecha de adquisición INVERSIÓN
Camión de carga 31 de diciembre del 2007 $330,000.00
Maquinaria y equipo 31 de diciembre del 2007 $330,000.00
Monto total de inversiones nuevas adquiridas y pagadas del 1 de septiembre al 31 de diciembre del 2007 $660,000.00
Actualización anual
CONCEPTO CANTIDADES
Inversiones nuevas adquiridas y pagadas del 1 de septiembre al 31 de diciembre de 2007 $660,000.00
(/) Número de ejercicios 3
(=) Monto anual deducible 220,000.00
(x) Factor de actualización (a) 1.0512
(=) Deducción adicional del Ejercicio 2008 $231,264.00
(a) Determinación del Factor de Actualización
CONCEPTO CANTIDADES
INPC del último mes del ejercicio en que se aplica (diciembre 2008) (estimado) 132.000
(/) INPC del mes de diciembre 2007 125.564
(=) Factor de actualización 1.0512
Actualización para pagos provisionales
(=) Monto anual deducible $220,000.00
(/) Número de meses del ejercicio 12
(=) Monto mensual deducible $18,333.33
(x) Factor de actualización (b) 1.0203
(=) Deducción adicional mensual $18,705.49
(X) Número de meses comprendidos desde el inicio del ejercicio y hasta el mes al que corresponda el pago (enero- junio) 6
(=) Deducción adicional aplicada en pagos provisionales $112,232.94
(b) Determinación del Factor de Actualización
CONCEPTO CANTIDADES
INPC del último mes al que corresponda el pago (junio 2008) 128.118
(/) INPC del mes de diciembre 2007 125.564
(=) Factor de actualización 1.0203
Datos informativos
La información que deberá registrarse en DATOS INFORMATIVOS en el reglón correspondiente a:
MONTO TOTAL DE DEDUCCIÓN ADICIONAL POR INVERSIONES ADQUIRIDAS DE SEPTIEMBRE A DICIEMBRE DEL 2007
Es la Deducción adicional anual disminuida con la parte de la deducción adicional aplicada en el periodo. De acuerdo a las cantidades que se manejaron en el ejemplo, la cantidad que deberá señalarse en este renglón es la siguiente:
CONCEPTO CANTIDADES
Deducción anual deducible $ 220,000.00
Menos:
Deducción adicional actualizada aplicada en pagos provisionales 112,232.94
Igual:
MONTO TOTAL DE DEDUCCIÓN ADICIONAL POR INVERSIONES ADQUIRIDAS DE SEPTIEMBRE A DICIEMBRE DEL 2007 $ 107,767.00
1) Actualización de deducciones de inversión, cuando los bienes hayan sido utilizados durante doce meses en el ejercicio: (Observemos que el período de utilización del bien es un período par).
En los términos del séptimo párrafo del artículo 37 de la LISR, la actualización de las inversiones, deberá de determinarse con el siguiente factor:
Factor de
INPC del último mes de la primera mitad del ejercicio en que el bien se utiliza
Actualización
INPC del mes de adquisición del bien
Ejemplo:
La empresa Piedras Negras, S.A., nos solicita la determinación del importe que podrá deducir por concepto de un equipo de transporte durante el ejercicio de 2003, de acuerdo con los siguientes datos:
Equipo de Transporte
254,200.00
Fecha de Adquisición
25-Jun-02
Ejercicio en que se aplica la deducción:
2003
Antes que nada debemos de recordar que en los términos de la fracción VI del artículo 40 de la LISR, el porcentaje de deducción de autos es del 25% anual. Adicionalmente, en los términos de la fracción II del artículo 42 de la misma Ley, el monto original de inversión máximo deducible en tratándose de automóviles es de $ 300,000.00, lo cual quiere decir, que si un auto excede de dicho monto, únicamente podrán deducirse hasta $ 300,000.00.
Ahora, debemos de proceder a calcular la deducción histórica del bien, como sigue:
Equipo de Transporte
254,200.00
(x)
% de deducción (Art. 40-VI LISR)
25.00%
(=)
Deducción anual histórica
63,550.00
Una vez determinada la deducción histórica, la actualizaremos con el factor que se señaló con antelación, y los meses por los que habrá de actualizarse son:
Ene
Feb
Mar
Abr
May
Jun
Jul
Ago
Sep
Oct
Nov
Dic
Debemos de ubicar el último mes de la primera mitad del ejercicio, y partimos en dos dicho ejercicio y tendremos dos mitades de seis meses cada una:
1era. Mitad
2da. Mitad
Ene
Feb
Mar
Abr
May
Jun
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