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Definiciones Que Atienden A Los Fines Del Derecho Del Trabajo


Enviado por   •  8 de Abril de 2013  •  1.452 Palabras (6 Páginas)  •  512 Visitas

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Definiciones que atienden a los fines del Derecho del trabajo

• Concepto de trabajo:

• (DRAE) lo define como “esfuerzo humano aplicado a la producción de riqueza.”

• El art. 3º. De la LFT señala: el trabajo es un derecho y deber social. No es articulo de comercio, exige respeto para las libertades y dignidad de quien lo presta y debe efectuarse en condiciones que aseguren la vida, la salud y un nivel económico decoroso para el trabajador y su familia.

• La esencia del derecho del trabajo se encuentra en el art. 123 constitucional que indica una serie de derechos que el estado reconoce a favor de los trabajadores.

FINES JURIDICOS

• la autonomía de la voluntad de las partes que forman una relación jurídica en la celebración de un contrato de trabajo.

• Las normas jurídicas son de carácter imperativo, irrenunciable y protegen al trabajador.

• estos son tres:

• 1 garantizar la autonomía de la voluntad .

• 2 regular jurídicamente las condiciones de prestación del servicio.

• 3 proteger a los trabajadores.

FINES ECONOMICOS

• El trabajador es uno de los factores del ciclo de la producción; presta sus servicios y a cambio recibe una serie de prestaciones que repercuten en la producción. Cuando se fija un salario mi9nimo también trasciende en el costo de la producción nacional.

• Fomentar y proteger la producción es uno de los fines económicos y fundamentales del estado.

• Por otra parte, es de gran importancia tomar en cuenta y analizar el papel que juega la dignidad humana laboralmente hablando. La autoestima de toda persona le impide aceptar, de buena gana, que se le trate como animal irracional u objeto sin voluntad ni albedrio.

• La dignidad esta plasmada en legislaciones modernas :

• Constitución mexicana de 1857

• Código civil de 1884

• Y por ultimo la constitución federal de 1917 que introdujo las garantís sociales en materia laboral y de ahí surge el carácter imperativo de las normas del trabajo, que hizo irrenunciables los derechos subjetivos laborales como antítesis de la libertad de contratación.

• La dignidad esta plasmada en legislaciones modernas :

• Constitución mexicana de 1857

• Código civil de 1884

• Y por ultimo la constitución federal de 1917 que introdujo las garantís sociales en materia laboral y de ahí surge el carácter imperativo de las normas del trabajo, que hizo irrenunciables los derechos subjetivos laborales como antítesis de la libertad de contratación.

Definiciones que atienden a los sujetos de la relación de trabajo

Sujetos de derecho del trabajo

• Trabajador ordinario:

• Art.8 de la LFT: trabajador es la persona física que presta a otra, física o moral, un trabajo personal subordinado. Para los efectos de esta disposición, se entiende por trabajo toda actividad humana, intelectual o material, independientemente del grado de preparación técnica requerido por cada profesión u oficio.

• Trabajador de confianza

• Art. 9 de la LFT establece:

• La categoría de trabajador depende de la naturaleza de las funciones desempeñadas y no de la designación que se le de al puesto.

• La ley no define al trabajador de confianza simplemente señala las funciones que desempeña “son funciones de

• Confianza, Dirección, Vigilancia y fiscalización, cuando tenga carácter general, y las que se relaciones con trabajos personales del patrón dentro de la empresa o establecimiento.”

• Patrón

• El art. 10 de la LFT establece que:

• Patrón es la persona física o moral que utiliza los servicios de uno p varios trabajadores.

• Si el trabajador conforme a lo pactado o a la costumbre, utiliza los servicios de otros trabajadores, el patrón de aquel lo será también de estos

• Representante patronal

• El art. 11 de la LFT señala:

• Los directores, administradores, gerentes y demás personas que ejerzan funciones de dirección o administración en la empresa o establecimiento, serán considerados representantes del patrón y en tal concepto lo obligan en sus relaciones con los trabajadores.

• Intermediario

• El art. 12 de la LFT determina:

• “Intermediario es la persona que contrata o interviene en la contratación de otra u otras para que presten servicios a un patrón.”

• El art.13 señala que no serán considerados intermediarios, sino patrones las empresas establecidas que contraten trabajos para ejecutarlos con elementos propios suficientes para cumplir las obligaciones que derive de las relaciones con sus trabajadores.

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