Del Reglamento de Admisión, Permanencia y Egreso de la Universidad
Enviado por ve19612261 • 29 de Septiembre de 2014 • Informe • 1.169 Palabras (5 Páginas) • 218 Visitas
DE LOS ESTUDIOS
ARTÍCULO 8. Para ingresar a los cursos regulares de pregrado, los aspirantes deberán cumplir con las normas
establecidas en el Reglamento de Admisión, Permanencia y Egreso.
ARTÍCULO 9. La enseñanza se desarrolla conforme a los diseños
curriculares y planes de estudio establecidos por el
Rectorado y aprobados por el Consejo Nacional de Universidades.
ARTÍCULO 10. Los planes de estudio se imparten bajo el régimen de términos académicos de catorce (14) semanas
hábiles, el sistema de unidades de crédito y régimen de prelaciones.
PARÁGRAFO UNICO: Las fechas de inicio y fin de los períodos lectivos, recesos y vacaciones, así como la
oportunidad en que deben cumplirse otras actividades acad
émicas previstas, serán indicadas en el calendario
académico anual.
ARTÍCULO 11. El plan de estudios de cada Carrera está integr
ado por el conjunto de asi
gnaturas establecidas en el
diseño curricular con sus respectivos programas sinópticos
y detallados, distribuidas por períodos lectivos, con
indicación del número de horas/clase semanales y de las uni
dades crédito, y codificadas de acuerdo a sus requisitos
y prelaciones en base a las exigencias de cada asignatura, a sus relaciones con el plan de estudios en su conjunto y
al perfil profesional.
ARTÍCULO 12. Los estudios podrán tener una duración máxima
de dieciocho (18) términos académicos para las
Carreras de Ingeniería Régimen Diurno, diez (10) té
rminos académicos para las Carreras de Técnico Superior
Diurno, veintiún (21) términos académicos para las Carrer
as de Ingeniería Régimen Nocturno y catorce (14) términos
académicos para las. Carreras de Té
cnico Superior Régimen Nocturno.
ARTÍCULO 13. La unidad de crédito equivale a una (1) hora de clase teórica semanal o clase regular de aula, a dos
(2) horas semanales de práctica o a tres (3) horas semanales de laboratorio en cualquier curso con duración de un
término académico.
PARÁGRAFO UNICO: Cuando la naturaleza de la asignatura no
se ajuste a lo pautado en este ARTÍCULO, el valor
de la unidad de crédito será determinado por el Consejo Académico previa la recomendación del Comité Técnico de
Pregrado.
ARTÍCULO 14. El estudiante podrá inscrib
ir las asignaturas conforme a sus intereses y capacidades, de acuerdo a
los requisitos y prelaciones de cada materia, a las posibilidades docentes de la Universidad y a lo establecido en los
ARTÍCULOS doce (12) y sesenta tres (63) de este Reglam
ento. Cuando el estudiante desee tomar asignaturas en
una oportunidad distinta a la recomendada en el plan de es
tudios, deberá asesorarse con el Jefe del Departamento
correspondiente, a excepción de los alumnos Militares Desi
gnados, quienes deberán inscribir en cada oportunidad
todas las asignaturas que correspondan al término a cursar.
PARÁGRAFO UNICO: Los alumnos podrán inscribir un número
de unidades de crédito superior a las establecidas
por término en los planes de estudio, siempre y cuando cumplan con el requisito del índice académico que se
establece en el ARTÍCULO veintinueve (29) del presente Regl
amento. El número de unidades
de crédito inscritas por
término no podrán ser nunca superior a veintiún (21) unidades.
ARTÍCULO 15. El retiro de asignaturas en un término académico podrá concederse a solicitud formal del interesado
durante las cuatro (4) primeras semanas del término, vel
ando por lo establecido en el ARTÍCULO 12 del presente
Reglamento, a excepción de los alumnos Militares Designados quienes bajo ningún concepto podrán retirar
asignaturas inscritas.
ARTÍCULO 16. Los alumnos están obligados a asistir a las
clases teóricas, prácticas, laboratorios, seminarios,
instrucción militar, orden cerrado y otras actividades que le
s sean programadas, en la hora y fecha indicadas en los
horarios respectivos.
ARTÍCULO 17. El alumno
...