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Delitos De Violencia Intrafamiliar.


Enviado por   •  10 de Octubre de 2013  •  5.367 Palabras (22 Páginas)  •  534 Visitas

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Delitos De Violencia Intrafamiliar.

La violencia intrafamiliar es el abuso de poder de parte de un miembro de la familia sobre otro. Se considera que existe violencia intrafamiliar y este abuso incluye maltrato físico, psicológico o de cualquier otro tipo. En un hogar, si hay una actitud violenta repetitiva, no por un solo hecho aislado. La víctima de violencia intrafamiliar es cualquier persona considerada cónyuge del agresor o que haya convivido de alguna manera con él. Así, podría ser hacia un conviviente actual o ex pareja, entre padres de un hijo común, o hacia un pariente consanguíneo hasta el tercer grado. Además, es importante destacar que dentro de la violencia intrafamiliar están considerados el maltrato infantil, la violencia hacia el adulto mayor, hacia minusválidos y entre cónyuges. En este último tipo de maltrato el más común es de parte de los hombres hacia las mujeres sin embargo, existen también algunos casos de violencia de mujeres hacia hombres. (Artículo 21 C.R.B.V)

Definiciones Previas

Delito: Es Toda Aquella Acción Anti-Jurídica, Culpable, Subsumible Bajo Una sanción penal adecuada y que satisfaga las condiciones de punibilidad, siempre que no se de una causa legal o justificación.

Violencia: es cualquier acto que conlleva a daños físicos, psicológicos o sociales.

Violencia de género

Violencia contra la mujer.

ES todo acto sexista o conducta inadecuada que tenga como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico, laboral, económico o patrimonial, la coacción arbitraria de libertad así como la amenaza para las mujeres, ya se produzca en la vida pública o privada. La violencia sexista ejercida por el varón agresor contra una mujer es un círculo que comienza con sutiles formas de manifestación y es importante estar alerta para detectar estas señales indicadoras de una relación violenta. Los celos, el control y el aislamiento son el comienzo de un ciclo de violencia. En el siguiente ciclo vendrán el primer empujón y el primer golpe. Luego llegarán el pedido de perdón y la promesa de que nunca más se repetirá. Pero este ciclo volverá a comenzar cada vez con más violencia.

Es fundamental que las mujeres que están viviendo una relación de violencia se acerquen a profesionales para que se fortalezcan y comprendan que ese círculo no es generado por ellas y que el objetivo del varón agresor es controlar y dominar, razón por la cual siempre tendrá la excusa o el argumento para violentar. Y tener presente que si te controla, te grita, te descalifica, eso no es amor, es violencia. Existen diferentes tipos de violencia contra las mujeres: psicológica, física, sexual, simbólica, económica y patrimonial. Estas modalidades contemplan desde lo intrafamiliar hasta lo institucional, es decir, todos los ámbitos en los que se desarrolle la violencia. El denominador común de las mujeres en situaciones de violencia de género es encontrarse con una baja autoestima, un alto nivel de confusión, desvalorización, dependencia y aislamiento. Es fundamental fortalecerlas y orientarlas para que puedan utilizar los recursos que tienen. Para ayudar a una mujer que esté atravesando esta situación, en primer lugar tendremos que escucharla y orientarla para que pueda acudir a alguna institución que cuente con un equipo interdisciplinario y que evalúe la situación de riesgo en la cual se encuentra. Es importante comprender que cuando están en peligro la libertad y la seguridad de una persona en este caso, de una mujer que es maltratada esta situación pasa a ser un delito. Por lo tanto deja de ser algo privado, porque ningún delito es privado. Los delitos se condenan y en este caso es imprescindible la condena social. Si escuchamos una fuerte pelea en una casa vecina y nos damos cuenta de que hay una mujer que está siendo maltratada y optamos por "no meternos" con la excusa de que esa mujer es una desconocida, ¿qué sentiríamos si la mujer maltratada fuera un afecto nuestro y alguien que escuchara la pelea subiera el volumen del televisor para no oír sus gritos? Mirando para otro lado somos cómplices de la situación.

Llamar a una puerta para interrumpir una agresión muchas veces salva una vida, porque al hacerlo estamos impidiendo que el círculo de violencia continúe.

Se debe llamar a la policía si en la situación de violencia, desde lo que escuchamos, tenemos indicios de que la mujer corre peligro.

La violencia no es un destino para ninguna persona; de un vínculo de violencia se puede salir si pedimos ayuda y acudimos a los lugares donde nos pueden orientar y ayudar. Una vida libre de violencia es un derecho. . (Artículo 20 C.R.B.V)

Los mitos sobre la violencia en la pareja están instalados en la sociedad y sostienen una cultura que justifica la agresión y culpabiliza a la mujer que es maltratada.

Ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia. Artículo 15. Se consideran formas de violencia de género en contra de las Mujeres, las siguientes:

1. Violencia psicológica: Es deshonra, Descrédito o menosprecio al valor o dignidad personal, tratos humillantes y Vejatorios, vigilancia constante, aislamiento, marginalización, negligencia, Abandono, celotipia, comparaciones destructivas, amenazas y actos que Conllevan a las mujeres víctimas de violencia a disminuir su autoestima.

2. Acoso u hostigamiento: Es conducta abusiva y especialmente los Comportamientos, palabras, actos, gestos, escritos o mensajes electrónicos Dirigidos a perseguir, intimidar, chantajear, apremiar, importunar y vigilar a una Mujer que pueda atentar contra su estabilidad emocional, dignidad, prestigio, Integridad física o psíquica, o que puedan poner en peligro su empleo.

3. Amenaza: Es el anuncio verbal o con actos de la ejecución de un daño físico, Psicológico, sexual, laboral o patrimonial con el fin de intimidar a la mujer.

4. Violencia física: Es toda acción directa o indirectamente Dirigida a ocasionar un daño o sufrimiento físico a la mujer Lesiones internas o externas, heridas, hematomas, quemaduras, empujones o Cualquier otro maltrato que afecte su integridad física.

5. Violencia doméstica: Es activa de Empleo de fuerza física o violencia psicológica, intimidación, persecución o Amenaza contra la mujer por parte del cónyuge, el concubino, ex cónyuge, ex Concubino, persona con quien mantiene o mantuvo relación de afectividad, Ascendientes, descendientes, parientes.

6. Violencia sexual: Es todo lo que amenace o vulnere el derecho de la Mujer a decidir voluntaria y libremente su sexualidad, forma de contacto o acceso sexual, genital o no Genital, tales como actos lascivos, violentos, acceso carnal Violento o violación.

7. Acceso carnal

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