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Delitos Previstos En La Ley Federal


Enviado por   •  5 de Noviembre de 2013  •  8.776 Palabras (36 Páginas)  •  418 Visitas

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7.8

ARTÍCULO 194. SE CALIFICAN COMO DELITOS GRAVES, PARA TODOS LOS EFECTOS LEGALES, POR AFECTAR DE MANERA IMPORTANTE VALORES FUNDAMENTALES DE LA SOCIEDAD, LOS PREVISTOS EN LOS ORDENAMIENTOS LEGALES SIGUIENTES:

I. DEL CODIGO PENAL FEDERAL, LOS DELITOS SIGUIENTES:

1) HOMICIDIO POR CULPA GRAVE, PREVISTO EN EL ARTICULO 60, PARRAFO TERCERO;

2) TRAICION A LA PATRIA, PREVISTO EN LOS ARTICULOS 123, 124, 125 Y 126;

3) ESPIONAJE, PREVISTO EN LOS ARTICULOS 127 Y 128;

4) TERRORISMO, PREVISTO EN LOS ARTICULOS 139 AL 139 TER Y TERRORISMO INTERNACIONAL PREVISTO EN LOS ARTICULOS 148 BIS AL 148 QUATER; 5) SABOTAJE, PREVISTO EN EL ARTICULO 140, PARRAFO PRIMERO;

6) LOS PREVISTOS EN LOS ARTICULOS 142, PARRAFO SEGUNDO Y 145;

7) PIRATERIA, PREVISTO EN LOS ARTICULOS 146 Y 147;

8) GENOCIDIO, PREVISTO EN EL ARTICULO 149 BIS;

9) EVASION DE PRESOS, PREVISTO EN LOS ARTICULOS 150 Y 152;

10) ATAQUES A LAS VIAS DE COMUNICACION, PREVISTO EN LOS ARTICULOS 168 Y 170;

11) USO ILICITO DE INSTALACIONES DESTINADAS AL TRANSITO AEREO, PREVISTO EN EL ARTICULO 172 BIS PARRAFO TERCERO;

12) CONTRA LA SALUD, PREVISTO EN LOS ARTICULOS 194, 195, 196 BIS, 196 TER, 197, PARRAFO PRIMERO Y 198, PARTE PRIMERA DEL PARRAFO TERCERO.

13) CORRUPCION DE PERSONAS MENORES DE DIECIOCHO AÑOS DE EDAD O DE PERSONAS QUE NO TIENEN CAPACIDAD PARA COMPRENDER EL SIGNIFICADO DEL HECHO O DE PERSONAS QUE NO TIENEN CAPACIDAD PARA RESISTIRLO, PREVISTO EN EL ARTICULO 201; PORNOGRAFIA DE PERSONAS MENORES DE DIECIOCHO AÑOS DE EDAD O DE PERSONAS QUE NO TIENEN CAPACIDAD PARA COMPRENDER EL SIGNIFICADO DEL HECHO O DE PERSONAS QUE NO TIENEN CAPACIDAD PARA RESISTIRLO, PREVISTO EN EL ARTICULO 202; TURISMO SEXUAL EN CONTRA DE PERSONAS MENORES DE DIECIOCHO AÑOS DE EDAD O DE PERSONAS QUE NO TIENEN CAPACIDAD PARA COMPRENDER EL SIGNIFICADO DEL HECHO O DE PERSONAS QUE NO TIENEN CAPACIDAD PARA RESISTIRLO, PREVISTO EN LOS ARTICULOS 203 Y 203 BIS; LENOCINIO DE PERSONAS MENORES DE DIECIOCHO AÑOS DE EDAD O DE PERSONAS QUE NO TIENEN CAPACIDAD PARA COMPRENDER EL SIGNIFICADO DEL HECHO O DE PERSONAS QUE NO TIENEN CAPACIDAD PARA RESISTIRLO, PREVISTO EN EL ARTICULO 204 Y PEDERASTIA, PREVISTO EN EL ARTICULO 209 BIS.

14) (DEROGADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 25 DE ENERO DE 2013)

15) (DEROGADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 25 DE ENERO DE 2013)

16) EL DESVIO U OBSTACULIZACION DE LAS INVESTIGACIONES, PREVISTO EN EL ARTICULO 225, FRACCION XXXII;

17) FALSIFICACION Y ALTERACION DE MONEDA, PREVISTO EN LOS ARTICULOS 234, 236 Y 237;

18) DEROGADO;

19) CONTRA EL CONSUMO Y RIQUEZA NACIONALES, PREVISTO EN EL ARTICULO 254, FRACCION VII, PARRAFO SEGUNDO;

20) VIOLACION, PREVISTO EN LOS ARTICULOS 265, 266 Y 266 BIS;

21) ASALTO EN CARRETERAS O CAMINOS, PREVISTO EN EL ARTICULO 286, SEGUNDO PARRAFO;

22) LESIONES, PREVISTO EN LOS ARTICULOS 291, 292 Y 293, CUANDO SE COMETA EN CUALQUIERA DE LAS CIRCUNSTANCIAS PREVISTAS EN LOS ARTICULOS 315 Y 315 BIS;

23) HOMICIDIO, PREVISTO EN LOS ARTICULOS 302 CON RELACION AL 307, 313, 315, 315 BIS, 320 Y 323;

24) TRAFICO DE MENORES, PREVISTO EN EL ARTICULO 366 TER;

25) ROBO CALIFICADO, PREVISTO EN EL ARTICULO 367 CUANDO SE REALICE EN CUALQUIERA DE LAS CIRCUNSTANCIAS SEÑALADAS EN LOS ARTICULOS 372 Y 381, FRACCIONES VII, VIII, IX, X, XI, XIII, XV, XVI Y XVII, Y EL PREVISTO EN LA FRACCION IV DEL ARTICULO 368 QUATER;

26) ROBO CALIFICADO, PREVISTO EN EL ARTICULO 367, EN RELACION CON EL 370 PARRAFOS SEGUNDO Y TERCERO, CUANDO SE REALICE EN CUALQUIERA DE LAS CIRCUNSTANCIAS SEÑALADAS EN EL ARTICULO 381 BIS;

27) COMERCIALIZACION HABITUAL DE OBJETOS ROBADOS, PREVISTO EN EL ARTICULO 368 TER;

28) DEROGADA POR DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 24 DE OCTUBRE DE 2011

29) ROBO, PREVISTO EN EL ARTICULO 371, PARRAFO ULTIMO;

30) ROBO DE VEHICULO, PREVISTO EN EL ARTICULO 376 BIS;

31) LOS PREVISTOS EN EL ARTICULO 377;

32) EXTORSION, PREVISTO EN EL ARTICULO 390;

33) OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILICITA, PREVISTO EN EL ARTICULO 400 BIS, Y

33 BIS) CONTRA EL AMBIENTE, EN SU COMISION DOLOSA, PREVISTO EN LOS ARTICULOS 414, PARRAFOS PRIMERO Y TERCERO, 415, PARRAFO ULTIMO, 416, PARRAFO ULTIMO Y 418, FRACCION II, CUANDO EL VOLUMEN DEL DERRIBO, DE LA EXTRACCION O DE LA TALA, EXCEDA DE DOS METROS CUBICOS DE MADERA, O SE TRATE DE LA CONDUCTA PREVISTA EN EL PARRAFO ULTIMO DEL ARTICULO 419 Y 420, PARRAFO ULTIMO.

34) EN MATERIA DE DERECHOS DE AUTOR, PREVISTO EN EL ARTICULO 424 BIS.

35) DESAPARICION FORZADA DE PERSONAS PREVISTO EN EL ARTICULO 215-A.

36). EN MATERIA DE DELITOS AMBIENTALES, EL PREVISTO EN LA FRACCION II BIS DEL ARTICULO 420.

II. DE LA LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA, EL PREVISTO EN EL ARTICULO 2.

III. DE LA LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS, LOS DELITOS SIGUIENTES:

1) PORTACION DE ARMAS DE USO EXCLUSIVO DEL EJERCITO, ARMADA O FUERZA AEREA, PREVISTO EN EL ARTICULO 83, FRACCION III;

2) LOS PREVISTOS EN EL ARTICULO 83 BIS, SALVO EN EL CASO DEL INCISO I) DEL ARTICULO 11;

3) POSESION DE ARMAS DE USO EXCLUSIVO DEL EJERCITO, ARMADA O FUERZA AEREA, EN EL CASO PREVISTO EN EL ARTICULO 83 TER, FRACCION III;

4) LOS PREVISTOS EN EL ARTICULO 84, Y

5) INTRODUCCION CLANDESTINA DE ARMAS DE FUEGO QUE NO ESTAN RESERVADAS AL USO EXCLUSIVO DEL EJERCITO, ARMADA O FUERZA AEREA, PREVISTO EN EL ARTICULO 84 BIS, PARRAFO PRIMERO.

IV. DE LA LEY FEDERAL PARA PREVENIR Y SANCIONAR LA TORTURA, EL DELITO DE TORTURA, PREVISTO EN LOS ARTICULOS 3o. Y 5o.

V. DE LA LEY DE MIGRACION, EL DELITO DE TRAFICO DE INDOCUMENTADOS, PREVISTO EN EL ARTICULO 159.

VI. DEL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION, LOS DELITOS SIGUIENTES:

1) CONTRABANDO Y SU EQUIPARABLE, PREVISTOS EN LOS ARTICULOS 102 Y 105 FRACCIONES I A LA IV, CUANDO LES CORRESPONDAN LAS SANCIONES PREVISTAS EN LAS FRACCIONES II O III, SEGUNDO PARRAFO DEL ARTICULO 104, Y

2) DEFRAUDACION FISCAL Y SU EQUIPARABLE, PREVISTOS EN LOS ARTICULOS 108 Y 109, CUANDO EL MONTO DE LO DEFRAUDADO SE UBIQUE EN LOS RANGOS A QUE SE REFIEREN LAS FRACCIONES II O III DEL ARTICULO 108, EXCLUSIVAMENTE CUANDO SEAN CALIFICADOS.

VII. DE LA LEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL, LOS DELITOS PREVISTOS EN EL ARTICULO 223, FRACCIONES II Y III.

VIII. DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE CREDITO, LOS PREVISTOS EN LOS ARTICULOS 111; 112, EN EL SUPUESTO DEL CUARTO PARRAFO, EXCEPTO LA FRACCION V; 112 BIS; 112 TER; 112 QUATER, Y 113 BIS, EN EL SUPUESTO DEL CUARTO PARRAFO DEL ARTICULO 112;

VIII BIS.- DE LA LEY GENERAL DE TITULOS Y OPERACIONES DE CREDITO, LOS PREVISTOS EN LOS ARTICULOS 432, 433 Y

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