Demanda FISCAL
Enviado por chnz13 • 23 de Julio de 2013 • 628 Palabras (3 Páginas) • 895 Visitas
CC. MAGISTRADOS DE LA SALA REGIONAL
NORTE CENTRO II DEL TRIBUNAL FEDERAL
DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA EN TURNO.
P R E S E N T E S:
JUANA VIRGINIA VARGAS CERVANTES, mexicana, mayor de edad, Gerente General de la empresa VARCE SA. De C.V., calidad que se justifica con copias certificadas de la escritura pública No. 1254, de fecha 12 de Febrero del 2010, pasada ante la fe del Notario Público No. 58 Lic. Luis Alberto Duran León, con domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos el ubicado en calle CONSTITUYENTES # 304, Colonia SANTA ELENA NORTE, Código Postal 38050 en esta ciudad de CELAYA, GTO, comparezco y expongo:
De conformidad con lo dispuesto por los artículos 197,198, 199, 207, 208, 209, 209 BIS y demás relativos al Código Fiscal de la Federación, vengo a demandar; vía Juicio Contencioso Administrativo, la nulidad de los actos que se indicaran en el capítulo respectivo, y en estricto cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 208 del Código Tributario Federal, me perito manifestar lo siguiente:
I.- NOMBRE DEL DEMANDANTE Y SU DOMICILIO PARA RECIBIR NOTIFICACIONES EN LA SEDE DE LA SALA REGIONAL COMPETENTE: C. ANTONIO LOPEZ CARMONA, con domicilio en calle MANUEL DOBLADO # 515 Colonia GOBERNADORES Código Postal 38050 en esta ciudad de CELAYA, GTO.
II.- ACTOS IMPUGNADS.- tienen ese carácter la resolución cuya fecha de emisión desconozco identificada con el No. De Crédito 845, radicado ante la Recaudación de Rentas de Guanajuato, Gto, así como sus constancias de notificación cuyas fechas de práctica también desconozco.
III.- AUTORIDADES DEMANDADAS.- tiene ese carácter la Oficina de Recaudación de Renta de Guanajuato, la Secretaria de Finanzas del Estado de Guanajuato y la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico.
IV.- H E C H O S
PRIMERO.- En fecha 8 de Mayo del presente año una persona que dijo ser ejecutor de la Oficina de recaudación de Rentas del Estado de Guanajuato, se constituyó en el domicilio fiscal de mi representada y practico una diligencia de requerimiento de pago y embargo en relación al crédito fiscal No. 845.
SEGUNDO.- La suscrita manifiesta BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD desconocer la resolución que dio origen al citado crédito fiscal y, así como desconocer también sus respectivas constancias de notificación, esto es, NIEGO LISA Y LLANAMENTE QUE LA RESOLUCION IMPUGNADA EXISTA, Y QUE SE HAYA NOTIFICADO A DERECHO, motivo por el cual en términos del artículo 209 Bis, fracción II del Código Fiscal de la Federación vengo a demandar la nulidad de ambos actos, esto es, de la resolución determinante de crédito fiscal y de su respectiva constancia de notificación.
V.- P R U E B R A S
1.- La Documental Publica consiste en Original de Acta de requerimiento de Pago y Embargo practicada en facha 8 de Mayo del presente año.
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