ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Denuncia administrativa


Enviado por   •  29 de Enero de 2015  •  Trabajo  •  1.343 Palabras (6 Páginas)  •  193 Visitas

Página 1 de 6

ASUNTO: DENUNCIA ADMINISTRATIVA.

C. ALBERTO ROJAS ZEPEDA

PRIMER SINDICO MUNICIPAL DEL

H. AYUNTAMIENTO DE CUAUTITLÁN

IZCALLI ESTADO DE MÉXICO.

P R E S E N T E.

El suscrito C. CARLOS DOMINGUEZ OLGUIN , en mi calidad de Ciudadano Agraviado y señalando como domicilio para oír y recibir todo clase de notificaciones el ubicado en la calle de Morelos No. 46, Colonia los agaves Cuautitlán Centro, Tlalnepantla de Baz, Estado de México, C.P. 54000; autorizando para tales efectos en términos del artículo 112 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México a los C.c. Licenciados en Derecho, VÍCTOR HERNÁNDEZ GONZÁLEZ, ALBERTO ALVARADO GUTIÉRREZ, EDGAR RUIZ VENEGAS, CHRISTIAN GABRIEL ALVARADO, VÍCTOR ALVARADO, y a los Pasantes en Derecho los C.c. OMAR GRANADOS OLVERA, JORGE ALBERTO, LEONARDO SOTO HERNÁNDEZ Y LORENA HERNANDEZ , de manera conjunta o indistinta, ante Usted, con el debido respeto comparezco y los siguientes:

HECHOS

1.- Que en la Presente Administración 2012-2014, quienes al 21 de Enero del 2013 ocupan los cargos de CONTRALORA MUNICIPAL y de SUBDIRECTOR DE RESPONSABILIDADES QUEJAS Y DENUNCIAS; no han desempeñado cabalmente sus cargos en la Administración Pública; el SUBDIRECTOR DE RESPONSABILIDADES QUEJAS Y DENUNCIAS por ser el RESPONSABLE DIRECTO al omitir una de sus responsabilidades derivadas de su cargo y la CONTRALORA MUNICIPAL por no SUPERVISAR ADECUADAMENTE a su subordinado en el correcto ejercicio de su cargo.2.- Que fue instaurada demanda en su contra por el C. ALBERTO ROJAS ZEPEDA ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de México, quedando con expediente en el Juicio Administrativo 789/2013.

3.- Que el día 15 de Diciembre del 2013, fueron notificados mediante oficio TCA/6SR/10410/2013, del Juicio Administrativo 789/2013, donde se les comunicaba que debían dar contestación a la demanda en un término que iba del 17 de Diciembre del 2013 al 11 de enero del 2014.

4.- El día 21 de Enero del 2014, por medio de Oficio notificado mediante estrados, donde se Acordó que se tenía por no contestada la demanda instaurada en contra de los Servidores Públicos mencionados y asimismo se dan por confesos; además el Tribunal en cuestión les ordena entregar copias certificadas del expediente formado con motivo del acto impugnado y en caso de no hacerlo se les apercibe en términos del los Artículos 33 y 37 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

5.- En relación a lo anterior es evidente que estas Autoridades no están realizado sus funciones cabalmente y con motivo de su falta de profesionalismo, ética y buen desempeño de sus responsabilidades ponen en riesgo la Administración Pública así como los intereses de los ciudadanos que vivimos en este H. Ayuntamiento y que además pagamos nuestros impuestos para que estas personas desempeñen cargos en beneficio nuestro porque ellos como Servidores Públicos son los encargados de Representar a la Población y dar el buen ejemplo por medio de sus cargos en este H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE CUAUTITLÁN IZCALLI ESTADO DE MEXICO.

6.- Es el caso que al yo acudir al Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de México con sede en el H. Municipio de Atizapan de Zaragoza; a revisar los asuntos en los que tengo la calidad de Presunto Responsable y al revisar los estrados me encuentro con este oficio de fecha 21 de Enero de 2014 el cual fue notificado por este medio y procedo a sacar fotografías del presente Oficio toda vez que el actuar de estas autoridades provocan a mi persona un Agravio en mi Calidad de Ciudadano.

Por lo antes expuesto y en términos de lo dispuesto por el Artículo 42 de la Ley de Responsabilidad de los Servidores Públicos del Estado y Municipios; así como el Artículo 112 fracciones XII Y XVII de la Ley Orgánica Municipal y ya que no solo me causan un agravio como ciudadano si a todos los ciudadanos que habitamos en este H. Municipio por lo que vengo a DENUNCIAR PARA QUE SE INICIEN LOS PROCEDIMIENTOS DISCIPLINARIOS Y RESARCITORIOS que correspondan, a aquellos servidores públicos que no dieron contestación a la demanda instaurada en su contra y notificados el día 15 de diciembre del 2010 por el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de México, y lo relacionado con base en los Artículo 7, fracción III, 8, 11, 13 y 15 fracciones X, XV, XVI, XVII Y XVIII del Reglamento Orgánico Municipal de Cuautitlán Izcalli vigente el cual a la letra dice los siguiente:

Artículo 42.- Para salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (9 Kb)
Leer 5 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com