Depreciación
Enviado por ADRI1937 • 27 de Noviembre de 2013 • 2.655 Palabras (11 Páginas) • 387 Visitas
Introducción
En primer lugar, debemos saber que la depreciación es el reconocimiento contable y financiero del desgaste que sufren los activos fijos por su uso, por su contribución a generar ingresos o renta para la empresa.
Desde el momento en que se adquiere un bien (a excepción de los terrenos y algunos metales), éste empieza a perder valor por el transcurso del tiempo o por el uso que se le da.
Esta pérdida es conocida como depreciación y debe reflejarse contablemente con el fin de:
Determinar el costo de bienes y servicios que se generan con dichos activos.
Establecer un fondo de reserva que permita reemplazar el bien al final de su vida útil.
La mayoría de los activos, tienen una vida útil mediante un periodo finito de tiempo y en el transcurso de tal se da ésta pérdida de valor.
Definiciones
El término depreciación se refiere, en el ámbito de la contabilidad y economía, a una reducción anual del valor de una propiedad, planta o equipo. Esta depreciación puede derivarse de tres razones principales: el desgaste debido al uso, el paso del tiempo y la obsolescencia.
La depreciación es la disminución en el valor de mercado de un bien, la disminución en el valor activo para su propietario, o la asignación del costo de uso o demerito de un activo a lo largo de su vida útil (duración).
Depreciación es la pérdida o disminución del valor de un bien, debido a su uso y disfrute u obsolescencia.
La depreciación, por concepto, consiste en reconocer de una manera racional y ordenada el valor de los bienes a lo largo de su vida útil estimada con anterioridad con el fin de obtener los recursos necesarios para la reposición de los bienes, de manera
que se conserve la capacidad operativa o productiva del ente público. La distribución de dicho valor a lo largo de la vida, se establece mediante el estudio de la productividad y del tiempo mediante diferentes métodos.
La depreciación es la pérdida de valor contable que sufren los activos fijos por el uso a que se les somete y su función productora de renta. En la medida en que avance el tiempo de servicio, decrece el valor contable de dichos activos.
Fundamento Legal
Artículo 40. Los por cientos máximos autorizados, tratándose de activos fijos por tipo de bien son los siguientes:
I. Tratándose de construcciones:
a) 10% para inmuebles declarados como monumentos arqueológicos, artísticos, históricos o patrimoniales conforme a la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, que cuenten con el certificado de restauración expedido por el Instituto Nacional de Antropología e Historia o el Instituto Nacional de Bellas Artes.
b) 5% en los demás casos.
II. Tratándose de ferrocarriles:
a) 3% para bombas de suministro de combustible a trenes.
b) 5% para vías férreas.
c) 6% para carros de ferrocarril, locomotoras, armones y autoarmones.
d) 7% para maquinaria niveladora de vías, desclavadoras, esmeriles para vías, gatos de motor para levantar la vía, removedora, insertadora y taladradora de durmientes.
e) 10% para el equipo de comunicación, señalización y telemando.
III. 10% para mobiliario y equipo de oficina.
IV. 6% para embarcaciones.
V. Tratándose de aviones:
a) 25% para los dedicados a la Aero fumigación agrícola.
b) 10% para los demás.
VI. 25% para automóviles, autobuses, camiones de carga, tracto camiones, montacargas y remolques.
VII. 30% para computadoras personales de escritorio y portátiles; servidores; impresoras, lectores ópticos, graficadores, lectores de código de barras, digitalizadores, unidades de almacenamiento externo y concentradores de redes de cómputo.
VIII. 35% para dados, troqueles, moldes, matrices y herramental.
IX. 100% para semovientes, vegetales, máquinas registradoras de comprobación fiscal y equipos electrónicos de registro fiscal.
X. Tratándose de comunicaciones telefónicas:
a) 5% para torres de transmisión y cables, excepto los de fibra óptica.
b) 8% para sistemas de radio, incluyendo equipo de transmisión y manejo que utiliza el espectro radioeléctrico, tales como el de radiotransmisión de microonda digital o analógica, torres de microondas y guías de onda.
c) 10% para equipo utilizado en la transmisión, tales como circuitos de la planta interna que no forman parte de la conmutación y cuyas funciones se enfocan hacia las troncales que llegan a la central telefónica, incluye multiplexores, equipos concentradores y ruteadores.
d) 25% para equipo de la central telefónica destinado a la conmutación de llamadas de tecnología distinta a la electromecánica.
e) 10% para los demás.
XI. Tratándose de comunicaciones satelitales:
a) 8% para el segmento satelital en el espacio, incluyendo el cuerpo principal del satélite, los transpondedores, las antenas para la transmisión y recepción de comunicaciones digitales y análogas, y el equipo de monitoreo en el satélite.
b) 10% para el equipo satelital en tierra, incluyendo las antenas para la transmisión y recepción de comunicaciones digitales y análogas y el equipo para el monitoreo del satélite.
XII. 100% para maquinaria y equipo para la generación de energía proveniente de fuentes renovables.
Para los efectos del párrafo anterior, son fuentes renovables aquéllas que por su naturaleza o mediante un aprovechamiento adecuado se consideran inagotables, tales como la energía solar en todas sus formas; la energía eólica; la energía hidráulica tanto cinética como potencial, de cualquier cuerpo de agua natural o artificial; la energía de los océanos en sus distintas formas; la energía geotérmica, y la energía proveniente de la biomasa o de los residuos. Asimismo, se considera generación la conversión sucesiva de la energía de las fuentes renovables en otras formas de energía.
Lo dispuesto en esta fracción será aplicable siempre
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