Derecho Adminsitrativo
Enviado por IvanAgc • 5 de Octubre de 2014 • 2.365 Palabras (10 Páginas) • 224 Visitas
DERECHO ADMINISTRATIVO
Derecho:
Conjunto de normas jurídicas que regulan la conducta externa del individuo.
Norma:
Regla de conducta a través de las instituciones
Norma Jurídica:
Regla de conducta que confieres derechos y otorga obligaciones
Conducta:
Actos; acciones (haceres) y omisiones (no haceres)
Derecho Administrativo:
Rama del Derecho Público que se encarga de los actos jurídicos- Administrativos y la relación del particular con la autoridad.
Rama del derecho Público que regula los actos jurídicos (administración pública) la relación del estado con los particulares.
PRINCIPIOS
ESTADO
Organización Jurídica de una sociedad que se establece en un determinado territorio bajo un poder de dominio.
ELEMENTOS DEL ESTADO
ADMINISTRACION PÚBLICA
Órganos que auxilian al poder ejecutivo en la satisfacción de necesidades de los gobernados.
Conjunto de organizaciones públicas que realizan la función administrativa y gestión del estado y de otros entes públicos con personalidad jurídica.
Es el conjunto de órganos que auxilian al ejecutivo en la satisfacción de las necesidades colectivas.
CLASIFICACION DE LA ADMINISTRACION PÚBLICA
Formal: Órganos que auxilian al poder ejecutivo (estructura de la administración pública)
Material: Actividad de los órganos.
FUENTE
De donde emana, brota algo (latu sensu).
FUENTES JURIDICAS
Orígenes o causas generadoras de normas jurídicas
PROCESO LEGISLATIVO
Forma de Creación de las leyes.
INICIATIVA
Acto jurídico por medio del cual los órganos del estado someten a consideración del congreso un proyecto de ley, decretos, reglamentos, acuerdos, convenios.
DISCUSION
Cámara de origen y revisora
APROBACION
De la Iniciativa
*** Poder Legislativo***
----------------------------------------------------------------------------------------------------------
*** Poder Ejecutivo***
SANCION
• El titular es el Poder Ejecutivo
• Se somete a consideración del Presidente
• Derecho de veto
PROMULGACION Y PUBLICACION
INICIACION DE VIGENCIA
Momento en que entra en vigor una iniciativa ya aprobada
Sucesivo y sincrónico
COSTUMBRE
Conductas reiteradas de carácter obligatorio
Ejemplo de costumbre: San Pedro y San Palo Ayutla Mixes
PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO
Criterio o ideas fundamentales de un sistema jurídico determinado que se presenta en forma concreta del aforismo y cuya eficacia como norma supletoria de la ley, depende del reconocimiento expreso del legislador. Rafael de Pina Vara
Frases, ideas positivas que encierran una verdad jurídica.
JURISPRUDENCIA:
Conjunto de principios, criterios, interpretaciones, resoluciones y doctrinas contenidas en decisiones de los Tribunales.
Son resoluciones que hacen los magistrados o el pleno.
Se vuelven jurisprudencias una vez que se hayan resuelto al menos 5 veces en el mismo sentido.
Art. 192 de la Ley de Amparo.
DOCTRINA:
Según García Máynez, se da el nombre de doctrina a los estudios de carácter científico que los juristas realizan acerca del derecho con el propósito puramente teórico de sistematización de sus preceptos con la finalidad de interpretar sus normas y señalar sus reglas de aplicación.
Criterios, opiniones, teorías= opiniones técnicas de estudiosos especialistas en una materia.
INTEGRACION DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION
Suprema Corte de Justicia de la Nación
SALA (5 ministros)
PLENO
SALA (5 ministros)
Presidente Ministro
Tribunal Colegiado de Circuito
Tribunal Unitario de Circuito
Juzgado de Distrito ( 1 Juez)
TRIEPJF
Consejo de la Judicatura Federal
Emiten Jurisprudencia
AUTORIDAD
La que dicta, ordena, ejecuta, o trata de cumplir determinaciones de naturaleza administrativa con fundamento en la ley (art 14 y 16 CPEUM)
“La que dicta, ordena, ejecuta o trata de cumplir con determinaciones de naturaleza administrativa como fundamento en la ley o instrumento jurídico con el que habitualmente actúa, o en su decreto o instrumento de creación actúa, o en su decreto o instrumento de creación y que da origen al cumplimiento de la presente ley o a ser parte en el procedimiento contencioso administrativo.”
Art. 2 Fracc. X. Ley de Justicia Administrativa para el Estado de Oaxaca.
PERSONA
Todo ente capaz de ser susceptible de derechos y obligaciones, hay dos tipos de personas la física y la moral.
CAPACIDAD
Aptitud o idoneidad para ser sujeto de derechos y obligaciones
CAPACIDAD DE GOCE
Aptitud de todas las personas desde el momento de su concepción.
CAPACIDAD DE EJERCICIO
Aptitud para ejercer por si mismo los derechos y obligaciones, se adquiere a los 18 años.
PERSONALIDAD JURIDICA
Capacidad para ser titular del conjunto de derechos y deberes, atribuidos a un mismo ente y determinando la capacidad para relacionarse jurídicamente.
INTERES
Es la situación de deseo, de aspiración en que se encuentran una persona respecto de algo sea material o inmaterial, que pueda satisfacer sus necesidades de cualquiera naturaleza que esta sea, esta situación puede ser individual o colectiva.
La teoría del interés está comprobada con la afirmación del maestro Eduardo Payares al establecerse que: “hay por lo tanto interés procesal, o sea interés en promover en juicio cuando la persona que intenta ejercer un derecho no puede lograrlo y para evitarse en perjuicio lo hace mediante la intervención de los tribunales.”
El interés como lo
...