Derecho Civil. La persona
Enviado por LuisRogl1995 • 24 de Marzo de 2019 • Informe • 886 Palabras (4 Páginas) • 99 Visitas
Derecho Civil:
Es una rama del derecho privado que regula las relaciones personales privadas.
Se centra en:
La persona
Atributos de la persona:
- Nombre
- Art4. La persona se identifica con el nombre con que se inscriba su nacimiento en el registro civil.
- Art26. La inscripción de una sociedad en el registro mercantil le otorga derecho al uso exclusivo.
- Estado civil: Casado, viudo o soltero.
- Domicilio:
- Domicilio: Al departamento
- Vecindad: Al municipio
- Residencia: Dirección de la casa habitada
- Nacionalidad: Donde nació y en caso de algunos países, si es descendiente.
- Personalidad
- Tipos de persona
- Individual: Es una persona común y corriente.
- Jurídica: Representa a una serie de personas o a una empresa unidas voluntariamente con un interés o fin en común y cada uno aporta ala sociedad. Hay autonomía.
Capacidad legal
Es la aptitud para ser sujeto a derechos y obligaciones.
- Principio de titularidad: Capacidad de goce o derecho, es igual para todos y son inherentes.
- Principio de actuación: Contraer obligaciones.
Declaración de capacidad
- Documento privado: “Las partes manifestamos que siendo los datos identificados antes relacionados…”
- Documento público: “DOY FE…”
Patrimonio
Bienes: Son objetos que pueden ser objeto de apropiación.
- Inmueble: No pueden trasladarse de forma inmediata.
- Mueble: Se pueden desplazar inmediata y fácilmente.
- Publico: Pertenecen al estado
- Uso público: Calles, parques, puertos, lagos, ríos, etc.
- Uso especial: Subsuelo, minerales, terrenos baldíos, vacantes, monumentos.
- Privado: Son de la persona que tiene el titulo legal.
El derecho de propiedad es el de gozar y disponer e los bienes dentro de los limites y la observancia de las obligaciones que establece la ley. Son de dominio privado las aguas pluviales o continuas, discontinuas que estén dentro de dicho terreno.
Un tesoro descubierto en terreno privado es del propietario, a no ser que lo descubra alguien más. 50/50
Derechos reales
Es el poder jurídico que ejerce una persona sobre una cosa de manera directa e inmediata para aprovechamiento total o parcial siendo oponible a terceros.
- Copropiedad: Varias personas son dueñas de un bien o derecho.
- Propiedad horizontal: Edificio; Cada uno es dueño de su piso y copropietario de el edificio.
- Posesión: Se ejercen las facultades inherentes al derecho de propiedad, pero sin contar con titulo reconocido.
- Usufructo: Se adquiere el uso, goce y disfrute de un bien. La persona puede usar los bienes de otra con la condición de conservarlos y cuidarlos como propios.
- Uso: El derecho de servirse de cosa ajena en cuanto basten. (Frutos)
- Servidumbre: Gravamen o carga sobre un predio para uso y beneficio de otro. Acueducto, desagüe, vista, paso, etc.
- Hipoteca: Grava un bien inmueble para garantizar el cumplimiento de una obligación.
- Prenda: Grava un bien mueble para garantizar el cumplimiento de una obligación.
- Garantía mobiliaria: Es el derecho constituido por un deudor a favor de un acreedor para garantizar el cumplimiento de una o varias obligaciones del deudor principal o un tercero. Posesión y ejecución de los bienes muebles dados en garantía. ART40
OBLIGACIONES
Vinculo jurídico mediante el cual dos partes (Acreedor y Deudor) quedan ligadas debiendo la parte deudora cumplir con una presentación objeto de la obligación. Deben ser POSIBLES, LICITAS Y DENTRO DEL COMERCIO.
Manifestación de voluntad
- Expresa: Verbal o escrita.
- Tacita: Por falta de negación.
Vicios del consentimiento:
...