Derecho Constitucional I Fase 3 –Fundamentación y distinción
Enviado por hannyscj • 20 de Noviembre de 2022 • Apuntes • 1.556 Palabras (7 Páginas) • 268 Visitas
Fase 2 – Fundamentación y distinción
Hana Cañas Jaimes
Grupo 251005_28
Universidad Abierta y a Distancia – Unad
Derecho
Derecho Constitucional I
Tutor Jenny Chalarca
Girardot, Colombia
30 de octubre de 2022
Fase 3 –Fundamentación y distinción
- Realizar un ensayo crítico sobre la parte dogmática de la Constitución, donde deben evidenciarse al menos los siguientes elementos: (i) relación de la parte dogmática con el Estado Constitucional y (iii) posición crítica frente al cumplimiento político-jurídico de dos derechos de los consagrados en la Constitución, los cuales serán escogidos
La constitución política de 1991, (Herrera, 1993) es una estructura normativa, en la que se pueden identificar 4 partes: la primera que es introductorio que trata del preámbulo y los principios fundamentales, la segunda es una parte dogmática que hace referencia a el título de derechos, garantías y deberes, la tercera parte corresponde la parte orgánica respecto a los elementos del estado, en otras palabras, territorio, población y poder público., y por último la cuarta que es la reforma de la constitución.
Para el caso que nos atañe que es la parte dogmática los artículos escogidos el 54 y 55 de la constitución política de 1991, corresponden a los derechos fundamentales de relación entre ellos están el de trabajo, profesión, asociación, sindicalización, reunión y manifestación, para empezar este análisis es importante de primera medida saber de que trata los artículos antes mencionados: Articulo 54 de la Constitución Política de Colombia “ARTÍCULO 53. El Congreso expedirá el estatuto del trabajo. La ley correspondiente tendrá en cuenta por lo menos los siguientes principios mínimos fundamentales: Igualdad de oportunidades para los trabajadores; remuneración mínima vital y móvil, proporcional a la cantidad y calidad de trabajo; estabilidad en el empleo; irrenunciabilidad a los beneficios mínimos establecidos en normas laborales; facultades para transigir y conciliar sobre derechos inciertos y discutibles; situación más favorable al trabajador en caso de duda en la aplicación e interpretación de las fuentes formales de derecho; primacía de la realidad sobre formalidades establecidas por los sujetos de las relaciones laborales; garantía a la seguridad social, la capacitación, el adiestramiento y el descanso necesario; protección especial a la mujer, a la maternidad y al trabajador menor de edad. El Estado garantiza el derecho al pago oportuno y al reajuste periódico de las pensiones legales. Los convenios internacionales del trabajo debidamente ratificados, hacen parte de la legislación interna. La ley, los contratos, los acuerdos y convenios de trabajo, no pueden menoscabar la libertad, la dignidad humana ni los derechos de los trabajadores” y el artículo 54 de la Constitución Política de Colombia “Es obligación del Estado y de los empleadores ofrecer formación y habilitación profesional y técnica a quienes lo requieran. El Estado debe propiciar la ubicación laboral de las personas en edad de trabajar y garantizar a los minusválidos el derecho a un trabajo acorde con sus condiciones de salud”.
Ahora bien, definamos que para que sea dogmática en primer lugar por su reconocimiento expreso, así mismo la protección de las garantías constitucionales es decir los procesos que los protegen, por último, el logro de mecanismos de eficacia puede ser jurisdiccionales, legislativos y ejecutivos para que se hagan efectivos. Son invariables, indiscutible es el parámetro y limite.
Según lo enunciado es claro que los artículos 53 y 54 hace parte de la categoría dogmática de la constitución, cabe destacar que la Corte constitucional ha hecho mejoras en la delimitación y caracterización de los principios mínimos fundamentales de los trabajadores, que nacen de los fallos y sentencias generadas para garantizar el cumplimiento de los derechos de loa trabajadores. Esto cambios también ha sido generados gracias al uso de los diferentes mecanismos de promoción, ejercicios y protección de los derechos humanos.
El estado social de derecho ha dado a los trabajadores la oportunidad de una defensa tanto en las jurisdicciones locales como en las altas cortes, lo que ha permitido construir una jurisprudencia sólida en los temas laborales. Dentro de la constitución Nacional de Colombia determina mediante el Articulo 25 determina el derecho al trabajo en condiciones dignas y justas como un derecho fundamental que por definición es un derecho que es inherente a la persona a su dignidad humana, desde este primer concepto podemos enfocar el Articulo 53 que le da el marco constitucional al desarrollo de principios laborales su protección y promoción. se observa que la constitución muestra como objetivo el respeto por la dignidad del trabajador, que, aunque en un trabajo demande subordinación esto no puede significar que hay intimidación o persuasión por de una manera o de otra renuncie a sus derechos, es así que la constitución proporciona los recursos para exigir sus derechos por medio de los mecanismos de defensa jurídica. El articulo 54 hace énfasis en la formación y la inclusión laboral, derechos importantes y más aún en la sociedad actual y su diversidad de géneros, razas, creencias, cultura, condiciones físicas y psicológicas, las cuales no pueden ser un impedimento a la hora de acceder a un trabajo. De la mano del código sustantivo del trabajo y la constitución política de Colombia se han logrado avances que han permito dar claridad la jurisprudencia, incluso hablando de los contratos, jornada de trabajo, prestaciones de ley, los terminas injustificados y en general los diferentes aspectos que afectan directamente la estabilidad laboral y en general la vida de un trabajador.
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