Derecho Financiero
Enviado por noesinhooo • 7 de Junio de 2012 • 1.919 Palabras (8 Páginas) • 610 Visitas
Casas de cambio
¿Que son las casas de cambio?
Las Casas de Cambio son sociedades anónimas que realizan en forma habitual y profesional operaciones de compra, venta y cambio de divisas incluyendo las que se lleven a cabo mediante transferencias o transmisión de fondos, con el público dentro del territorio nacional, autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, reglamentadas en su operación por el Banco de México y supervisadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
Actividades que realiza una casa de cambio
Las Casas de Cambio se conceptúan formal y legalmente como Actividades Auxiliares del Crédito y se rigen bajo la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito (en adelante LGOAAC), conforme al Título Quinto, que comprende los artículos 81 al 87 B, correspondiendo al artículo 82 las actividades que pueden realizar dichas entidades financieras, en concordancia con la Segunda de las Reglas a las que se sujetarán las Casas de Cambio en sus operaciones, emitidas por el Banco de México mediante publicación en el Diario Oficial de la Federación el 19 de agosto de 1999 y modificadas el 24 y 31 de octubre de 2000, 28 de marzo de 2001, 6 de marzo y 1 de abril de 2002, y 11 de marzo y 1 de abril de 2003 y 8 de julio de 2004.
Las operaciones correspondientes se mencionan a continuación:
Compra y venta de billetes así como piezas acuñadas y metales comunes, con curso legal en el país de emisión,
Compra y venta de cheques de viajero denominados en moneda extranjera,
Compra y venta de piezas metálicas acuñadas en forma de moneda,
Compra de documentos a la vista denominados y pagaderos en moneda extranjera,
Compra en firme o cobranza de documentos a la vista denominados y pagaderos en moneda extranjera, a cargo de entidades financieras, sin límite por documento. Asimismo, podrán celebrar tales operaciones con giros, órdenes de pago y otros documentos a la vista denominados y pagaderos en moneda extranjera,
Venta de documentos a la vista denominados y pagaderos en moneda extranjera que dichas casas de cambio expidan a cargo de instituciones de crédito del país, sucursales y agencias en el exterior de estas últimas, o bancos del exterior,
Compra y venta de divisas mediante transferencias de fondos sobre cuentas bancarias, es decir es cuando se realiza una transferencia de fondos a cuentas de terceros,
Enviar y recibir transferencias de fondos en moneda nacional o en divisas, dentro y fuera del territorio nacional,
Recibir pagos de servicios por cuenta de terceros, en moneda nacional o en divisas, siempre que las casas de cambio no asuman obligaciones directas o contingentes.
Las Casas de Cambio podrán determinar libremente, en función de sus costos y políticas, el importe de las contraprestaciones que cobrarán por el servicio correspondiente a la persona por cuenta de que reciban los pagos. En ningún caso podrán cobrar comisiones o cuotas al público por la recepción de dichos pagos.
Las Casas de Cambio podrán pactar que, en la realización de sus operaciones de compraventa, las divisas y su contravalor se entreguen diferidamente, en cuyo caso la liquidación deberá realizarse a más tardar el segundo día hábil bancario siguiente a aquél en que se contrate la operación.
Asímismo, tienen la facultad de realizar en forma directa la distribución de acciones de sociedades de inversión, bajo el amparo del artículo 40, 3er. párrafo de la Ley de Sociedades de Inversión, publicada en el diario oficial de la federación el 4 de junio de 2001.
Mercados que atienden las Casas de Cambio
En la práctica, todas las casas de cambio atienden en mayor o menor escala a cuatro segmentos importantes de mercado y éstos son:
1.- MERCADO INTERBANCARIO:
Atiende las necesidades en gran escala, por montos elevados, generalmente entre bancos o entre bancos y casas de cambio. El tipo de cambio que utilizan para realizar este tipo de operaciones es el siguiente:
TIPO DE CAMBIO / DÓLAR INTERBANCARIO.- Precio del dólar estadounidense en términos de pesos mexicanos que se utiliza para transacciones en dólares al mayoreo, entre las mesas de cambio de las instituciones bancarias. Existen tres modalidades; valor mismo día (cash), valor 24 horas, y valor 48 horas (spot), los cuales se describen a continuación:
Tipo de cambio-dólar valor mismo día.- Tipo de cambio interbancario al mayoreo llamado también cash. Tiene la característica de que se liquida el mismo día en que se realiza la operación. Generalmente, se utiliza para cubrir necesidades inmediatas de dólares de las instituciones bancarias o de sus clientes.
Tipo de cambio-dólar valor 24 hrs.- Tipo de cambio interbancario al mayoreo cuya compra y venta del dólar estadounidense se liquida en 24 horas, brindando un margen de un día hábil para cubrir la operación.
Tipo de cambio-dólar valor 48 hrs.- Tipo de cambio interbancario al mayoreo llamado también spot. La mayoría de las operaciones interbancarias en dólares se llevan a cabo en esta modalidad, brindando un margen de dos días hábiles para cubrir la operación. Este tipo de cambio, como paridad de referencia, refleja las expectativas de los intermediarios bancarios.
2.- MERCADO CORPORATIVO.-
Aquel que atiende las necesidades de la planta productiva. El tipo de cambio que se utiliza, varía de acuerdo al monto operado por el cliente (empresas).
3.- REMESAS FAMILIARES.-
Atiende operaciones de cambio de cantidades en divisas que envían mexicanos residentes en el extranjero a residentes en el territorio nacional. Tipo de cambio que se utiliza igual que en operaciones del mercado al menudeo.
4.- MERCADO AL MENUDEO.-
Realiza operaciones con divisas con montos pequeños, ejemplo turistas. El tipo de cambio que se utiliza para realizar este tipo de operaciones es el siguiente:
TIPO DE CAMBIO / DÓLAR VENTANILLA.- Precio del dólar estadounidense en términos de pesos mexicanos que se aplica en las operaciones
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