Derecho Laboral Tipos De Contratos
Enviado por AlexElKing03 • 2 de Marzo de 2015 • 1.154 Palabras (5 Páginas) • 341 Visitas
Contratos formativos
Los contratos formativos tienen como finalidad fomentar el empleo de personas que tienen formación y carecen de experiencia laboral y de personas que carecen de formación para el desempeño de una profesión.
Contrato en prácticas Contrato de trabajo para la formación y el aprendizaje
Finalidad: La inserción de jóvenes para adquirir experiencia laboral adecuada al nivel de estudios cursados.
Conseguir la cualificación profesional de los trabajadores combinando actividad laboral retribuida en una empresa, con actividad formativa recibida en el marco del sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo.
Requisitos:
Poseer el título universitario, técnico o técnico superior (FP) de la correspondiente profesión o de los títulos oficialmente reconocidos como equivalentes, que habiliten para el ejercicio profesional, como, por ejemplo, el certificado de profesionalidad. Las titulaciones deberán haber sido obtenidas dentro de los cinco años anteriores a la fecha de contratación o siete años en caso de que se celebre con minusválidos. Debe existir una correlación entre el trabajo que se va a desarrollar y el nivel de estudios cursados. Mayores de 16 años y menores de 25 años que carezcan de titulación o del certificado profesional para realizar un contrato en prácticas. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. Puede extenderse a los estudiantes de F.P. El límite máximo de edad se amplía a trabajadores menores de 30 años, hasta que la tasa de desempleo en nuestro país se sitúe por debajo del 15 %.
Duración:
Entre seis meses y dos años. Caben dos prórrogas hasta alcanzar el referido límite máximo, por una duración no inferior a seis meses de cada una de ellas. Será como máximo de 1 año y como máximo de 3 años. Se podrán pactar hasta dos prórrogas como mínimo de 6 meses de duración. Por convenio colectivo podrán establecerse distintas duraciones del contrato, sin que la duración mínima
pueda ser inferior a 6 meses ni la máxima superior a 3 años.
Periodo de prueba:
Dos meses para titulados de grado superior y un mes para titulados de grado medio. Se sigue la regla general.
Jornada:
Completa o a tiempo parcial.
El tiempo de trabajo efectivo no podrá ser superior al 75 % durante el primer año, o al 85 % durante el segundo y el tercer año de la jornada máxima prevista en el convenio colectivo.
El resto del tiempo se dedicará a actividades formativas en un centro que podrán desarrollarse en la propia empresa o en un centro formativo ajeno a la empresa.Los trabajadores podrán realizar horas extraordinarias, salvo en el supuesto previsto en el artículo 35.3 del ET y tampoco podrán realizar trabajos nocturnos ni trabajos a turnos.
Retribución:
Según convenio, y no podrá ser inferior al 60 % (primer año de contrato) o al 75 % (segundo año de contrato) del salario fijado en convenio colectivo para un trabajador que desempeñe el mismo o equivalente puesto de trabajo. En ningún caso tales cuantías podrán ser inferiores al salario mínimo interprofesional (SMI). En el caso de trabajadores contratados a tiempo parcial, el salario se reducirá en proporción al tiempo efectivamente trabajado. Se fijará en proporción al tiempo de trabajo efectivo, de acuerdo con lo establecido en convenio colectivo. En ningún caso, la retribución podrá ser inferior al salario mínimo interprofesional (SMI) en proporción al tiempo de trabajo efectivo.
Seguridad social:
Incluye todas las prestaciones de la Seguridad Social. La acción protectora de la Seguridad Social comprende todas las contingencias, situaciones susceptibles de protección y prestación, incluido el desempleo y la cobertura del FOGASA.
Contratación a tiempo parcial
El contrato a tiempo parcial es el que se celebra para prestar servicios durante
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