Derecho Laboral
Enviado por msflores • 24 de Septiembre de 2013 • 558 Palabras (3 Páginas) • 412 Visitas
Derecho laboral
Flores Grimaldo Manuel Salvador
Indemnización.
La Indemnización es un derecho de orden público que se traduce en una compensación económica al trabajador por el desgaste físico e intelectual que realizó a favor del empleador durante la ejecución de sus labores.
INDEMNIZACIÓN EN CASO DE MUERTE DEL TRABAJADOR
La muerte es la cesación del funcionamiento de los órganos vitales de una persona. La indemnización puede tener 2 causas: 1) En pleno ejercicio de la faena. Además de los Benéficos Sociales tiene 24 sueldos de compensación por cesación intempestiva de trabajo, 2) Fuera de la faena (enfermedad, accidente común). En este caso se considera como despido, tiene derecho a los Beneficios Sociales con retiro forzoso (desahucio).
INDEMNIZACIÓN EN CASO DE QUIEBRA.
La quiebra es la pérdida declarada por más del 50% del capital. Siempre se somete a fallo judicial ordinario plasmada en una Sentencia de Declaración de Quiebra por Grados y Preferidos. Es decir esta sentencia obliga a pagar 1° las deudas al Estado, 2° al trabajador, el 50% antes del inicio del juicio de quiebra, y así sucesivamente hasta el último acreedor.
DESPIDO JUSTIFICADO.
Es el que se produce por voluntad unilateral del empleador, fundado en las causales legales.
LGT Art. 18.-” No habrá lugar al desahucio ni indemnización por tiempo de servicios cuando exista una de las siguientes causales:
1. Daño intencionado a las máquinas, productos y mercancías.
2. Revelación de secretos industriales.
3. Omisiones e imprudencias que afecten a la higiene y seguridad industriales.
4. Inasistencia injustificada por más de 6 días continuos y 12 discontinuos.
5. Incumplimiento total o parcial del contrato de trabajo o del reglamento de la empresa.
6. Retiro voluntario del trabajador.
7. Abuso de confianza, robo, hurto, por el parte del trabajador.
8. Vías de hecho, injurias, o conducta inmoral en el trabajo.
9. Abandono en masa del trabajo, siempre que los trabajadores no obedecieran la intimación de la autoridad competente.
Los incisos 3, 5, 8 pueden ser invocados también por el trabajador, pero en este caso con indemnización establecida por vía judicial.
Prestaciones
Las prestaciones laborales según la Ley Federal del Trabajo son:
1. Jornada de Trabajo: Diurna, Nocturna o Mixta. La jornada de trabajo se establece en el momento de la contratación y no podrá modificarse hasta un nuevo contrato.
2. Descansos: Por cada seis días de trabajo, el trabajador gozará de un día de descanso obligatorio por lo menos, con goce de salario íntegro.
Descansos obligatorios: 1 de enero; el primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero; el tercer lunes de marzo por el 21 de marzo; 1
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