Derecho Laboral
Enviado por • 30 de Abril de 2013 • 444 Palabras (2 Páginas) • 276 Visitas
Supuesto de hecho
La empresa le notificó carta de despido a un trabajador, imputando los retrasos injustificados y continuos en su incorporación al puesto de trabajo.
Así, como que a pesar de que sus vacaciones estaban establecidas y organizadas de común acuerdo con la empresa, antes de la fecha prevista, dicho trabajador, llamo por teléfono al encargado para comunicarle que se iba de vacaciones inmediatamente, el Encargado le dijo que no podía hacer eso, pero hizo caso omiso. Además el día de su prevista reincorporación, no se presento a su hora en su puesto de trabajo, y más tarde llamó para comunicar que había decidido continuar de vacaciones.
En el cumplimiento de la prestación laboral, ambas partes deben guiarse por las reglas de la buena fe. Conforme a esto el artículo 5 a) del Estatuto de los Trabajadores dispone que los trabajadores deben: ‘’ Cumplir con las obligaciones concretas de su puesto de trabajo, de conformidad a las reglas de la buena fe y diligencia’’. El artículo 20 del ET también expresa que: ‘’En el cumplimiento de la obligación de trabajar asumida en el contrato, el trabajador debe al empresario la diligencia y la colaboración en el trabajo que marquen las disposiciones legales, los convenios colectivos y las órdenes o instrucciones adoptadas por aquél en el ejercicio regular de sus facultades de dirección y, en su defecto, por los usos y costumbres. En cualquier caso, el trabajador y el empresario se someterán en sus prestaciones recíprocas a las exigencias de la buena fe’’.
Según el artículo 54.2 del ET, se considera despido disciplinario, las faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad al trabajo, así como la indisciplina o desobediencia en el trabajo.
Por lo que, partiendo del caso ante el que nos encontramos, la conducta que presenta dicho trabajador es merecedora de la sanción de despido, puesto que incumple las reglas de buena fe. La empresa para la que trabajaba tiene un horario laboral establecido, al igual que un periodo de vacaciones fijado para cada trabajador. Dicho trabajador incumple estas conductas de buena fe, por lo que la empresa ha decidido despedirlo.
Jurisprudencia
STSJ de Asturias 2960/2009, Sala de lo Social, 16 de octubre AS 2009/2952, en esta empresa, se procedió al despido de la autora, ya que mantuvo durante un periodo de tiempo faltas reiteradas de asistencia al trabajo injustificadas, y por desobediencia, al negarse a viajar fuera.
La normativa exige, que los trabajadores acaten de conformidad las reglas de buena fe de la empresa, y los retrasos injustificados van en contra de estas exigencias.
No resulta despido improcedente, puesto que dichas acciones atentan contra las reglas de buena fe de la empresa, de los convenios colectivos, etc.
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