Derecho Marítimo
Enviado por yionna • 13 de Noviembre de 2014 • Síntesis • 1.103 Palabras (5 Páginas) • 190 Visitas
• 1. Derecho Marítimo
El Derecho Marítimo es es el conjunto de normas y principios que regulan
los hechos, sujetos, objetos y las relaciones jurídicas derivadas de la navegación marítima.
El objeto de este derecho es la actividad navegatoria, independiente del fin que ella persiga. Puede ser actividad navegatoria con fin comercial, deportivo, recreacional o científico.
El Derecho Marítimo, dada la originalidad del espacio en que se desenvuelve: el mar, la normativa o la respuesta jurídica a esta realidad deriva muchas veces desoluciones originales, y otras tantas veces de adaptaciones de la normativa terrestre al plano de lo marítimo.
Prof. Abg. Esp. Irazú C. Arena de la Cruz.
• 2. Derecho Marítimo
Venezolano
Extracto de la Exposición de motivos del
Decreto con fuerza de Ley de Comercio Marítimo.
El Derecho Marítimo venezolano tiene por objeto la sistematización de las normas legales referentes a los buques, su traslación y su navegación.
La legislación del Derecho Marítimo permite al sector acuático nacional navegar con rumbo seguro hacia las ventajas que genera la aplicación de reglas comunes que conduzcan el negocio marítimo, obteniendo significativas ventajas para el país, en relación al comercio internacional, en el cual Venezuela ha tenido y seguirá teniendo una activa participación.
Prof. Abg. Esp. Irazú C. Arena de la Cruz.
• 3. Importancia del
Derecho Marítimo
El Derecho marítimo ha tenido una gran importancia histórica que se mantiene hasta nuestros días, siendo una rama muy importante del Derecho Mercantil.
Esto se debe a que el transporte por mar es muy utilizado para transportar las mercancías objeto de compraventas internacionales.
Prof. Abg. Esp. Irazú C. Arena de la Cruz.
• 4. La Nave
Según comentarios de Emilio Calvo Baca la Nave debe considerarse como la cosa que imprime carácter comercial a todas las obligaciones inherentes a su empleo, por lo que tienen carácter mercantil cuantas se deriven del buque , aún las que provengan del delito o cuasi delito, esto es, de culpas del capitán o de la tripulación.
Prof. Abg. Esp. Irazú C. Arena de la Cruz.
• 5. Sujetos de la Navegación
El Agente Naviero
Es aquél que en ejercicio de su representación está facultado para firmar los conocimientos de embarque y demás conocimientos de transporte, dar y recibir cantidades de dinero relacionadas a las operaciones que efectúa, así como atender y tramitar reclamos derivados de la explotación del buque.
Armador
Es la persona que utiliza o explota el buque en su propio nombre, sea o no su propietario, bajo la dirección y gobierno de un Capitán designado por aquél.
El Capitán
Es el representante del propietario, del armador del buque y de los cargadores, en todo lo relativo al interés del buque, su carga y al resultado de la expedición marítima.
Prof. Abg. Esp. Irazú C. Arena de la Cruz.
• 6. Sujetos de la Navegación
El Cargador
Es el responsable de entregar las mercancías al porteador , en el tiempo, forma y lugar determinado contractualmente o por los usos o regulaciones administrativas del puerto de carga.
El Porteador
Es el encargado de la custodia de la mercancía en el puerto de carga, durante el transporte y en el puerto de descarga.
Prof. Abg. Esp. Irazú C. Arena de la Cruz.
• 7. Riesgos y Daños del
Comercio Marítimo
El Abordaje
Es el contacto material violento entre dos o más buques que naveguen o sean susceptibles de navegar en los espacios acuáticos.
La Avería
Es todo gasto extraordinario o daño sufrido
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