Derecho Reales Y Sucesiones
Enviado por Ezel • 25 de Octubre de 2013 • 487 Palabras (2 Páginas) • 248 Visitas
DERECHOS REALES Y SUSECIONES.
CARACTERISTICAS DE LA SERVIDUMBRE:
la division de la servidumbre
continuas o discontinuas:
*son continuas las que se usan o pueden usarse de un modo insesante sin la intervencion de algun hecho del hombre, son discontinuas las servidumbres cuyo uso nesecitan de algun hecho actual del hombre.
continua: luz solar, hecho por la naturaleza.
discontinuas: hecha por el hombre.
Aparentes y no aparentes:
las servidumbres se llaman aparentes cuando se anuncian por obras o signos exteriores las servidumbres de acueducto que se anuncian por canales, clarabollas, o ventanas. son no aparentes , las que permanecen ocultas no presentando signos exterior de su existencia
Servidumbres voluntarias y legales.
Son voluntarias las que se establecen en virtud de un convenio. el propietario de una finca puede establecer cuantas servidumbres desee y en el modo y forma que mejor le paresca, siempre que no contrarie las leyes ni perjudique derechos de terceros. las servidumbres legales son las establecidas por la ley teniendo en cuenta la situacion de los predios y en vista de la utilidad publica y privada conjuntamente. se considera servidumbres legales las siguientes: la de desague, la de acueducto, y la de paso son servidumbre legales.
Hay servidumbre de desague cuando los predios inferiores estan sujetos a resivir las aguas de los predios superiores.
Las servidumbres de acueducto consiste en que los predios intermedios soporten las instalaciones necesarias para que pase el agua a los predios que la necesitan.
Se dice que hay servidumbre de paso cuando el propietario de una finca enclavada entre otras ajenas sin salida a la via publica exige paso por las heredades vesinas pagando unicamente la indemnizacion equivalente al perjuicio que ocacione este grabame
Ruaticas y urbanas.
Rusticas y urbanas segun que se establescan en veneficio de una finca u objeto agricola o em provecho de un edificio.
Reales y personales.
Si la servidumbre se establece para favorecer a una persona en virtud de que esta se encuentra en posecion o es la propietaria de un predio se dice que la servidumbre es real si por el contrario, la servidumbre se establece en favor de una comunidad o grupo social independientemente de que sean poseedores o no de un bien inmueble se dice que la servidumbre es personal.
Modos de adquirir la servidumbres voluntarias.
Las servidumbres continuas y aparentes se adquieren por cualquiera de los modos de adquirir la propiedad.
las servidumbres continuas no aparentes no pueden adquirirse por prescripcion.
Derechos y obligaciones que derivan de las servidumbres voluntarias.
el uso la extincion de la servidumbre establecidas por voluntad del propietario se arreglan por el contrato respectivo en
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