Derecho Regulativo
Enviado por evaguapa • 8 de Enero de 2014 • 982 Palabras (4 Páginas) • 817 Visitas
El derecho regulativo nace para intervenir frente a situaciones de riesgo y representa el tipo de derecho mayoritario en los estados modernos. Hoy día hay una tendencia creciente a la gestión de ciertos riesgos sociales con fines de control e integración social. Podemos ver el derecho regulativo en seguridad ciudadana, derecho penal juvenil, violencia familiar y violencia de género, intervención familiar, protección de menores, etc.
El mantenimiento del orden social a partir de mecanismos represivos e integradores lo que hace es aumentar el sistema represor del Estado. Utilizar el derecho de forma preventiva o como medio de integración puede servir para corregir situaciones disfuncionales o peligrosas para la estabilidad social.
Ante esto, nos encontramos a la Administración de Justicia implantando mecanismos de intervención más amplios. Los roles de los administradores de justicia, los jueces, se transforman y se desdibujan las fronteras del sistema penal. Se añaden nuevos agentes, sociales y terapéuticos, para poder llevar a cabo las funciones preventivas del derecho penal. Pero todos estos cambios resultan insuficientes para que el nuevo modelo de integración social y control sea eficaz. Los mecanismos de intervención de las nuevas políticas criminales y de seguridad se están administrativizando, es decir, para que las nuevas estrategias sean operativas es necesaria la apertura de mayores espacios de intervención administrativa. Aquí es donde entran en juego las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y la Administración social.
Para que el nuevo derecho regulativo sea eficaz, también se requiere que la organización sea más flexible, capaz de adaptarse a cambios y amoldarse a las nuevas estrategias de intervención y protección. De esta forma, la policía asume un claro protagonismo en el marco de la intervención penal, dejando a la jurisdicción en un segundo plano. En este nuevo ámbito, son los fiscales, y no los jueces, los que llevarían la iniciativa.
El rol de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad también se transforma y se hace necesaria una especialización mediante programas de formación y unidades especializadas, haciendo profesionales expertos, conocen los riesgos y participan en su diagnóstico y tratamiento. Este modelo se define como "modelo de policía comunitaria". Esto conlleva nuevas prácticas de gestión de los riesgos, con procedimientos preventivos más sofisticados con fines de vigilancia y control. Todo esto lleva emparejada la incorporación de nuevas tecnologías, pero sobre todo, mayores márgenes y flexibilidad en la actuación policial.
Estas profundas transformaciones del derecho como consecuencia de la desjudicialización del control conlleva la devaluación de garantías. El nuevo policía – experto cobra protagonismo, y con este protagonismo, los márgenes de discrecionalidad y autoridad.
Un ejemplo de todo esto lo podemos encontrar en la LOPSC, Ley Orgánica sobre Protección de la Seguridad Ciudadana (LO 1/1992). esta ley la podemos encuadrar dentro de la tendencia encaminada a facilitar la eficacia de la acción policial. Esta ley extiende de forma general soluciones excepcionales encaminadas al control de las causas que determinan las situaciones de riesgo
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