Derecho Scial
Enviado por DIANITACELON22 • 15 de Octubre de 2014 • 563 Palabras (3 Páginas) • 150 Visitas
empleadores no contratan a personas discapacitadas, o personas de otra
religión, filiación política, etnia, etc.
E. Gratuidad de la administración de justicia en asuntos laborales, es otro
de los importantes principios, pues, a través de él se pueden viabilizar los
principios de protección y tutela a los trabajadores. Este principio alcanza
tanto a los procesos judiciales como a los trámites administrativos
laborales, especialmente en lo que a los trabajadores se refiere.
De conformidad con lo dispuesto por el Art. 207 de la Constitución
Política, que señala: “En los casos penales, laborales, de alimentos y de
menores, la administración de justicia será gratuita”. De la disposición
transcrita, queda evidenciado que la administración de justicia en materia
laboral es gratuita; pero, tal disposición constitucional se encuentra
ubicada dentro del título correspondiente de la Función Judicial,
quedando la duda latente, si es que la gratuidad también se extiende a los
trámites administrativos laborales que se ventilan ante el Ministerio del
Trabajo.
Toda persona tiene derecho a reclamar justicia del órgano estatal co¬rrespondiente. Es decir, cuando un miembro de una sociedad pretenda algo de otra, la pretensión es atendida por un órgano jurisdiccional, a través ¬de un proceso con garantías mínimas. Esto es lo que se denomina, el derecho a la tutela jurisdiccional. La doctrina es casi unánime al considerar que la tutela jurisdiccional corresponde exclusivamente al Estado, criterio que ha sido recogido por la legislación nacional. E. Gratuidad de la administración de justicia en asuntos laborales, es otro
de los importantes principios, pues, a través de él se pueden viabilizar los
principios de protección y tutela a los trabajadores. Este principio alcanza
tanto a los procesos judiciales como a los trámites administrativos
laborales, especialmente en lo que a los trabajadores se refiere.
TRANSPARENCIA Y PUBLICIDAD ADMINISTRATIVAS. En el marco del Estado Social y Democrático de Derecho, todos y cada uno de los entes y órganos públicos que conforman la administración respectiva, deben estar sujetos a los principios constitucionales implícitos de la transparencia y la publicidad que deben ser la regla de toda la actuación o función administrativa. Las organizaciones colectivas del Derecho Público –entes públicos- están llamadas a ser verdaderas casas de cristal en cuyo interior puedan escrutar y fiscalizar, a plena luz del día, todos los administrados. El principio de transparencia implica que el actuar de la Administración se deje ver
como a través de un cristal1. Constituye una extensión del principio de publicidad el cual
supone una posición activa de la Administración, mientras que
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