Derechos Humanos
Enviado por vagn • 20 de Junio de 2013 • 1.142 Palabras (5 Páginas) • 254 Visitas
La Corte Penal Internacional (llamada en ocasiones Tribunal Penal Internacional) es un tribunal de justicia internacional permanente cuya misión es juzgar a las personas acusadas de cometer crímenes de genocidio, de guerra y de lesa humanidad. Tiene personalidad jurídica internacional, y no forma parte de las Naciones Unidas, aunque se relaciona con ella en los términos que señala el Estatuto de Roma, su norma fundacional. Tiene su sede en la ciudad de La Haya, en los Países Bajos.
Funcionamiento: La Corte funciona como un organismo autónomo de cualquier otro poder o estado. Sin embargo, esto no obsta a que, en el cumplimiento de su deber, cuente con la colaboración de los poderes.
El Estatuto de Roma es el instrumento constitutivo de la Corte Penal Internacional. Fue adoptado en la ciudad de Roma, Italia, el 17 de julio de 1998, durante la "Conferencia Diplomática de plenipotenciarios de las Naciones Unidas sobre el establecimiento de una Corte Penal Internacional".
Durante la Conferencia, los Estados Unidos, Israel y China hicieron causa común en contra de éste. Pese a esto tanto Israel como los Estados Unidos firmaron pero no ratificaron el Tratado. De hecho, la firma por la parte estadounidense la realizó el ex presidente Bill Clinton sólo un día antes de dejar el poder a George W. Bush.
Pese a la experiencia internacional en suscripción de tratados multilaterales, el mismo estatuto fijó un alto quórum para su entrada en vigencia (60 países). Sin embargo, el proceso fue sumamente rápido, partiendo por Senegal hasta que diez países en conjunto depositaron ante la Secretaría General de las Naciones Unidas el instrumento de ratificación el 11 de abril de 2002. El Estatuto entró en vigor el 1 de julio del 2002.
El 28 de octubre de 2005 México fue el centésimo país en ratificar el Estatuto.
La Corte Penal Internacional, tiene competencia para juzgar y condenar a toda persona que, según los términos del Estatuto (de Roma), sea responsable de ciertos crímenes internacionales. Los representantes de los Estados formularon al término de la Conferencia Diplomática de Plenipotenciarios de las Naciones Unidas al aprobar el 17 de julio en Roma el Estatuto de la Corte Penal Internacional, fue muy clara: Se trata de "poner fin a la impunidad de los autores de esos crímenes" y de "contribuir así a la prevención de nuevos crímenes" (Preámbulo del Estatuto de Roma).
La Corte Penal Internacional es el primer tribunal penal de carácter permanente, pero su jurisdicción es complementaria en relación a la justicia doméstica. Esto quiere decir que los tribunales locales son los primeros obligados en proceder al juzgamiento de estos crímenes. La competencia de la Corte Penal Internacional sólo queda habilitada para aquellos casos excepcionales en que un Estado no pueda (por imposibilidad material) o no quiera (por falta de voluntad real) proceder al juzgamiento. De este modo, la regla de la subsidiariedad del derecho internacional en relación al derecho interno –propia del derecho internacional general cobra especial relevancia en materia de crímenes internacionales.
Competencia material
La lucha contra la impunidad, objetivo esencial de la Corte Internacional, tiene su complemento en la codificación de los delitos. Por primera vez la humanidad cuenta con un código, si se puede llamar así, penal internacional.
La competencia material de la Corte estará limitada a cuatro ámbitos delictivos ya señalados (crímenes de genocidio, lesa humanidad, guerra y agresión) que se concretan en diversas conductas punibles. En este tema sin lugar a dudas el Estatuto de Roma representa un gran logro internacional : el de
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