Derechos que se adquieren por causa de muerte
Enviado por Fmg5 • 4 de Septiembre de 2016 • Apuntes • 1.037 Palabras (5 Páginas) • 305 Visitas
Derechos que se adquieren por causa de muerte
En la sucesion por causa de muerte se busca adquirir derechos reales ademas de los derechos personales o de credito. De esto se exceptuan aquellos derechos que la ley determine como "intransmisibles". Con respecto a los derechos personales que se transmiten por causa de muerte estarn incluidos tanto los creditos como las deudas.
Derechos Intransmitibles
De acuerdo a la regla general, se puede decir que todos los derechos son transmitibles. Sin embargo se exceptuan aquellos derechos que se caracterizan como personalisimos y estos, culminan con la muerte de su titular. Aquellos son los siguientes:
A. El derecho de usufructo, siemre y cuando se haya establecido por tiempo determinado. Segun los articulos 752 p.2 y 786 n.1.
El usufructo segun el articulo 772 es un acto entre vivos. Sin embargo los derechos transferidos por el usufructuario se extinguen despues de su fallecimiento de acuerdo al articulo 773.
B. Derecho de uso y habitacion art. 798
C. Expectativas del asignatario condicional que muere mientras la condicion suspensiva se mantiene pendiente. Art. 1062
D. Derecho de pedir alimentos. Aqui solo se lograra transmitir el derecho de demandar aquellas pensiones alimenticias que sufrieron algun retraso. Arts. 403 y 405
E. Accion revocatoria de las donaciones por causa de ingratitud. Exceptuando cuando la accion haya sido intentada en vida, que el acto injurioso haya sido la causa de la muerte o que se haya llevado a cabo con despues de su muerte. Si estos fueren los casos la accion revocatoria se tranfiere a los herederos. Art. 1336
F. El derecho del comodatario de gozar de las cosas prestada.
G. Aquellos derechos que tienen establecido como termino el fallecimiento de aquella persona que esta en goce de estos. Por ejemplo la renta vitalicia. Art 1997.
H. Los derechos que provienen del contrato de sociedad. Esto se debe a que una sociedad se culmina cuando uno de los socios muere. Sin embargo si fue establecio expresamente la sociedad puede continuar con los heredero. Art1883
I. El mandato. Este termina con el fallecimiento del mandante o mandatario. Art. 1911 n.3
Obligaciones Intransmitibles
Las obligaciones asi como los derechos pueden ser transmisibles. Los herederos se encuentran bajo la obligacion de cumplir su pago. Debido a que al contratarlas se comprende que son para quien las contrata al igual que para sus herederos. Pero tambien incluyen ciertas excepciones tales como:
A. Obligaciones cuya ejecucion comprende aptitudes especiales para el deudor. Art. 1978 y 1771
B. Obligaciones en las que es imperativa la confianza entre acreedor y deudor. Tales como el contraro de sociedad y mandato.
C. No se transmite a los herederos la solidaridad. Estan obligados al total de la deuda. Art. 1413
Apertura de la Sucesion
Este consiste en el acto juridico consiguiente a la muerte de una persona. Se puede decir que es la toma de posesion de los herederos. Esta permite que se oficialice la transferencia del dominio de los bienes hereditarios. Se transmiten en propiedad. O sea que la apertura
...