Desafios De Pluralismo Juridico
Enviado por AlasthorX • 22 de Julio de 2012 • 1.049 Palabras (5 Páginas) • 501 Visitas
DESAFÍOS DEL PLURALISMO JURÍDICO
La primera dificultad resulta de expandir los significados y presupuestos de lo que se denomina en las Ciencias jurídicas el “orden jurídico” o “sistema jurídico”. Para avanzar en dirección a la pluralidad debemos abandonar la cómoda fórmula: derecho escrito codificación-tribunales permanentes-sistema de garantías. Habría que agregar un cuarto componente generalmente desatendido al momento de definir la pluralidad que es el monopolio de la fuerza. Competencia que no equivale a la contenida en la noción “normas respaldadas con amenazas”, sino que avanza hacia la disponibilidad exclusiva de los medios de coerción y la creación de nuevas formas de amenazas y controles sociales. Si optamos por aceptar que existe otro productor de normas extraestatal ponemos en crisis el sistema técnico legislativo, además del programa ideológico. Esta crisis aumenta en la medida en que no se ve claramente cómo funciona este “sistema análogo” en cuanto a la producción, para el caso de que evitemos considerar el derecho alternativo como un derecho consuetudinario, originalmente ancestral, derecho remoto perteneciente aun pueblo primero dominado, luego emergente. Por esta confusión en la naturaleza del pluralismo es necesario dividir el pluralismo en “colonial” y actual. Esto es la colisión de sistemas legales a partir de la conquista y aquel derecho forjado en las sociedades urbanas contemporáneas. Pero en ambos casos paradójicamente el productor oficial sigue siendo colonial. El obstáculo mayor que impide aceptar otro orden legal coexistente o en proceso de interculturalidad, proviene de un pensamiento colonial y refractario al momento de aceptar la diversidad. Este es el principal nudo epistemológico del pluralismo jurídico. Al menos lo es en la historia americana.
Para descomponer este pensamiento y facilitar el acceso, aunque sea especulativo y provisorio es necesario partir de tres supuestos: para aceptar un orden legal solo basta identificar el sistema de control social en un grupo, con escalas de obediencia y admitiéndose sanciones difusas o diferentes a las formas tradicionales, que esas normas pertenecientes al grupo no sean iguales al sistema dominante y en tercer lugar descubrir que el Estado no es el único productor de derecho. También debemos incluir en esta primera exploración la idea de que el ordenamiento alternativo pueda presentar formas sincréticas. Si acordamos en este primer examen la posibilidad de que coexistan sistemas legales diferentes en espacios compartidos, tanto de manera autónoma, como en constante “fricción interlegal” -ampliando el concepto de fricción interétnica de Cardozo de Oliveirauna ansiedad empírica nos pedirá la identificación de estos sistemas, de que forma operan y que universo de personas comprende. Deberíamos pasar a discernir como ocurre este fenómeno que es el que acelera el pulso de la discusión. En este segundo nivel podemos observar muchas formas de colisión, penetración, asimilación, mutación e interlegalidad. Por un lado tenemos un derecho que de manera visible se encuentra ordenado, dentro de un modelo que se sostiene en principios políticos, ideológicos y programáticos. Por el otro lado se encuentra el derecho disidente, alternativo, sedicioso de un grupo reconocido por el Estado en el sistema nacional.
Porque a la identificación fácil del derecho hegemónico se opone la turbiedad de los sistemas plurales que en general aparecen como formas emergentes que se ocultan y resisten
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